28 de abril de 2024
28 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el debate intervino la fiscal general María Lía Hermida
Tierra del Fuego: condenas de cuatro años de prisión por trata de personas
Lo dispuso el Tribunal Oral Federal de Ushuaia respecto a un hombre y una mujer a quienes consideró responsables del delito de trata de personas con fines de explotación sexual bajo la modalidad de acogimiento, en tanto otros dos imputados resultaron absueltos.

El Tribunal Oral Federal de Ushuaia condenó a cuatro años de prisión a Jorge Eduardo Scienza y Elvira Centurión por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual en la modalidad de acogimiento. Ambos deberán, además,  pagar una multa equivalente a 10 mil pesos. En el juicio intervino la fiscal María Hermida, quien había requerido hasta diez años de prisión.

Por otra parte, se dispuso la absolución de Oriana Acosta y Diego Escalante, quien tiene un vínculo familiar con Centurión. Tras conocerse el fallo, la representante del MPF adelantó que recurrirá a Casación Federal. De acuerdo a la acusación, la banda habría captado, trasladado y acogido al menos a 14 mujeres en situación de vulnerabilidad para explotarlas sexualmente en un prostíbulo denominado “Aquelarre”, ubicado en la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego.

Scienza era quien se encargaba de distribuir las ganancias generadas por la explotación sexual de las víctimas y a su vez impartía directivas por intermedio de otro de los acusados. También realizaba actividades de planificación dentro de la organización, participaba activamente en el alquiler del local mediante el cual captaban a las víctimas y se encargaba de mantener vigente la habilitación comercial y, junto a los demás imputados, se encargaba de gestionar la compra de pasajes para el traslado.

Por su parte, Centurión era la responsable de las liquidaciones y el control del “trabajo” producido por cada una de las mujeres  víctimas a través de las pulseras que se les entregaba luego de la realización de cada "copa" o “pase”.

Inicio de la investigación

La investigación había comenzado en 2013, a raíz de un correo electrónico recibido en la Fundación María de los Ángeles que luego fue derivado a la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), a cargo de Marcelo Colombo y Alejandra Mángano. En la comunicación, se mencionaba la existencia de una página web que promocionaba servicios sexuales y la existencia de varios “privados” clandestinos, entre ellos uno denominado “Aquelarre”.

La instrucción de la causa estuvo a cargo del fiscal Marcelo Rapoport que, en octubre de 2016, solicitó el requerimiento de elevación a juicio.

Según el dictamen del fiscal Marcelo Rapoport, quien estuvo a cargo de la instrucción de la causa, “al tiempo de conocerse la noticia de la existencia de una ley provincial, que tendría por fin prohibir el establecimiento de locales nocturnos tales como ‘whiskerías, cabarets y afines’, el principal imputado se avocó a obtener una modificación en el rubro comercial simulado, a los efectos de posibilitar la explotación sexual de las víctimas, en tanto que la imputada se encargó de reunirse con otras personas que se encontrarían llevando adelante conductas delictivas similares, a los efectos de retrasar o impedir, mediante la movilización social o por vías legales, la implementación de la ley provincial aludida”.

A lo largo del juicio, la fiscal consideró acreditado que las víctimas, oriundas de distintas provincias y países, algunas fueron  trasladadas en avión hasta la ciudad fueguina. Los costos de los pasajes los pagaba la organización, lo que se transformaba en la deuda inicial de las mujeres, quienes una vez sometidas eran controladas mediante un sistema de pulseras para contabilizar los denominados “pases”.

Paralelamente, los “clientes” acordaban una tarifa con la víctima. El valor estaba preestablecido por los dueños boliche y era abonado antes del encuentro sexual, que se concretaba en una casa particular o en un hotel alojamiento.

Primero se concretaron audiencias previstas como instrucción suplementaria, en las que declararon cinco testigos vinculados a los allanamientos concretados en la Instrucción. El juicio comenzó el 29 de octubre y a lo largo de las audiencias declararon 16 testigos.

En su alegato, la fiscal María Hermida solicitó la pena de diez años para Scienza, Centurión y Escalante, más una multa equivalente a 50 mil pesos para cada uno, y de cuatro años para Acosta, más una pena equivalente a 20 mil, por haber intervenido –cada uno en su grado de participación- en una organización criminal dedicada al  delito de trata de personas con fines de explotación sexual, agravado por haberse cometido por tres o más personas y en forma organizada y mediando abuso de la situación de vulnerabilidad de las víctimas, junto al agravante de la explotación económica del ejercicio de la prostitución ajena.   (arts. 145 bis y 145 ter incs. 1, 4, 5 y anteúltimo párrafo).

Durante su exposición se refirió al modo en que se consuma el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, repasó las acciones que integran el tipo penal y sus agravantes y descartó el error en los imputados, considerando que en todo momento “conocieron la ilicitud de su actividad y la enmascaraban”. Además, consideró probada la finalidad de explotación sexual perseguida por los imputados, valorando las probanzas de la causa.