25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En línea con el recurso de la Fiscalía General
Tucumán: la Cámara Federal revocó el sobreseimiento de un imputado por trata laboral y ordenó profundizar la investigación
La causa comenzó en julio de 2017, cuando una joven de 18 años relató que el imputado le había prometido un trabajo en un taller textil de Buenos Aires, donde trabajaría unas 13 horas por día y por un salario muy bajo. El tribunal dispuso la producción de medidas de prueba de acuerdo a lo postulado por el Ministerio Público Fiscal.

En línea con lo reclamado por el Ministerio Público Fiscal, la Cámara Federal de Tucumán revocó el sobreseimiento de un un hombre en el marco de una causa por trata de personas con fines de explotación laboral e instó al Juzgado Federal Nº1 a que lleve adelante una serie de medidas para profundizar la investigación, tal como solicitó el titular de la Fiscalía General ante ese tribunal, Antonio Gustavo Gómez.

La resolución fue adoptada por los jueces Mario Leal y Ricardo Sanjuan y por la jueza Marina Cossio en el marco de una causa iniciada el 13 de julio de 2017, durante un control vehicular que llevaba adelante Gendarmería Nacional a la altura del kilómetro 1358 de la Ruta Nacional 9 en Tucumán. En ese contexto, la fuerza de seguridad requisó un colectivo proveniente de La Quiaca, provincia de Jujuy, con destino a Buenos Aires. 

De acuerdo con las constancias de la investigación, al momento de realizar el control de pasajeros, el personal de la Gendarmería percibió que una mujer se encontraba bastante nerviosa. Al preguntarle hacia dónde se dirigía, la mujer aseguró que iba a Buenos Aires de vacaciones, aunque no llevaba dinero ni con ella ni en su equipaje. Ante esa situación, explicó que el efectivo era llevado por un hombre que estaba en el colectivo, a quien se le secuestraron 4501 dólares, 3230 bolivianos y 2940 pesos argentinos. Cuando la fuerza de seguridad comenzó el interrogatorio del sujeto, la mujer comenzó a llorar y aseguró que no estaba viajando de vacaciones ni yendo a ver a su tía como había asegurado el imputado, sino que unas personas le habían prometido conseguirle trabajo en Buenos Aires. Añadió que, de acuerdo a lo que le habían dicho tanto a ella como a su madre, se trataba de un trabajo como ayudante de costura en un taller del barrio de Flores. 

En abril de 2022, casi cinco años después, el Juzgado Federal N° 1 de Tucumán ordenó el sobreseimiento del hombre al considerar que no quedaban medidas para profundizar la investigación. Ante esto, el Ministerio Público Fiscal apeló la decisión, recurso que fue sostenido por el fiscal general Gómez.

“En ningún momento se avanzó respecto del responsable del taller textil donde la víctima, de nacionalidad boliviana, iba a trabajar, cuando los datos de ese lugar los tenían y se practicó una investigación reservada en sus inmediaciones. Nunca fue allanado", destacó el fiscal Gómez.

La postura del MPF

“El sobreseimiento cuestionado se asienta en una arbitraria valoración de los elementos probatorios incorporados a la causa, en particular el procedimiento inicial donde se produce el rescate de la víctima”, resaltó en primer lugar el titular de la Fiscalía General y agregó que esa decisión judicial imposibilitaba continuar con la investigación de la posible trata de personas con fines de explotación laboral.

El representante del MPF cuestionó además que durante los cinco años que tramitó el procesó “el hilo conductor se direccionó únicamente respecto del transportador de la víctima”. “En ningún momento se avanzó respecto del responsable del taller textil donde la víctima, de nacionalidad boliviana, iba a trabajar, cuando los datos de ese lugar los tenían y se practicó una investigación reservada en sus inmediaciones. Nunca fue allanado. Tampoco efectuó averiguaciones en La Paz, donde fue captada la víctima, accediendo a datos importantes respecto de la captadora en las declaraciones de la afectada y del ahora sobreseído”, explicitó.

Sostuvo luego que tampoco se valoró la declaración de la víctima en Cámara Gesell, donde relató cómo había sido la maniobra utilizada para su captación y traslado. Allí la joven detalló que el ofrecimiento laboral constaba en jornadas laborales de 13 horas de lunes a viernes y de medio día los sábados, y que ella misma debía hacerse cargo del gasto de los pasajes, por lo que comenzaba su trabajo ya con un “endeudamiento” para con sus empleadores. También aseguró que el trabajo incluía el alojamiento en el mismo lugar de desempeño y la comida.

En esa misma declaración, la víctima relató que se le dio al detalle la versión que debía reproducir para engañar a la Dirección Nacional de Migraciones al momento de cruzar la frontera haciéndose pasar por turista y sin admitir que viajaba acompañada por otra persona.

Para el fiscal general, la joven se encontraba “en estado de vulnerabilidad total” y, en esas circunstancias, tanto el imputado como otras personas se aprovecharon de esa condición. Explicó que el hombre “participó del traslado de la víctima desde La Paz (Bolivia) hasta Buenos Aires (Argentina) mediando engaño, a efectos de que trabaje en un taller textil que otros bolivianos tenían en el barrio de Flores, en la capital argentina”.

Añadió que la joven no tomó “una decisión meditada y reflexiva de venir a Argentina, sino que fue influenciada por dos personas”; una sería una tía suya y la otra la propietaria de un bar en La Paz.

"Es difícil pensar que alguien viajaría de un país a otro sin dinero, acompañado de un desconocido, mintiendo a las autoridades fronterizas, ante el riesgo de ser detenido en el extranjero. Quién asume esos riesgos para su vida se halla en un estado de vulnerabilidad e indefensión casi total", reflexionó el fiscal general.

“En rigor, es difícil pensar que alguien viajaría de un país a otro sin dinero, acompañado de un desconocido, mintiendo a las autoridades fronterizas, ante el riesgo de ser detenido en el extranjero. Quién asume esos riesgos para su vida se halla en un estado de vulnerabilidad e indefensión casi total. La víctima pasó días y noches con un desconocido, que declara una versión difícil de creer sobre lo sucedido”, remarcó el fiscal Gómez. 

“Debemos preguntarnos qué haría una persona que está próxima a emprender un viaje a un país vecino si alguien de dieciocho años le pide que la ayude en llegar a su mismo destino (Buenos Aires). ¿Le aconsejaríamos que no diga la verdad a las autoridades aduaneras? ¿Le diríamos que, a sabiendas que va a trabajar a Buenos Aires, exprese que va de turismo?, ¿Acaso no advertiríamos que no es normal que una mujer de dieciocho años, sin dinero, viaje desde La Paz a Buenos Aires a trabajar en talleres de costura de otros bolivianos? ¿Por qué razón no se sentaban juntos en el colectivo que los trasladaba?”, se preguntó el representante del Ministerio Público Fiscal.

Hizo foco también en el informe de intervención elaborado por profesionales de la Secretaría de Estado de Niñez, Adolescencia y Familia de Tucumán, donde se describió la situación de vulnerabilidad que atravesaba la víctima. Allí se indicó que en el caso existían indicadores de trata de personas con fines de explotación laboral y se mencionó “el aprovechamiento por parte de los captores, la oferta laboral y las condiciones, el traslado a cargo de un tercero, también el costo de ese traslado a cargo de la víctima como deuda a pagar con su trabajo”.

El fiscal general solicitó entonces a la Cámara Federal que se revoque el sobreseimiento al considerar que se basó en “una valoración sectaria y caprichosa, visibilizando una espantosa ausencia de perspectiva de género”. Además, propuso una serie de medidas para que se profundice la investigación.

La decisión de la Cámara

En su resolución, los jueces y la jueza indicaron que todavía quedan medidas de prueba para producir y que impiden el sobreseimiento del imputado. En línea con lo que planteó el fiscal general, hicieron foco en la existencia del taller textil mencionado por la mujer, por lo que debía profundizarse la investigación al respecto, ya que de allí podrían surgir nuevas pruebas en relación al hombre.

“Ante el escenario planteado en la presente causa, en el que una joven de 18 años, vulnerable (por su condición social, económica y familiar) viajaba a bordo de un transporte público de pasajeros hacia otro país, sin dinero, a trabajar a un taller textil, en condiciones indignas de trabajo, aportando datos precisos tanto de los términos en los que fue planteado el trabajo (jornadas de extensión abusiva, salarios muy bajos, deducciones sobre el salario), como respecto de la persona que le ofrece el trabajo y de quien la emplearía al llegar a destino, y lo hacía acompañada de un hombre que se sienta en el transporte alejado de ella; tenía en su poder el dinero y le habría dado instrucciones precisas de cómo responder a la autoridad, quien además poseía conexión con las otras dos personas mencionadas, estimamos que no corresponde el dictado de sobreseimiento respecto al mismo, más aún cuando restan medidas probatorias por producir”, recalcó la Cámara Federal.

Además, tal como lo sostuvo el MPF, el tribunal revisor consideró que corresponde profundizar la investigación en relación no solo al imputado y al taller textil sino también de otras dos personas mencionadas por la víctima. 

“Lejos de entender que la causa se encuentra concluida, estimamos que restan cuestiones por investigar, debiendo ahondarse la presente investigación, conforme las medidas de prueba propuestas por el Ministerio Público Fiscal”, concluyeron.