El titular del Juzgado de Instrucción N°1, Hernán Martín López, homologó una Guía de Procedimientos para personas trans en cárceles. Los puntos de discusión fueron la prohibición de desnudos íntegros y parciales; la consulta a la persona involucrada respecto de la preferencia sobre la identidad de género de quien realice los exámenes; la disposición en el ámbito de la unidad penitenciaria de un espacio adecuado que resguarde la privacidad del acto de requisa, y la implementación de medios tecnológicos que suplanten la requisa.
A su vez resolvió transformar el documento -consensuado por representantes de la Defensoría General de la Nación, la Procuración Penitenciaria, el Servicio Penitenciario Federal y la Procuración General de la Nación- en “normativa obligatoria para el tratamiento de la problemática que ocupó la presente acción de hábeas corpus”. De la mesa de diálogo, participaron, entre otras personas, Bárbara Franco, Laura Sobredo y Belén Beyrne, de Procuvin y el fiscal a cargo de la Fiscalía Nacional de Instrucción N°21, Alberto Vasser, quien destacó la importancia del trabajo conjunto, del cual surgió un protocolo de aplicación general y obligatoria para todo el SPF.
La mesa de trabajo se implementó a raíz de una acción de habeas corpus colectivo por la situación de la población carcelaria trans alojada en las Unidades 28 y 29 del Servicio Penitenciario Federal.
La Guía se aplica a “aquellas personas cuya percepción interna acerca de su género no se corresponda con el sexo asignado al momento del nacimiento”. El objeto, a su vez, es “establecer pautas de actuación para llevar a cabo el examen médico “de visu” y el procedimiento de ‘control y registro’ en el ámbito del Servicio Central de Alcaidías”.
Respecto del examen médico “de visu”, se establece –entre otras cosas- que deberá ser realizado por personal médico capacitado en la atención de personas trans; que se deberá respetar la privacidad, intimidad, confidencialidad y dignidad de las personas; que se realizará –en la medida de lo posible- por personal médico de la identidad de género que la persona prefiera y que deberá ser realizado en un lugar acondicionado, cuyo acceso será “ininterrumpidamente filmado desde el exterior mientras dure el procedimiento y el registro fílmico deberá ser adecuadamente conservado”.
En cuanto a los procedimientos de “control y registro”, se dispuso que deberá realizarse por medios electrónicos y que, en caso de que por motivos fundados no puedan utilizarse esos medios, deberá ser realizado por un equipo mixto.
Respecto del alojamiento de personas trans, la Guía establece que “la persona detenida será alojada en un lugar que resguarde su identidad de género, privacidad, dignidad e integridad”.
Por último, se dispuso un plan de capacitación permanente del personal integrante del Servicio Central de Alcaidías.