29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Protección de los derechos de las personas privadas de su libertad
Recomiendan medidas para garantizar la defensa de los detenidos
Se trata de la segunda recomendación del Sistema de Coordinación y Seguimiento del control judicial de las unidades carcelarias, que integran jueces, fiscales, funcionarios del Ejecutivo y el CELS. El documento lleva también las firmas de la Procuradora General y de la Defensora General de la Nación. Las recomendaciones están dirigidas a jueces, defensores y al Servicio Penitenciario.

El Sistema de Coordinación y Seguimiento del control judicial de las unidades carcelarias recomendó, mediante un documento, al Servicio Penitenciario Federal que comunique de manera inmediata el inicio de los expedientes disciplinarios al juez interviniente. La recomendación surge en pos de garantizar una debida protección de los derechos de las personas privadas de su libertad.

El Sistema de Coordinación recordó a los jueces de ejecución (o a los que tuvieran competencia) que disponen, como regla general y según dice la ley 24.660 de ejecución de la pena privativa de la libertad, el atributo de conceder el efecto suspensivo de las sanciones "hasta que ellos resuelvan sobre la validez". También encomendó a los defensores públicos oficiales que "arbitren los medios necesarios a fin de garantizar la debida asistencia letrada" a una eficaz defensa.

También se plantea al ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, la conveniencia de modificar el Reglamento de Disciplina para Internos, adaptándolo a las recomendaciones que se detallan en el escrito para asegurar el efectivo derecho a la defensa.

En los considerandos, el documento explica que el aseguramiento del derecho a la defensa que tienen los detenidos respecto de las decisiones adoptadas por las autoridades penitenciarias "resulta relevante para la vigencia del control judicial amplio y eficientes de esas decisiones". Citan, para ello, a las Reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos de Naciones Unidas, en donde se especifica que "ningún recluso será sancionado sin haber sido informado de la infracción que se le atribuye y sin que se le haya permitido previamente presentar su defensa. La autoridad competente procederá a un examen completo del caso".

Además, en el escrito se revela que, según las datos recabados por los diferentes miembros del Sistema, en la mayoría de los casos las personas privadas de su libertad carecen de asistencia técnica durante los procesos disciplinarios. Especifican que las sanciones no son notificadas y que, por lo tanto, comienzan a ejecutarse antes de ser controladas judicialmente.

En ese sentido, los integrantes del Sistema consideran fundamental que los internos cuenten con "asistencia técnica letrada en los actos procesales del procedimiento disciplinario en el ámbito penitenciario" para garantizar la defensa. Agregan que, para que eso ocurra, tanto el juez como el defensor deben estar al tanto del inicio del trámite del sumario "en tiempo oportuno".

En el escrito se destaca que la Defensora General de la Nación, Stella Maris Martínez, garantizó la presencia de los defensores públicos oficiales según los términos que figuran en el artículo 40 del decreto 18/97. Además, la resolución 937/13 de la Defensoría especifica que, en caso de imposibilidad de asistir a la audiencia, el defensor debe comunicarse con el MPD, "a fin de que se cubra la prestación del servicio de defensa pública"

La recomendación del Sistema también aconseja a los jueces sobre la facultad de disponer efecto suspensivo a las sanciones disciplinarias hasta que se resuelva su validez, según está explicado en la ley 24.660. Consideran que esto debería extenderse a todas las acciones disciplinarias y no sólo a las que están recurridas, ya que así se garantizaría "la vigencia del control judicial amplio".

El Sistema de Coordinación y Seguimiento del control judicial de las unidades carcelarias está integrado por jueces, defensores y fiscales federales de diferentes instancias (entre los que se encuentra el titular de la Procuvin, Abel Córdoba,) funcionarios del Poder Ejecutivo y el Centro de Estudios Legales y Sociales -como miembro consultivo-. El último documento fue firmado, además, por la Procuradora General y por la Defensora General de la Nación.

En agosto de este año, el Sistema de Coordinación había realizado una recomendación sobre la intervención de fiscales y jueces en los casos donde haya fallecimientos de los detenidos.