En el marco del primer juicio de determinación de pena realizado en la Unidad Fiscal Rosario bajo los alcances del Código Procesal Penal Federal (CPPF), vigente en el distrito desde mayo de 2024, un Tribunal Oral de Rosario condenó a un suboficial de la Policía de Acción Táctica (PAT) de Santa Fe a la pena de 8 años de prisión, 11 años de inhabilitación absoluta, multa y costas, por su responsabilidad en una serie de hechos de corrupción policial que incluyeron allanamientos ilegales, privaciones ilegales de la libertad y torturas para robar droga, cometidos en agosto de 2024 en la ciudad de Rosario.
La sentencia recayó sobre Guillermo David Toledo y fue dictada por el Tribunal de Juicio integrado por los jueces Otmar Paulucci, Elena Dilario y Germán Sutter Schneider, luego de un debate centrado exclusivamente en la determinación de la culpabilidad y la pena, ya que la responsabilidad penal del imputado había sido previamente consensuada en un acuerdo parcial entre la fiscalía y la defensa.
La investigación estuvo a cargo de la Oficina de Criminalidad Económica y Trata de Personas del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario, encabezada por el fiscal general con funciones de coordinación del Distrito Rosario, Javier Arzubi Calvo, y de los fiscales coadyuvantes Soledad García, María Virginia Sosa y Andrés Montefeltro.
La sentencia tuvo por probado que Toledo lideraba un grupo integrado por otros seis policías de la PAT que realizó allanamientos ilegales, privó ilegítimamente de la libertad a varias personas, aplicó tormentos físicos para obtener información y sustrajo cocaína, dinero y otros elementos de una vivienda de Rosario, para luego comercializar parte del estupefaciente de manera clandestina en la ciudad de Santa Fe.
Por ello, Toledo fue condenado por los delitos de privación ilegítima de la libertad, violación de domicilio, falsificación ideológica de documento público, sustracción de elementos, vejaciones y apremios ilegales, y comercio de estupefacientes agravado por la intervención organizada de más de tres personas y por tratarse de miembros de una fuerza de seguridad.
El juicio de cesura
El 17 de abril pasado, el juez federal de garantías Carlos Vera Barros homologó el acuerdo parcial entre las partes y declaró la responsabilidad penal de Toledo que reconoció los hechos, su participación en ellos, y la calificación legal.
Como existían diferencias respecto de la cantidad de años de prisión a cumplir, se realizó el juicio de determinación de pena, mecanismo previsto en el CPPF para debatir exclusivamente la sanción a imponer.

El Tribunal de Juicio que dictó la sentencia estuvo integrado por la jueza Elena Dilario y los jueces Germán Sutter Schneider y Otmar Paulucci. Foto: Claudio González / Ministerio Público Fiscal
Durante la audiencia, las fiscales Sosa y García remarcaron “la gravedad institucional” de los hechos y sostuvieron que las prácticas abusivas y violentas desplegadas por Toledo en perjuicio de siete víctimas “no fueron una excepción en su carrera, sino un patrón de usos y costumbres persistente”.
Al momento de dar a conocer el veredicto y luego de hacer breves consideraciones sobre la magnitud del caso, el juez Sutter Schneider hizo referencia a “la intensidad del abuso institucional” acreditado en los hechos. En el veredicto, que el condenado presenció a través del sistema de videoconferencia desde su lugar de detención, el tribunal dispuso mantener su prisión preventiva hasta que la sentencia quedara firme.
Allanamientos ilegales, robo de droga y tormentos
De acuerdo con la sentencia, se tuvo por acreditado que el 13 de agosto de 2024 Toledo actuó junto a los suboficiales Fernando Nicolás Ferreira, Iván Severino Schneider, Jesús Balais, Gerardo Pérez y Sergio Robledo en un procedimiento ilegal realizado en una vivienda ubicada en calle Forest al 5600, en Rosario.
La fiscalía acreditó que los policías ingresaron sin orden judicial ni motivos que justificaran el procedimiento, redujeron a tres adultos y dos menores de edad y permanecieron en el lugar durante aproximadamente una hora, desde las 16.30 hasta las 17.20. Allí, se apropiaron de cuatro ladrillos de cocaína, armas de fuego, cuchillos de colección y alrededor de 6.000 dólares, para luego retirarse en móviles policiales.
Posteriormente, parte de la sustancia estupefaciente sustraída fue comercializada en la ciudad de Santa Fe, con la participación de familiares de Toledo que, por esos hechos, también fueron condenados en el marco de la investigación.
La pesquisa también estableció que, ese mismo día, Toledo y Balais sometieron a dos personas detenidas en un patrullero a descargas eléctricas, golpes e intimidaciones para obtener información sobre el proveedor de un ladrillo de cocaína secuestrado en otro procedimiento realizado en pasaje Jean Jaurés al 5000.
En el marco de los allanamientos posteriores realizados en la ciudad de Santa Fe, se secuestró de la vivienda de Balais una picana eléctrica que habría sido utilizada para aplicar tormentos a las víctimas.
El rol de liderazgo de Toledo fue reconstruido a partir de testimonios, peritajes sobre conversaciones extraídas de teléfonos celulares, allanamientos y análisis de distintas evidencias incorporadas al legajo fiscal durante la investigación.

Armas largas, municiones y cuchillos entre los elementos secuestrados en los allanamientos a los policías implicados. Foto: Policía Federal
El resto de los condenados
La situación procesal de los seis policías condenados fue resuelta mediante acuerdos plenos homologados entre octubre y diciembre de 2025 por el juez federal de garantías Carlos Vera Barros, quien dictó las sentencias, en las que se impusieron las siguientes penas:
- Jesús Balais: 7 años de prisión efectiva, inhabilitación absoluta y multa.
- Fernando Nicolás Ferreira: 6 años y 6 meses de prisión efectiva, inhabilitación absoluta y multa.
- Iván Severino Schneider: 4 años y 6 meses de prisión efectiva, inhabilitación absoluta y multa.
- Gerardo Pérez 4 años y 6 meses de prisión efectiva, inhabilitación absoluta y multa.
- Sergio Robledo: 3 años y 6 meses de prisión efectiva e inhabilitación absoluta.
- Miguel Aguilar, jefe de servicio: 2 años de prisión efectiva e inhabilitación absoluta.
Balais fue declarado penalmente responsable en carácter de coautor de los delitos de vejaciones y apremios ilegales, violación de domicilio agravado, privación ilegítima de la libertad, sustracción de elementos y falsificación de documento público.
En relación al delito de comercio de estupefacientes, también fue considerado como coautor, mientras que Ferreira, Schneider, Pérez y Robledo fueron condenados como partícipes secundarios. A todos ellos se les aplicó la figura agravada por cometer el delito con intervención de más de tres personas y por ser miembros de una fuerza de seguridad. Además, a Pérez le atribuyeron la tenencia de un arma de fuego sin la debida autorización legal.
Por último, el jefe de servicio Aguilar, fue considerado autor del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.