Reporte del último cuatrimestre del año pasado

La UFIARM informó sobre las colaboraciones e investigaciones preliminares durante 2025

La Unidad Fiscal Especializada en la Investigación de Ilícitos relacionados con Armas de Fuego, Explosivos y demás Materiales Controlados destacó que durante 2025 prestó 152 colaboraciones, lo que representó un incremento del 13,4% en relación al año anterior. Además, alertaron sobre la ausencia de un tipo penal autónomo que reprima el tráfico ilícito de armas de fuego, en sus modalidades nacional e internacional.

La Unidad Fiscal Especializada en la Investigación de Ilícitos relacionados con Armas de Fuego, Explosivos y demás Materiales Controlados (UFIARM), a cargo del fiscal federal Gabriel González Da Silva, que contó con la coordinación de la auxiliar fiscal Paulina Gómez, presentó su “Informe estadístico de colaboraciones e investigaciones preliminares” correspondiente al tercer cuatrimestre de 2025 y que incluye un análisis de lo que se realizó el año pasado. El documento, elaborado por el área de estadística de la unidad, consigna que durante 2025 se registraron 152 colaboraciones y se iniciaron 159 investigaciones preliminares. Cabe resaltar que, en el período comprendido entre septiembre y diciembre, se efectuaron 67 colaboraciones y se iniciaron 72 investigaciones preliminares.

La UFIARM -que tiene competencia en todo el país- hizo foco en que “la ausencia de un tipo penal autónomo que reprima el tráfico ilícito de armas de fuego, en sus modalidades nacional e internacional, constituye la principal deuda del ordenamiento argentino en la materia”. En el informe, se explicó que Argentina ratificó tanto el Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, cuyo artículo 5 obliga a tipificar como delito el tráfico ilícito, como la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados (CIFTA) cuyo artículo IV impone idéntica obligación. 

No obstante ello, la Unidad indicó que el Código Penal aborda aún el fenómeno de manera fragmentaria, mediante las figuras de tenencia, portación, acopio, provisión y fabricación previstas en el artículo 189 bis y el contrabando del Código Aduanero, sin una figura que capte específicamente la maniobra de tráfico. 

“Los datos relevados durante 2025 permiten dimensionar el costo de esa omisión. Varias de las maniobras identificadas en las investigaciones de la Unidad, como la venta o entrega ilegal de material, la interposición de testaferros, la supresión o adulteración de marcajes y la comercialización ilegal, presentan características propias del tráfico ilícito de armas de fuego. Ante la falta de un tipo que las abarque, esas conductas deben reconducirse a figuras conexas, por lo general de menor escala penal, o quedan subsumidas en el delito principal bajo investigación”, señalaron en el trabajo.

“La incorporación de una figura de tráfico ilícito de armas de fuego, en línea con los compromisos convencionales asumidos, permitiría perseguir la maniobra en su real dimensión y no solo sus manifestaciones periféricas. Sin perjuicio de ello, y dentro del ámbito de sus competencias, la Unidad reafirma que los altos niveles de irregularidad registral relevados durante el año refuerzan la necesidad de profundizar las tareas de rastreo orientadas a establecer el origen y el punto de desvío de las armas involucradas en hechos delictivos, cualquiera sea el delito principal bajo investigación”, agregaron.

Por otra parte, sostuvieron que del análisis efectuado por la Unidad “surgió, con alto grado de probabilidad, que el desvío de armas de origen legal constituye una de las principales fuentes de abastecimiento del mercado ilícito”.

“Dentro del material que la Unidad logra identificar y trazar, el principal punto de fuga no es el arma nunca registrada ni la ingresada por contrabando, sino la degradación de tenencias legales que se tornan irregulares. Esa degradación no es un fenómeno administrativo menor ni un punto de llegada. Es una de las puertas de entrada del tráfico ilícito de armas de fuego, nacional e internacional, aun cuando esa figura no se encuentre tipificada de manera autónoma en nuestro ordenamiento. El arma que se desvía del circuito legal alimenta ese tráfico, de modo que el control administrativo y la persecución del tráfico no son problemas distintos, sino dos tramos de una misma cadena”, puntualizaron.

Nuevos índices

Dentro del informe se indicó que la Unidad comenzó a registrar algunos nuevos datos, con fines estadísticos, respecto de las investigaciones preliminares, con el objetivo de contar con mejores elementos de análisis sobre el fenómeno del tráfico ilícito de armas de fuego, en los términos del Protocolo de Armas de Fuego y la CIFTA.

En ese sentido, se diseñaron varios índices de cálculo anual con el objetivo de sintetizar algunos de los aspectos más relevantes del fenómeno del tráfico de armas de fuego en nuestro país, a través del entrecruzamiento de alguno de los indicadores vinculados al trabajo de la UFIARM.

Por un lado, se encuentra el Índice de Personas no Habilitadas, que combina los datos de colaboraciones e investigaciones preliminares y que arrojó como resultado que el 86% de las 450 personas evaluadas durante el año no se encontraba habilitada para la tenencia legal de armas de fuego, sea por no estar inscripta ante el RENAR o por tener su condición registral vencida. 

“Dentro del material que la Unidad logra identificar y trazar, el principal punto de fuga no es el arma nunca registrada ni la ingresada por contrabando, sino la degradación de tenencias legales que se tornan irregulares. Es una de las puertas de entrada del tráfico ilícito de armas de fuego, nacional e internacional, aun cuando esa figura no se encuentre tipificada de manera autónoma en nuestro ordenamiento. El arma que se desvía del circuito legal alimenta ese tráfico, de modo que el control administrativo y la persecución del tráfico no son problemas distintos, sino dos tramos de una misma cadena”, puntualizaron.

Además, especificaron que el Índice de Tenencias Irregulares mide la proporción de armas registradas que se encontraban bajo una tenencia no vigente. Durante 2025, fue del 69,1%, lo que representa 199 armas no vigentes sobre un total de 288 armas registradas, lo que engloba colaboraciones e investigaciones preliminares (IP).

Según UFIARM, el Índice de Riesgo de Desvío, aplicable únicamente sobre las investigaciones preliminares, identificó que el 83,4% de las 199 armas registradas en ese universo se encontraba en alguna situación compatible con un posible desvío del mercado legal al ilegal.

El Índice de Trazabilidad, construido sobre la base de las colaboraciones prestadas, permitió identificar un posible punto de desvío en el 38,5% de las armas de fuego analizadas bajo este criterio (89 sobre un universo de 231). Este indicador permite establecer el porcentaje de casos donde es posible analizar la trazabilidad del material, a través de las tareas de rastreo. Finalmente, el Índice de Incidencia Federal, que engloba las colaboraciones e IP, arrojó que el 39,8% de las actuaciones de la Unidad tuvo incidencia en el fuero federal.

Jurisdicciones y delitos

En el informe se indicó que, mientras que en 2024 Santa Fe concentraba el 46,3% de las colaboraciones, seguida por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (32,1%) y la Provincia de Buenos Aires (12,7%), en 2025 esa proporción se modificó y Buenos Aires pasó a representar el 37,5%, CABA el 28,3% y Santa Fe el 17,1%.

Además, analizaron que el fuero federal pasó a representar el 44,7% de los pedidos —la mayoría por primera vez en la serie— contra un 43,4% del fuero ordinario. El restante 11,8% correspondió a dependencias especializadas de la Procuración General de la Nación (9,2%) y a autoridades del exterior (2,6%).

En relación con los delitos investigados en el marco de las colaboraciones, la UFIARM informó una mejora considerable en la calidad de la información recibida: mientras que en 2024 el 38,3% de los requerimientos no especificaba el tipo penal involucrado, en 2025 ese porcentaje se redujo al 2,6%, lo que permitió “una lectura mucho más precisa del catálogo delictivo”.

Dentro de este universo, destacaron la incidencia de los delitos previstos en la Ley N° 23.737 de Estupefacientes (que representó un 20,3%), lo que dio cuenta de la “intrínseca conexión” entre los delitos vinculados al narcotráfico y los vinculados al tráfico ilícito de armas de fuego. 

En el informe, se realizó un entrecruzamiento de los casos identificados en contextos de violencia de género con la situación registral de las personas y armas de fuego involucradas. En cuanto a las personas, ocho de ellas resultaron no estar inscriptas y ocho sí, de las cuales siete contaban con el carnet de legítimo usuario no vigente. 

“Estos datos permiten dimensionar la utilidad de la suspensión precautoria de la condición de legítimo usuario ante una denuncia por violencia de género, en los términos de la Ley 26.485 y de las facultades del organismo de control”, sostuvieron.