Intervinieron el fiscal general Carlos Schaefer y la PROCUNAR

Corrientes: fijaron nuevas penas para ocho condenados por la asociación ilícita que beneficiaba a narcotraficantes desde el juzgado que dirigía Soto Dávila

El Tribunal Oral Federal impuso penas de entre 2 y 9 años y 6 meses de prisión, tras el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que agravó la responsabilidad penal de varios de los acusados al considerarlos integrantes de una asociación ilícita. La situación del exjuez federal Carlos Soto Dávila quedó pendiente de resolución por un planteo de incapacidad sobreviniente de su defensa.

El Tribunal Oral Federal (TOF) de Corrientes fijó nuevas penas para ocho condenados en la causa por hechos de corrupción y la asociación ilícita que desde el Juzgado Federal N°1 de esa ciudad dirigía el exjuez Carlos Soto Dávila para beneficiar a narcotraficantes con resoluciones judiciales a cambio del pago de coimas.

La decisión se produjo luego de que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal agravara a fines de 2024 la responsabilidad penal de los acusados al condenarlos por el delito de asociación ilícita, que había sido descartado en el juicio oral.

Los jueces Juan Manuel Iglesias, Simón Bracco y Fabián Cardozo impusieron penas de entre 2 años y 9 años y 6 meses de prisión. En cambio, suspendieron la resolución de la situación procesal de Soto Dávila hasta que se defina el planteo de incapacidad sobreviniente presentado por su defensa.

El Ministerio Público Fiscal había solicitado que el exmagistrado fuera convocado a la audiencia para que se determinara la pena correspondiente, al sostener que el planteo de la defensa y el trámite previsto en el artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación no justificaban suspender o diferir actos del proceso hasta que se resolviera definitivamente la cuestión.

La sentencia consideró que funcionarios judiciales y abogados coordinaban la obtención de dinero de personas investigadas por narcotráfico a cambio de resoluciones judiciales favorables.

La audiencia de cesura —o de determinación de las penas— se inició el 19 de octubre pasado. En representación del Ministerio Público Fiscal, participaron el fiscal general con funciones de coordinación en la Fiscalía de Distrito Corrientes, Carlos Schaefer; el titular de la Procuraduría de Narcocriminalidad, Diego Iglesias, y el fiscal coadyuvante de esa oficina, Martín Uriona.

Luego de rechazar los planteos de nulidad formulados por las defensas, los representantes del MPF analizaron las circunstancias agravantes y atenuantes previstas en los artículos 40 y 41 del Código Penal y solicitaron penas de hasta 11 años de prisión.

La audiencia se reanudó el viernes pasado. Tras escuchar las últimas palabras de Molina —los demás acusados habían intervenido el lunes—, el tribunal dio a conocer el veredicto, con el que quedó integrada la sentencia dictada por Casación el 13 de diciembre de 2024. En aquella resolución, la Sala IV hizo lugar parcialmente a los planteos del MPF, avaló su tesis acusatoria y agravó la responsabilidad penal de los acusados, que habían sido condenados en 2023 por el TOF de Corrientes por hechos de corrupción pero absueltos por el delito de asociación ilícita.

La sentencia consideró que funcionarios judiciales y abogados coordinaban la obtención de dinero de personas investigadas por narcotráfico a cambio de resoluciones judiciales favorables. Según el fallo, la organización tenía una distribución de roles entre sus integrantes y actuaba para beneficiar a determinados imputados mediante decisiones que comprometían el normal funcionamiento de la administración de justicia.

Con la determinación de los nuevos montos de pena, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal quedará en condiciones de resolver los recursos de casación horizontal interpuestos por las defensas contra la decisión de la Sala IV.

Las penas impuestas

El TOF de Corrientes fijó las siguientes penas:

  • Pablo Carlos Molina (secretario judicial): 9 años y 6 meses de prisión e inhabilitación especial perpetua, por el delito de asociación ilícita, en calidad de miembro de la organización, en concurso real con el de cohecho pasivo agravado, en calidad de partícipe necesario -persona interpuesta-, reiterado en cinco (5) oportunidades que concurren materialmente entre sí, el cual concurre a su vez en forma ideal con el de prevaricato, en carácter de partícipe necesario, reiterado en cuatro (4) oportunidades. En el juicio, había sido condenado a 5 años de prisión.
  • Federico Alberto Grau (secretario judicial): 6 años y 6 meses de prisión e inhabilitación especial perpetua, por considerarlo responsable del delito de asociación ilícita, en calidad de miembro de la organización, en concurso real con el delito de cohecho pasivo agravado, en calidad de partícipe necesario -persona interpuesta-, reiterado en tres (3) oportunidades que concurren materialmente entre sí, el cual concurre a su vez en forma ideal con el de prevaricato, en carácter de partícipe necesario, reiterado en tres (3) oportunidades. En el juicio, había sido condenado a 4 años de prisión.
  • Duylio Horacio Barboza Galeano (abogado): 4 años y 6 meses de prisión, por considerarlo responsable del delito de asociación ilícita, en calidad de miembro de la organización, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado, reiterado en tres (3) oportunidades que concurren materialmente entre sí, en calidad de coautor. En el juicio, había sido condenado a 2 años de prisión.
  • Gregorio Humberto Giménez (abogado): 3 años y 6 meses de prisión, por el delito de asociación ilícita, en calidad de miembro de la organización, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado, en calidad de coautor.
  • Tomás Alfredo Viglione (abogado): 3 años y 6 meses de prisión, por el delito de asociación ilícita, en calidad de miembro de la organización, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado, reiterado en dos oportunidades que concurren materialmente entre sí, en calidad de coautor.
  • Jorge Ricardo Vallejos (abogado): 3 años y 6 meses de prisión, por asociación ilícita, en calidad de miembro de la organización, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado, en calidad de coautor. En la etapa de juicio, había sido condenado a 2 años de prisión.
  • Omar Antonio Serial (abogado): 2 años y 6 meses de prisión en suspenso, por cohecho activo agravado, como coautor. En la etapa de juicio, había sido condenado a 2 años de prisión.
  • Juan Manuel Faraone (exintendente de la ciudad correntina de Empedrado): 2 años de prisión en suspenso, por cohecho activo agravado.

El tribunal fijó para el 10 de noviembre próximo la lectura de los fundamentos de las penas.