La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el martes la condena a prisión perpetua impuesta a Carlos Ernesto “Indio” Castillo y anuló la absolución de Juan José “Pipi” Pomares, por su participación en crímenes de lesa humanidad perpetrados por el grupo paraestatal Concentración Nacional Universitaria (CNU) entre febrero y abril de 1976. Ambos habían sido juzgados por el Tribunal Oral Federal N°1 de La Plata, en 2017, por las privaciones ilegítimas de la libertad y homicidios, entre otros delitos y según cada caso, de los perseguidos políticos Antonio Domínguez, Néstor Hugo Dinotto, Graciela Herminia Martini, Hugo Daniel Pastorini, Adelaida Úrsula Barón, Leonardo Guillermo Miceli y Roberto Fiandor.
En su fallo, los camaristas señalaron que la CNU operó en connivencia con una red estatal e integraba parte del plan represivo. En cuanto a Pomares, que había llegado al juicio acusado junto a Castillo por los homicidios de Domínguez, Dinotto y Martini y la “sustracción de una persona con el fin de obligarla a hacer, no hacer, o tolerar algo contra su voluntad”, en perjuicio de Pastorino y Barón, la Sala IV enfatizó que se debió haber considerado válido el testimonio de Walter Martini, quien fue testigo del secuestro de su madre cuando tenía diez años y reconoció en un libro de fotos a Pomares. Otra de las víctimas sobrevivientes, Pastorini, también lo reconoció. Respecto a esa situación, el TOF había declarado -por mayoría- la nulidad de esos reconocimientos fotográficos realizados en la etapa de instrucción de la causa.
Tras conocerse el fallo de la Casación Federal, la Unidad de Derechos Humanos de La Plata solicitó que se prohíba la salida del país de Pomares, lo que así dispuso el TOF platense.
Tras conocerse el fallo de la Casación Federal, el auxiliar fiscal de la Unidad de Derechos Humanos de La Plata, Juan Martín Nogueira, solicitó que se prohíba la salida del país de Pomares, lo que así dispuso el TOF platense.
De acuerdo con el fallo de Casación, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 deberá dictar un nuevo pronunciamiento respecto de la responsabilidad de Pomares, sin necesidad de realizar un nuevo debate.
El juicio
Los ex miembros de la CNU habían sido juzgados por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata. En dicho juicio el Ministerio Público Fiscal fue representado por Carlos Dulau Dumm y Juan Martín Nogueira, quienes habían solicitado la pena de prisión perpetua para ambos acusados. Finalmente, el Tribunal resolvió imponer la pena de prisión perpetua para Castillo y dictó la absolución "por el beneficio de la duda" de Pomares.
En su alegato en el debate oral, el entonces fiscal ad hoc Juan Martín Nogueira había enfatizado que “los casos objeto de este juicio no se insertan en el contexto generado por el aparato de poder organizado de la dictadura instaurada por las fuerzas armadas a partir del 24 de marzo [de 1976], sino que la intervención penalmente relevante está dada por un grupo paraestatal denominado Concentración Nacional Universitaria, CNU, que funcionó, junto con muchos otros grupos, con la aquiescencia y favorecimiento de un gobierno democrático bajo el estado de sitio, que a través de una serie de decretos consolidó un sistema de violencia y muerte respecto de un grupo de la población reputado disidente, subversivo o disfuncional al sistema, lo que preludió, y preparó diría, el plan sistemático de desaparición de personas".