29 de marzo de 2024
29 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Alegato de la unidad fiscal especializada
Juicio por irregularidades en la investigación del atentado a la AMIA: la Fiscalía acusó a Galeano y a los ex fiscales por el delito de coacciones
Los representantes del MPF consideraron al ex juez a cargo de la causa como autor del delito de la coacción de Miriam Salinas y de Gustavo Semorile. Además, también tuvieron por acreditada la participación necesaria de Eamon Mullen y José Barbaccia en la coacción de la mujer. Y comenzaron con el análisis del delito vinculado a la privación ilegal de la libertad de los ex policías bonaerenses que fueron acusados por el ataque.

La Unidad Fiscal AMIA retomó ayer su alegato en el juicio por el encubrimiento y desviación de la investigación del atentado a la mutual que el 18 de julio de 1994 provocó la muerte de 85 personas. Durante la jornada, el fiscal ad-hoc Miguel Yivoff consideró acreditada la coacción a Miriam Salinas para que declare en calidad de testigo de identidad reservada y brinde datos para incriminar a Carlos Telleldín en la causa, como así también la coacción a Gustavo Semorile, para que preste declaración en tal carácter y brinde datos para incriminar a los ex policías bonaerenses.

El representante del Ministerio Público Fiscal -acompañado por los cotitulares de la unidad especializada Roberto Salum y Leonardo Filippini- describió como “un caos de fojas y fechas” a los actos procesales que alcanzaron a Salinas cuando, en octubre de 1995, fue arrestada en virtud del artículo 281 del Código Procesal Penal de la Nación y luego formalmente detenida y acusada -al igual que su marido Pablo Ibañez- por su supuesta participación en el atentado

Al respecto, Yivoff describió el derrotero que se siguió en la causa hasta detener a Salinas sin motivo alguno y luego, bajo la amenaza de imputarla a ella y a su pareja como partícipes en el atentado, obligarla a declarar en calidad de testigo de identidad reservada. Entre los diversos puntos que se analizaron se destacó que Salinas declaró como testigo cuando su sobreseimiento no se encontraba firme y su marido no tenía su situación procesal resuelta. También se cuestionó que se hubiera ofrecido espontáneamente, tal como se hizo constar en el expediente, que Salinas ofreciera su domicilio para grabar conversaciones con quienes estaban siendo investigados, entre los que se encontraba una de sus mejores amigas. “Queda claro que fue presionada para que parezca que proveía información espontáneamente”, agregó el representante de la UFI AMIA.

Por esos hechos, la Unidad Fiscal consideró a Galeano como autor del delito de coacción, y a los entonces fiscales Eamon Mullen y José Barbaccia como partícipes necesarios del mismo delito. Sobre ellos, señalaron que “no tuvieron una actitud pasiva” ante lo que estaba ocurriendo con Salinas, sino que “no controlaron la legalidad” y “participaron activamente en la maniobra". Al respecto, Yivoff señaló que un tramo de la declaración de Salinas fue en sede de la Fiscalía -según recordaron varios testigos, entre ellos los secretarios de los acusados-, donde se instaló una cámara oculta.

Por otro lado, el alegato también tuvo por acreditada la coacción que ejerció el ex juez Galeano respecto al abogado Gustavo Semorile, para que declarara como testigo de identidad reservada. Para ello, el ex juez se habría valido del conocimiento que tenía sobre la participación de ese abogado en la extorsión de la que habría sido víctima Telleldín en la brigada de Lanús de la policía bonaerense y en la que se habría quedado con una motocicleta Kawasaki. De esa forma, bajo amenaza de imputar a Semorile por ese delito, lo coaccionó para que declarara en carácter de testigo de identidad reservada y vincule a los policías encabezados por el comisario Juan José Ribelli en junio de 1996, con la Traffic con la que se llevó a cabo el atentado.

Privaciones ilegales de la libertad

Tras un breve cuarto intermedio, el fiscal Roberto Salum comenzó a exponer el tramo de la acusación vinculada a las privaciones ilegales de la libertad de los policías Juan José Ribelli, Anastasio Leal, Raul Ibarra y Mario Bareiro, que tuvo por acreditadas. Como primer punto el fiscal expuso que la detención de los policías se realizó valorando el contenido de un acto delictivo como lo era la declaración paga de Telleldín, lo que tornaba en ilegales las detenciones. Sostuvo que, sin perjuicio de ello, tanto el ex juez como los ex fiscales valoraron a su vez de manera totalmente arbitraria la prueba que, de forma alguna, permitía confirmar la participación de los ex policías en el atentado.

La Fiscalía también empezó a analizar las diferentes versiones que brindó Telleldín desde los inicios de la investigación con respecto a la Traffic, en las que aseguraba que la había vendido, hasta la indagatoria paga donde cambió radicalmente su versión. Se analizaron las manifestaciones que le habría efectuado a la ex camarista, Luisa Riva Aramayo; las versiones que el reducidor brindaba en los medios periodísticos donde, contrariamente a lo sostenido por los ex fiscales, no involucraba a los policías en el atentado, y las conversaciones que sobre ese punto surgían de las escuchas telefónicas obrantes en la causa.

El Tribunal Oral Federal N°2 dio por concluida la audiencia cerca de las 14.00, y anunció que el juicio se reanudará el jueves 23 de noviembre a las 10.00. La UFI AMIA adelantó que continuará con el análisis de los delitos vinculados a las privaciones ilegales de la libertad por, al menos, dos audiencias más.