03 de diciembre de 2024
03 de diciembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Fue al término de su alegato, que concluyó hoy al mediodía
La fiscalía consideró a Carlos Telleldín como partícipe necesario del atentado a la AMIA y pidió que sea condenado a prisión perpetua
Tras terminar de valorar las pruebas, el MPF consideró acreditado que el acusado se representó la posibilidad de la utilización de la camioneta Trafic en el ataque. También indicó que su responsabilidad no se elude por “no haber formado parte de la organización terrorista”.

El Ministerio Público Fiscal solicitó hoy que Carlos Telleldín sea condenado a prisión perpetua, al encontrarlo como partícipe necesario del atentado a la AMIA cometido el 18 de julio de 1994. El fiscal federal Roberto Salum culminó con el alegato que había comenzado a exponer la semana pasada junto a sus colegas Santiago Eyherabide y Santiago Roldán, en el que señaló que al ex reducidor de autos cabe endilgarle su participación necesaria, con dolo eventual, en la voladura del edificio de Pasteur 633 que produjo la muerte de 85 personas, lesiones a más de un centenar y daños.

La calificación legal en la que la fiscalía encuadró la conducta del único acusado en el debate fue la de homicidio cometido por la utilización de un medio idóneo para crear un peligro común, previsto en el artículo 80, inciso 5, del Código Penal. En ese sentido, desgranó la estructura del tipo penal a la luz de la doctrina aplicable y repasó las pruebas que consideró pertinentes para acreditar, en especial, el dolo del imputado. La audiencia, como sucedió con el juicio desde su reanudación luego de la interrupción por la pandemia, se realizó de manera virtual ante el Tribunal Oral Federal N°3. La próxima será el miércoles 2 de diciembre, ocasión en la que será el turno para alegar de la defensa de Telleldín.

Salum señaló que la intervención de Telleldín “fue con dolo de participación, lo seguiremos repitiendo”, en tanto, de acuerdo a las pruebas, satisfizo “las diferentes teorías del dolo eventual: actuó con indiferencia y egoísmo”. En varios pasajes de su exposición recordó, sobre este punto, que “el armado de la camioneta, las condiciones de esa operación, el contexto, las características casi a paso de comedia de quien se la llevó y haber confeccionado un documento con datos falsos, generan las condiciones necesarias y suficientes para la representación de su aporte: que la camioneta Trafic podía ser cargada con explosivos” y utilizada en un atentado, tal como había ocurrido dos años antes en el ataque a la Embajada de Israel.

Agregó, respecto al contexto de la operación celebrada entre el 9 y 10 de julio de 1994, que se produjo tras la visita previa de tres personas extranjeras y que luego fue abonada en dólares y retirada por un hombre disfrazado, sin interés en la documentación del vehículo -que nunca fue a buscar- o su funcionamiento. Telleldín “Actuó representándose que podría suceder un hecho de esas características”, sintetizó la acusación pública.

“No es relevante si  Telleldín pensó que el comprador utilizaría la camioneta, sino saber que alguien lo haría”, dijo la fiscalía. “Tampoco es condición necesaria el conocimiento del plan concreto del autor”, se agregó.

Análisis sobre la participación necesaria en el atentado

Como señalara la semana pasada, el fiscal reiteró que “no estamos juzgando a los autores del atentado”, pero que el accionar del ahora abogado “se integra al evento principal” como “cómplice del hecho”, por lo que le correspondería la misma pena que para aquellos.

Al citar doctrina sobre este punto, Salum sostuvo que “el partícipe no debe conocer necesariamente al autor” o su identidad, pero “sí su existencia”. “No es relevante si pensó que el comprador la utilizaría, sino saber que alguien lo haría”, agregó. Explicó que dos testigos lo dijeron expresamente: Telleldín “les habló de su preocupación por la utilización de la camioneta en el atentado. La representación está probada. Para nosotros está claro”.

Asimismo, el fiscal federal añadió que no es necesario acreditar un acuerdo de voluntad previamente, al igual que “tampoco es condición necesaria el conocimiento del plan concreto del autor”, como puede ser el objetivo, momento o lugar en el que ocurrirá el hecho delictivo. En los ataques terroristas, explicó, hay varios modos de participación, en tanto se trata de hechos complejos. Finalmente, consideró que en este tipo penal la responsabilidad como partícipe necesario no queda eliminada por “el hecho de no haber formado parte de la organización terrorista”.

Las pruebas del dolo

Acerca de este punto, la representación del Ministerio Público Fiscal recordó que la transmisión del parecer de Telleldín sobre posibles hechos delictivos a cometerse con la camioneta por él “vendida” fue manifestada a testigos incluso antes del atentado, como el ex policía Diego Barreda y su esposa Gabriela Schirripa, lo que sería “prueba indudable”. “Todas las pruebas valoradas en este alegato provienen del círculo más cercano de Telleldín”, destacó además el fiscal federal. Entre ellas enumeró las declaraciones de su ex pareja Ana Boragni y su hija Jésica Schiavone, quien los escuchó discutir cuando se enteraron del ataque a la mutual, aún antes de hallarse los restos de la Trafic. Fue Boragni, recordó la fiscalía, quien narró que Telleldín expresó que “estos hijos de puta me cagaron la vida”, vinculando directamente a la camioneta con el atentado.

Para el MPF, la transmisión del parecer de Telleldín sobre posibles hechos delictivos a cometerse con la camioneta por él “vendida” fue manifestada a testigos incluso antes del atentado

La fiscalía también se detuvo en las características de la persona implicada antes y al momento del hecho, en función de lo estipulado doctrinariamente. Como se adelantara en la audiencia previa, Telleldín registra un paso en el Departamento de Informaciones de la Policía de Córdoba (D2) como agente de inteligencia durante la última dictadura, cuyo accionar en el terrorismo de Estado fue acreditado en reiteradas sentencias de la justicia federal, y “su actividad delictiva” en la producción de autos “mellizos”. “Esos saberes estaban presentes y deben ser valorados al analizar su conducta”, reparó el MPF.

Salum añadió a ello el atentado a la Embajada de Israel de marzo de 1992, en el que también se utilizó una camioneta cargada con explosivos, pero no “melliza”. Para la fiscalía, se trató de una “exportación de una forma de violencia novedosa en la región”, que “supimos todos y también Telleldín”. “No es un antecedente nimio: estos atentados cambiaron hasta el paisaje urbano, basta ver las barreras físicas instaladas al frente de las instituciones”, graficó.