25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Barrio Carlos Mugica
Tras presentación de ATAJO, imputan a Telecom Argentina S.A. por incumplimientos en la prestación del servicio
Lo resolvió la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, luego de un pedido de informes presentado por la Dirección General de Acceso a la Justicia en febrero de este año, ante severas deficiencias en los servicios de telefonía e internet que la compañía presta en la villa 31.

La compañía Telecom Argentina S.A. fue imputada por presunta infracción a la Resolución 316/2018 de la Secretaría de Comercio y al artículo 19 de la Ley Nº 24.240, tras presentaciones realizadas por la Dirección General de Acceso a la Justicia ante la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, en las que fueron expuestas las deficientes condiciones en la que la empresa presta los servicios de telefonía e internet en el Barrio Carlos Mugica (ex Villa 31), de Retiro.

La medida fue dispuesta por la Ventanilla Única de Defensa del Consumidor y Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo, dependiente de la Dirección de Protección Jurídica del Consumidor del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, en cumplimiento de las previsiones del art. 45 de la Ley N°24.240, de “Procedimientos y sanciones”, toda vez que la empresa “no habría prestado el servicio de acuerdo a los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos ya que no se brindaría el servicio técnico cuando las y los consumidores lo requieren, o el servicio técnico prestado habría resultado insatisfactorio”.

La presentación de ATAJO que motivó la imputación, realizada en febrero de este año, destacó "la perturbación al servicio de telefonía e internet afectaría al derecho a la igualdad de oportunidades y de trato reconocidos por la Constitución Nación que viven en la Villa 31, por cuanto la no discriminación y la igualdad son componentes fundamentales de las normas internacionales de derechos humanos y son esenciales a efectos del goce y el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales".

La providencia de la Dirección de Defensa del Consumidor, identificada como PV-2020-40710728-APN, destaca que “el servicio prestado por la firma cobra especial relevancia en el marco de la emergencia sanitaria y social dictada a raíz de la Pandemia Covid-19 mediante el Decreto Nº 260/2020 y el aislamiento social, preventivo y obligatorio dictado a través del Decreto Nº 297/2020 que, en su artículo 6º, prevé que el servicio prestado por TELECOM ARGENTINA S.A. se encuentra dentro de las excepciones al aislamiento dada la relevancia que adquieren las telecomunicaciones en esta coyuntura excepcional”, por lo que “la interrupción del servicio, coloca a las y los consumidores en una situación de hipervulnerabilidad”.

Si bien por las medidas de aislamiento se recomienda el no ingreso de los trabajadores para solucionar las averías a los domicilios de los clientes, la compañía deberá “implementar métodos de solución que no impliquen el acceso al domicilio: realizar las reparaciones de equipos desde el exterior de la vivienda en forma oral, debiendo ser el propio cliente quien manipule las instalaciones en su interior” o bien establecer “un protocolo específico para resguardar la salud y seguridad de los trabajadores del rubro de telecomunicaciones” para los casos en los que el ingreso a las viviendas sea impostergable.