19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Jornada de trabajo en la Escuela de Servicio de Justicia
Debatieron sobre el rol de los fiscales en casos de fraudes concursales
Participaron funcionarios de la Procelac, de la Fiscalía General en lo Comercial, de la OFINEC y de fiscalías civiles, penales, comerciales y laborales. La discusión estuvo centrada en articular el trabajo entre fiscalías penales y no penales para profundizar la investigación de posibles delitos en el marco de concursos y quiebras.

El problema de la baja cantidad de condenas por quiebras fraudulentas, el aumento -en paralelo- de más de un mil por ciento (1000%) en la cantidad de causas penales durante 2014 y las dificultades en la investigación de los delitos vinculados a esta materia, fueron parte del temario de las jornada de debate sobre "El rol del Ministerio Público Fiscal en materia de concursos y quiebras", que tuvo lugar el 8 de junio pasado y fue organizado en conjunto por el Área Operativa de Concursos y Quiebras de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) y la Fiscalía General ante la Cámara Nacional en lo Comercial.

La actividad contó con la participación de funcionarios de la Oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero (OFINEC) y de fiscalías penales, civiles, comerciales y laborales y estuvo centrada en el análisis integrado de conflictos que involucran las cuestiones penales y comerciales.

La jornada se realizó en la Escuela de Servicio de Justicia y contó con tres mesas de expositores. En la primera, el coordinador del área de Concursos y Quiebras de la Procelac, Juan Argibay, y la secretaria de esa área, Aldana Tommasi, expusieron junto a Eleonora Feser, secretaria de la OFINEC.

Los funcionarios de la Procelac expresaron conclusiones preliminares surgidas de un relevamiento de información estadística que se encuentra realizando el área de Concursos y Quiebras sobre las causas penales iniciadas entre los años 2010 y 2014 por los delitos previstos en el capítulo “Quebrados y otros deudores punibles” del Código Penal.

Principalmente, se plantearon dos conclusiones. La primera de ellas es el aumento en más de un mil por ciento en la cantidad de causas penales iniciadas por los delitos analizados en el año 2014 con relación a los anteriores y la ausencia de vinculación de ese aumento con una suba en la cantidad de concursos y quiebras iniciados en el período.

También se destacó el bajo índice de condenas, dado que de las 680 causas iniciadas en el período, en sólo tres se obtuvieron sentencias condenatorias. Además, se indicó que en el período 2010/2014 se dictaron un total de cuatro sentencias condenatorias por los delitos analizados y en una causa se suspendió el juicio a prueba. Se planteó, adicionalmente, la poca relevancia de las causas en las que efectivamente se lograron condenas y la incapacidad que ha demostrado el sistema para detectar y lograr condenas en causas de envergadura y con impacto real.

En definitiva, se intentó transmitir una problemática concreta y someterla a debate en la búsqueda de soluciones que integraran la perspectiva penal y la comercial.

La intervención de la funcionaria de la OFINEC se orientó a destacar las ventajas que otorga la intervención de los contadores públicos en las investigaciones judiciales y puntualizó sobre el perfil del equipo de trabajo de la OFINEC y de las posibles articulaciones de los fiscales con sus profesionales en el marco de los concursos y las quiebras.

La Fiscalía General en lo Comercial

La segunda mesa estuvo integrada por las secretarias Mariel Dermardirossian y Soledad Casazza y el secretario Diego Villani, de la Fiscalía General ante la Cámara Nacional en lo Comercial, quienes se refirieron al modo de trabajo de esa dependencia, los deberes y facultades del Ministerio Público Fiscal en materia de concursos y quiebras desde la perspectiva comercial, y describieron casos en los que ha intervenido la Fiscalía General.

Las funcionarias y el funcionario señalaron que el Ministerio Público puede actuar y debe actuar en casos distintos a los específicamente previstos en la Ley de Concursos y Quiebras, dada su función constitucional de promotor de “la actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad”. En particular, se planteó la participación de la Fiscalía no sólo ante la Cámara Comercial sino, incluso, en colaboración con la justicia en primera instancia.

"Quebrados y otros deudores punibles"

La fiscal general subrogante Alejandra Perroud y la prosecretaria Gabriela Brenda Sayago estuvieron a cargo de la tercera mesa, en la que reseñaron los delitos previstos en el capítulo “Quebrados y otros deudores punibles” del Código Penal, con un análisis crítico de la actual operatividad de esas normas.

Las funcionarias destacaron la rápida evolución de la normativa comercial y la dificultad que representa encuadrar las maniobras que se advierten en el marco de concursos y quiebras en la actualidad en normas penales notablemente desactualizadas e inconsistentes con el actual desarrollo obtenido en materia comercial.

Además, señalaron la dificultad que impone la extensión de los procesos comerciales y la demora que ello implica en la remisión de las actuaciones a la justicia penal, en relación a la prescripción en materia de delitos concursales. También remarcaron que en la mayoría de los casos las causas que llegan a la justicia penal son las de menor envergadura y que, escapan de la jurisdicción las causas más relevantes.

Asimismo, destacaron la existencia en el ámbito de concursos y quiebras de maniobras que encuadran en delitos distintos de los del capítulo de “Quebrados y otros deudores punibles”, como por ejemplo el lavado de activos.

La articulación entre las fiscalías

En el cierre de la jornada la fiscal general ante la Cámara Nacional en lo Comercial, Gabriela Boquin, señaló la importancia y el efecto de los concursos y quiebras en la economía y en la sociedad en general.

En cuanto al relevamiento presentado por Procelac, Boquin indicó que las razones del llamativo aumento en la cantidad de causas penales iniciadas durante el año 2014 por delitos vinculados con concursos y quiebras podrían hallarse en las remisiones automáticas formuladas por los distintos juzgados comerciales que impone el artículo 233 de la Ley de Concursos y Quiebras cuando existen quiebras sin activos.

Ese análisis generó un debate dado que el aumento de denuncias habría sido proporcional para las denuncias provenientes de la Justicia Comercial y las provenientes de otras fuentes, según el sistema de registro digital del MPF FiscalNet.

Al respecto, se señaló la posibilidad de que el aumento se debiera a un pedido de información de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que habría obligado a relevar causas y/o a razones internas de cada juzgado dado la disparidad en la cantidad de denuncias que cada uno de ellos realizó.

La fiscal Boquin destacó también la necesidad de detectar y abordar en forma coordinada y conjunta los casos en los que se advierten maniobras fraudulentas relevantes articulando el trabajo de fiscalías penales, fiscalías no penales y la Procelac.

Además, se debatió en torno a las dificultades que representa para las fiscalías penales la detección de los casos en los que efectivamente existen maniobras ilícitas y su diferenciación de aquellos que fueron remitidos por imperativo del artículo 233 de la Ley de Concursos y Quiebras.

En efecto, se destacó el dispendio jurisdiccional que implica el análisis y la tramitación de causas en las que no existe delito (y son meras remisiones por falta de activos) y la necesidad de las fiscalías penales de contar con mayor apoyo técnico desde el aspecto comercial para distinguir las causas y realizar un adecuado análisis de las que fueran relevantes.

Además, se debatió sobre el rol que podría tener la Procelac en esa articulación entre las fiscalías penales y no penales. Se planteó también el rol de las fiscalías laborales en lo que hace a la detección de fraudes concursales.

La fiscal Boquin insistió en el punto señalado por la Perroud en relación a las dificultades que genera la falta de actualización de los tipos penales vinculados a Concurso y Quiebras y, en ese sentido, agregó los nuevos conflictos que se presentarán a partir de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación a partir del 1° de agosto de 2015.

Finalmente, la fiscal remarcó la dificultad que importa a las fiscalías no penales la falta de acceso a fuentes de información y bases de datos a las que acceden las fiscalías penales para la detección de delitos y para la realización de sus propias investigaciones.