24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Investigación a cargo de la Fiscalía Federal N°2
Mar del Plata: confirman los procesamientos de una banda por comercio de estupefacientes y lavado de activos
La resolución de la Cámara Federal de Apelaciones alcanza a siete personas integrantes de la organización. Además, se mantuvieron los embargos por 3 millones de pesos para cada imputado, y los secuestros con fines de decomiso de inmuebles, vehículos y dinero en efectivo.

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata confirmó los procesamientos de siete personas acusadas de conformar una banda dedicada a la comercialización de estupefacientes y la utilización de vehículos como moneda de cambio y/o para insertar en el mercado el dinero proveniente de la venta de drogas. La investigación desarrollada por la Fiscalía Federal N°2 de Mar del Plata, a cargo de Nicolás Czizik, había avanzado también sobre el delito de lavado del dinero proveniente de la actividad ilícita, y por lo tanto el procesamiento abarca ambos delitos. De las siete personas implicadas en la organización, seis tienen la doble acusación, y dos de ellas además están procesadas por tenencia ilegal de armas de fuego.

La causa se inició en agosto de 2014 cuando se investigaba un presunto secuestro extorsivo: de las tareas investigativas en curso surgieron comunicaciones telefónicas vinculadas al comercio de estupefacientes, en las que se daban distintos nombres y apodos. Con la profundización de la pesquisa se logró determinar la identidad de algunos de los implicados -entre ellos quien sería el jefe de la organización, su hermana y su cuñado- y corroborar la hipótesis referida al comercio de drogas.

De esta manera, la investigación estableció que el líder de la banda esperaba el pasado 27 de febrero un cargamento de drogas proveniente de Buenos Aires, por lo que el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó el allanamiento de la vivienda ubicada en el barrio Las Heras de Mar del Plata, en el que se incautaron unos 60 kilos de marihuana y casi medio kilo de cocaína, armas de fuego, más de 400 mil pesos y una balanza, entre otros elementos de interés para la causa.

Al día siguiente, la fiscalía requirió los allanamientos de la totalidad de los domicilios que estaban siendo investigados, por su vinculación con los presuntos responsables de la maniobra delictiva. Como resultado de los procedimientos, se secuestró gran cantidad de vehículos, documentación vehicular, sustancia de estiramiento y dinero en efectivo. A su vez, fueron detenidas las personas implicadas, aunque en ese momento se profugaron quienes habían transportado la droga en un auto con patente de la República del Paraguay.

La investigación entonces se orientó a determinar la existencia de una organización dedicada a la comercialización y distribución de droga, previa recepción, fraccionamiento y almacenamiento en Mar del Plata y localidades cercanas. Para ello habían implementado una red de líneas o puntos de venta, al menos desde agosto de 2014. El resultado de las actividades delictivas redundaría en un beneficio económico a los integrantes de la banda, no sólo en las sumas de dinero en efectivo que manejarían sino también en la adquisición de bienes muebles, mayormente vehículos, que también serían utilizados para el transporte, acopio y parte de pago de estupefacientes. Simultáneamente eran introducidos en el mercado con apariencia legal, en una clara maniobra de lavado de activos, de acuerdo a la hipótesis fiscal que cuenta con confirmación en instancia superior.

Se dio por probado también que muchos de los acusados y acusadas tenían vínculos familiares entre sí, contaban con roles asignados, con constantes cambios de líneas telefónicas, la utilización de armas a modo de resguardo y seguridad de la venta de drogas, de hecho dos de ellos están también procesados por tenencia ilegal de armas.

De esta manera, y luego de la audiencia en la que participaron la Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, y las defensas de los acusados, la Cámara Federal de dicha jurisdicción -integrada por Alejandro Tazza, Eduardo Jiménez y Alejo Ramos Padilla- confirmó las prisiones preventivas y los embargos dispuestos -que alcanzan los 3 millones de pesos para cada acusado- por el juez federal de primera instancia, Santiago Inchausti. Asimismo, el tribunal confirmó el embargo con fines de decomiso de los autos, inmuebles y dinero secuestrados en el marco de la investigación, sin perjuicio de lo cual los camaristas solicitaron determinar qué bienes fueron utilizados para consumar el delito de comercio de estupefacientes, y cuáles fueron fruto del delito de lavado de activos.

El delito de lavado

La figura delictiva del lavado de activos ha quedado actualmente encuadrada en el Título XII del Código Penal, “Delitos contra el orden económico y financiero”, conforme la reforma introducida por la ley 26.683. Este delito, explicaron los jueces que firmaron la resolución, está compuesto de varias fases o etapas, pudiendo definirse como un conjunto de operaciones y procedimientos por el cual los bienes de naturaleza delictiva son incorporados e integrados al sistema económico legal institucionalizado, confiriéndoles apariencia legítima.

En este caso, se ha acreditado en esta etapa de la investigación, que los imputados han participado en el comercio de estupefacientes y también que los automóviles eran utilizados como “moneda de cambio”, constatándose que disponían una gran cantidad de bienes que no estaban a su nombre y no se correspondían con los ingresos declarados.

Asimismo, la Cámara entendió que los acusados no han podido demostrar, al menos hasta este momento, que los bienes fueron adquiridos con fondos lícitos, pues por el contrario las pruebas reunidas indican que el origen de los fondos no era otro que la venta de drogas.

Sin perjuicio de esto, repararon, debe distinguirse entre los bienes y objetos que son instrumentos o producto del delito de comercio de estupefacientes, de aquellos otros bienes o cosas que habrían sido obtenidos como modo de constituir una forma de lavado de activos. Allí “la conducta típica consiste en hacer aparecer como lícitos aquellos bienes provenientes de una actividad ilícita, dándole apariencia de legalidad a los mismos”. No se trata de la simple obtención de esos bienes comprados con dinero habido ilegítimamente, sino de las operaciones orientadas a hacer aparecerlo como producto de una lícita actividad.