La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata procesó sin prisión preventiva al excamarista de ese órgano judicial, Jorge Ferro, por incumplimiento de los deberes de funcionario público, y a dos abogados y a una abogada, coimputados por el delito de tráfico de influencias en causas donde se investigaba el delito de trata de personas.
El fallo -firmado por Alfredo López, Pablo Candisano Mera y Federico Villena-, es consecuencia de una orden de la Cámara Federal de Casación Penal, que había anulado la resolución dictada hace casi dos años por la Cámara Federal de Mar del Plata por la que Ferro y las otras tres personas fueron sobreseídas. El tribunal había declarado prescripta la acción respecto del excamarista y su situación había arrastrado la del resto de los acusados.
El recurso ante la Cámara de Casación que propició el nuevo fallo fue interpuesto por el fiscal general Daniel Adler junto al fiscal general a cargo de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), Diego Velasco, y la fiscal federal -excotitular de esa procuraduría- Laura Roteta. La investigación está a cargo de la fiscal federal a cargo de la Fiscalía Federal N°1 de Mar del Plata, Laura Mazzaferri, con quien coadyuva la procuraduría especializada.
Ferro está imputado por incumplimiento de los deberes de funcionario público y por enriquecimiento ilícito, acciones vinculadas al tráfico de influencias que se les atribuyó a los restantes imputados.
De acuerdo con la investigación, el exjuez habría utilizado información con la que contaba en razón de su cargo para privilegiar los intereses particulares de los tres coimputados, "menoscabando así los intereses del Estado y poniendo en jaque la correcta administración de justicia", indicaron la fiscalía y la PROCELAC.
La pesquisa tuvo su origen en una denuncia formulada por el fiscal general Marcelo Colombo y la fiscal federal Alejandra Mángano, cotitulares de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX); la fiscal Roteta y el fiscal general Gabriel Pérez Barberá, excotitulares de la PROCELAC; y el titular de la Fiscalía Federal N°2 de Mar del Plata, Nicolás Czizik, a raíz del análisis de las pruebas obtenidas en el marco del caso "Madaho's" -nombre de un prostíbulo de aquella ciudad-, en el que se desbarató una organización dedicada a la trata de personas con fines de explotación sexual.
La fiscalía y la PROCELAC informaron que, de acuerdo a los peritajes de los teléfonos investigados, uno de los acusados -abogado- en ese caso mantenía un estrecho vínculo de amistad, laboral y económico con Ferro, pese a lo cual este último intervino como camarista en el caso "con el propósito de mejorar y favorecer la situación procesal" del imputado, a quien "también le ofrecía asesoramiento jurídico y colaboración en procesos penales del estudio jurídico al que pertenecía". Aquel abogado fue patrocinado en ese caso por otros dos profesionales pertenecientes a su estudio jurídico. Los tres, en definitiva, ahora están procesados por tráfico de influencias agravado.
En este contexto, la Fiscalía Federal N°1 de Mar del Plata y la PROCELAC también investigan la posible generación de ganancias ilícitas para los imputados derivada de aquellos hechos. En efecto, se investiga si Ferro, cuanto menos desde 2002 y hasta el 1° de mayo de 2020, habría incrementado de modo apreciable y sin justificación su patrimonio. Ferro renunció a su cargo el 1° de mayo de 2018 cuando era investigado por el Consejo de la Magistratura de la Nación en función de los sucesos ventilados en el caso "Madaho's".
Según indicaron la fiscalía y la PROCELAC, en el caso se están llevando cabo medidas tendientes a trazar el perfil patrimonial de las personas investigadas. En concreto, se busca identificar activos y/o movimientos de índole económico que permitan revelar ganancias ilícitas.
Esas medidas se llevan a cabo en cumplimiento de las instrucciones de la Procuración General de la Nación PGN 6/92, 129/09 y 134/09 en materia de investigaciones de delitos de corrupción y de las obligaciones asumidas por el Estado argentino al ratificar la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción, que exigen la persecución efectiva de hechos ilícitos de suma gravedad institucional.