09 de noviembre de 2024
09 de noviembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Presentación de la fiscal federal Laura Mazzaferri y la Procelac
Mar del Plata: solicitaron indagatorias a los dueños del complejo Sobremonte por evasión agravada y asociación ilícita fiscal
Los imputados utilizaban una red de testaferros –sociedades y hasta familiares- para atribuirles de manera ficticia la explotación del lugar, ocultando así a los verdaderos beneficiarios. Los representantes del MPF destacaron la “habitualidad” de las maniobras y la conformación de una asociación ilícita fiscal que incluyó a estudios contables para facilitar la operatoria.

La titular de la Fiscalía Federal n°1 de Mar del Plata, Laura Elena Mazzaferri, conjuntamente con el fiscal general a cargo de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), Carlos Gonella, solicitaron al titular del Juzgado Federal N° 1 de Mar del Plata, a cargo de Alejandro Castellanos, que se cite a prestar declaración indagatoria a los once imputados en una causa donde se investigan delitos tributarios vinculados a la explotación económica del complejo Sobremonte, uno de los más tradicionales de esa ciudad de la costa atlántica.

Para los representantes del Ministerio Público Fiscal, dicha explotación se llevó a cabo –al menos desde 2003 a la actualidad- a través de una cuidadosa ingeniería compuesta por sociedades y personas físicas que actuaron como testaferros con el único propósito de encubrir a los dueños, quienes son los verdaderos beneficiarios del funcionamiento del lugar, evitando de este modo el cumplimiento de sus obligaciones impositivas. El Complejo Sobremonte es un multiespacio que engloba pistas de baile, restaurantes y lugares de esparcimiento desde hace casi 40 años, habiendo aumentado considerablemente su dimensión con el transcurso del tiempo.

Justamente, los organizadores de la operatoria colocaron delante de cada una de las unidades que integran el complejo –confiterías, bocas de expendio de bebidas, restaurantes, discotecas- a diversas sociedades creadas con el objetivo de separar su funcionamiento de los verdaderos titulares. Así las cosas, el accionar de los fiscales –entre los que se destaca el trabajo conjunto del área de Delitos Tributarios y Contrabando de la Procelac, a cargo de Mariela Palese y de la Fiscalía Federal de Mar del Plata, puntualmente con Luciana Aguirre Sánchez- apuntó esencialmente a desentrañar la “comunión de intereses” entre quienes figuran a cargo de las concesiones y los señalados como propietarios del Complejo Sobremonte. En este sentido, los resultados de los allanamientos llevados a cabo en Sobremonte y en el estudio contable (a cargo del asesoramiento), sumado a los coincidentes testimonios brindados por ex empleados –entre otros elementos del abundante caudal probatorio- permitieron establecer esa conexión existente entre los reales beneficiarios del complejo y las personas jurídicas que se interpusieron ante los organismos fiscales.

Los representantes del MPF solicitaron la declaración indagatoria a tres personas físicas por los delitos de evasión simple tributaria (ejercicios anuales 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012); evasión agravada tributaria (ejercicios anuales 2013 y 2014) y asociación ilícita fiscal por los mismos períodos. Asimismo, pidieron la indagatoria a otras ocho personas físicas por el delito de asociación ilícita fiscal ocurrida por lo menos desde el año 2008. Respecto a este último delito, los fiscales destacaron la “habitualidad” de las conductas analizadas, elemento tipificado en el inciso c) del artículo 15 de la ley penal tributaria n° 24.769, y que agravaría la situación procesal de los imputados.

Surge claramente que era una estructura organizada con roles bien definidos para cada uno de los que tomaron parte en las maniobras dirigidas a cometer –habitualmente- los delitos previstos en la Ley Penal Tributaria y Previsional. Durante años, sus integrantes se han dedicado a llevar a cabo maniobras con el único fin de evadir sus obligaciones tributarias, creando diversas sociedades, utilizando personas jurídicas y también físicas a las que presumiblemente hacían inscribirse como monotributistas para el fin de –ficticiamente- adjudicarles la supuesta explotación de los espacios del Complejo”, señalaron en su presentación.

Monotribustas ricos

Uno de los aspectos que sobresale de la pesquisa es la notable inconsistencia que surge entre el perfil patrimonial y lo declarado ante el fisco por parte de los principales acusados. En este sentido, uno de los organizadores de las maniobras y el principal beneficiario de las ganancias del complejo no registra inscripción en ninguno de los impuestos y/o regímenes cuya recaudación se encuentra a cargo la AFIP – DGI desde septiembre de 2002. Tampoco se encuentra declarado como empleado en relación de dependencia, ni resulta titular de tarjeta de crédito alguna, ni posee bienes inmuebles a su nombre. Tal situación de precariedad contrasta con los innumerables viajes al exterior que ha realizado y los gastos de gran envergadura realizados por éste y sus familiares tanto en el país como en el exterior. Asimismo, cuenta con autorización para conducir autos de alta gama y reside en un inmueble de lujo, que se encontraría también a nombre de un testaferro.

Otro de los principales imputados reviste ante la AFIP el carácter de “monotributista” desde septiembre de 2010, registrando un alto nivel de incumplimiento que se constata con el simple hecho de que en el mes de septiembre sólo ingresó la módica suma de $78 en concepto impositivo. A su vez, no posee bienes muebles o inmuebles registrables a su nombre. Tales datos contradicen su estilo de vida: visitó Brasil, Estados Unidos, España, Uruguay y Chile “en innumerables oportunidades”, y se encuentra autorizado a conducir varios vehículos de alta gama.

Lavado

Además de los delitos tributarios, la fiscal federal de Mar del Plata Laura Elena Mazzaferri y la Procelac plantearon la existencia de indicios respecto a una “posible legitimación de activos de origen delictivo”, en especial teniendo en cuenta que la legislación sancionada en 2011 –en sintonía con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional- incluyó a la evasión como delito precedente del lavado de activos. “Se desconoce la procedencia de los fondos utilizados para la compra de los bienes adquiridos por las personas aquí imputadas (muchos de los cuales son, al presente, objeto de uso y goce por parte de los mismos, o sus allegados), a la vez que resultará materia de análisis determinar, en cada caso, si la compra de aquéllos obedeció a acciones de los nombrados dirigidas a insertar en el circuito legal dinero que, cuanto menos parcialmente, obtuvieron como producto de la omisión en que incurrieron al no ingresar al Fisco Nacional los tributos debidos”, aseguraron.