El Tribunal Oral Federal de Resistencia, integrado por Manuel Iglesias, María Delfina Denogens y Eduardo Ariel Belforte, condenó este lunes a dos personas a cuatro años y seis meses de prisión al considerarlas coautoras del delito de lavado de activos agravado por habitualidad, reprimido en el artículo 303, inciso 2º, del Código Penal. La operación consistía en simular compras con tarjeta de débito o crédito a nombre de terceras personas en la República del Paraguay, por las cuales recibían dólares, que a su vez vendían en Argentina en el mercado ilegal y cuyo producido insertaban en el sistema a través de negocios en el mercado de valores local.
Las personas condenadas son Lucía Leovegilda Palacios y Sergio Osvaldo Alila, madre e hijo, a quienes además se impuso una multa equivalente a tres veces el monto de lo lavado. La suma del dinero blanqueado se calcula en 34 millones de pesos.
En línea con el alegato del fiscal general Federico Carniel, el tribunal además ordenó el decomiso de todos los bienes (dinero y vehículos) secuestrados en la causa. En su exposición, el representante del MPF consideró demostrado que entre 2014 y 2016 los imputados simularon compras en Paraguay a través de la utilización de tarjetas de crédito y débito de terceras personas. Al obtener una considerable ventaja en el tipo de cambio, los imputados insertaban esa ganancia espuria dentro del sistema bancario argentino.
El debate había comenzado el 24 de junio. Los fundamentos del veredicto dado este lunes serán dados a conocer después de la feria judicial, informó el tribunal.
El caso
De acuerdo con las pruebas ponderadas por la fiscalía, el circuito para el lavado de dinero comenzaba al depositar pesos en el Banco HSBC. Luego, las personas ahora condenadas simulaban compras en distintos negocios de la República de Paraguay con tarjetas de débito y crédito. De esta manera, se debitaba un importe equivalente al valor de dólar oficial, pero los acusados obtenían esa suma en moneda extranjera. Luego la cambiaban a pesos en el mercado ilegal, lo cual les reportaba una ganancia cercana al 50 por ciento. Esa ganancia era nuevamente depositada con dos fines: para seguir simulando compras con tarjeta de débito y para transferir a una cuenta comitente en la Bolsa de Comercio del Chaco para comprar dólares a través de títulos.
Alegato
Para el representante del MPF, las dos personas acusadas llevaron adelante una gran cantidad de operaciones de consumo en el exterior con tarjetas de débito y crédito por sumas de hasta 2.194.216 pesos en compras por importes similares en comercios de electrónica de Paraguay cuyas denominaciones comerciales son: Luzmar center Electrón, Casa San Rafael Enc., Abba Electronica Enc., Electronica Bianca Enc. y Electronica Bariloche Enc.
Asimismo, en la investigación se pudo corroborar que adquirieron 2.862.432 de dólares durante diciembre de 2015, época en la que existían restricciones para la compra de divisas.
Las personas condenadas abrieron una cuenta comitente en la Bolsa de Comercio del Chaco, recibieron pesos por transferencia bancaria, compraron títulos y con estos títulos adquirieron dólares. Después de tres días, las divisas fueron depositadas en la cuenta de los imputados que los retiraban en efectivo y los vendían en el mercado negro o paralelo obteniendo una ganancia de más del 50 por ciento. Esta ganancia era depositada en el sistema financiero para volver a pasar por el proceso de compra de dólares bolsa y reiniciar el ciclo.
La fiscalía consideró que en su alegato que la operadora bursátil también fue parte del proceso de blanqueo de capitales. Si bien el proceso realizado en la bolsa se encuentra admitido por la ley, para el fiscal nunca se podría haber llevado a cabo si no se falseaban las declaraciones juradas de los imputados para ser admitidos como comitentes.
“Lo manifestado falsamente por los imputados en lo que hace a la justificación de ingresos les permitió acceder a una gran suma de dinero en dólares que luego se duplicaba al ser pasados a pesos en el mercado ilegal. Por eso sostenemos que todas las maniobras efectuadas por ellos no solo tenían la finalidad de obtener una ganancia sino también de poder introducirlos en el circuito financiero para seguir generando riqueza y para ser disfrutado según sus conveniencias”, aseguró Carniel en su alegato.