04 de noviembre de 2024
04 de noviembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento del titular de la Fiscalía Federal N° 1, Federico José Iuspa
San Isidro: solicitan juicio oral para veintiún personas acusadas de integrar una asociación ilícita fiscal con nexos en la AFIP
Los imputados están señalados por posibilitar la disminución irregular, evasión y/o abstracción de las obligaciones fiscales de numerosos contribuyentes, según diversas modalidades delictivas, mediante las cuales ofrecían un “saneamiento impositivo” ante el organismo recaudador. Entre ellas, las gestiones irregulares e ilegítimas para la aprobación discrecional de Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación por un total en dólares de U$S1.669.742,46.

El titular de la Fiscalía Federal N° 1 de San Isidro, Federico José Iuspa, solicitó la elevación a juicio de veintiún personas acusadas de integrar una asociación ilícita fiscal. Los imputados están señalados por haber posibilitado la disminución irregular, evasión y/o abstracción de las obligaciones fiscales de numerosos contribuyentes, según diversas modalidades delictivas, mediante las cuales ofrecían un “saneamiento impositivo” ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). 

La lista de imputados incluye a Raúl Alfredo Pessoto, Serafín Dengra, María del Carmen Santellan, Daniel Alejandro Galvalisi, Luis Alberto Scalise, Mariano Horacio Capristo, Ricardo Alberto Saiz Sobral, Guillermo Heriberto Mac Loughlin, Luis Gago Lema, Natalio Oscar Bonavena, Damián Guillermo Cisneros, Nora Ivana Cisneros, Claudio Alejandro Gómez, Héctor Federico Barbosa, Edgardo Abdon Juárez, Pedro Ernesto Ingratta, Sergio Daniel Cuello, Fernando Daniel Braconi, Natalia Marisa Cajal, Hugo Baltazar Zelaya y Carlos José Glavic. 

En una causa anterior que dio origen a esta investigación, el fallecido Miguel Ángel Lamparelli fue condenado por haber integrado, en carácter de organizador, una asociación ilícita liderada por Adrián Darío Marcal Gago, cuyo paradero se desconoce desde 2017, y conformada, entre otras personas, por los ahora veintiún imputados. De acuerdo a la acusación, la finalidad de la organización era desarrollar en forma habitual, coordinada y mancomunadamente, distintos delitos tributarios, ya sea a través de cualquiera de sus integrantes o facilitando su comisión, por parte de terceros, en diversos ámbitos territoriales dentro de la República Argentina.

La fiscalía indicó que cada uno de los integrantes de esta organización poseía una voluntad asociativa con la finalidad de que se evadieran o se ayudara a evadir impuestos a través de maniobras de diversa naturaleza. El fiscal explicó que, con prescindencia del aporte que cada uno de ellos hiciera y en qué actividad y/o maniobra concreta participaban, ese aporte que hacían, todos y cada uno de los imputados, nutría y contribuía al objetivo ilícito de la asociación. Añadió que, con fecha de inicio incierta, la empresa criminal operó desde al menos el año 2011 hasta el 21 de junio de 2017, fecha en la que se llevaron a cabo allanamientos en el marco de la causa, y tuvo como objetivo posibilitar la disminución irregular, evasión y/o abstracción de las obligaciones fiscales de numerosos contribuyentes, según diversas modalidades delictivas. 

Con prescindencia del aporte que cada uno de ellos hiciera y en qué actividad y/o maniobra concreta participaban, ese aporte que hacían, todos y cada uno de los imputados, nutría y contribuía al objetivo ilícito de la asociación, señaló el fiscal.

En la justificación de la calificación elegida, el fiscal Iuspa destacó que los imputados “formaron parte de un grupo coordinado, con supuesta participación de funcionarios públicos, perdurablemente congregadas en orden al objeto lucrativo ilícito de la empresa criminal, que habría estado consagrada al ‘negocio’ antijurídico de proveer a terceros de manera reiterada y con pluralidad de planes delictivos, liquidaciones impositivas fraudulentas, facturas apócrifas, dilatorios planes de pago para manipular deudas con la AFIP, la irregular aprobación de Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI), asesoramiento, gestiones y demás herramientas contables ilegales, destinadas a la evasión generalizada de tributos”.

Según el dictamen, dentro de esa organización cada uno de los integrantes poseía una voluntad asociativa con la finalidad de que se evadieran o se ayudara a evadir impuestos a través de maniobras de diversa naturaleza, entre la que se encontraban:

  • La simulación de pagos de impuestos, aportes, contribuciones y/o todos sus pagos accesorios. En este segmento, los servicios consistían en el cómputo de conceptos improcedentes en las declaraciones juradas, tales como retenciones, pagos a cuenta y otros créditos. También se incluían el cómputo de retenciones improcedentes en las declaraciones juradas impositivas a partir de la utilización, cuanto menos, de dos contribuyentes en calidad de agentes de retención, por un total de $25.181.934,52.
  • El cómputo de retenciones improcedentes de los recursos de la seguridad social mediante la presentación de declaraciones juradas rectificativas y la liberación de pagos efectuados para su posterior re-imputación, por un total de $832.809,874.
  • El incremento irregular de empleados en las nóminas de las usuarias para posibilitar –de esa manera– el cómputo de retenciones improcedentes de los recursos de la seguridad social, por un total de $24.247.136.
  • Las compensaciones de deudas con saldos a favor de libre disponibilidad originados en créditos fiscales falsos, en concepto de impuesto sobre los débitos y créditos bancarios, como también en concepto de inversiones en bienes de capital, por un total de $18.758.218,60.
  • La comercialización de facturas electrónicas apócrifas, para lo cual se utilizaron, cuanto menos, setenta de las comúnmente denominadas “usinas” proveedoras de instrumentos espurios, alzándose además con una comisión del 2% de los importes, por un total de $2.232.200.406,65.
  • El asesoramiento en el manejo financiero de deudas con la AFIP y las gestiones irregulares e ilegítimas para la obtención de planes especiales de pago, por un total de $230.612.213,61.
  • Las gestiones irregulares e ilegítimas para la aprobación discrecional de Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI), por un total de U$S 1.669.742,46.

Pudo establecerse la existencia de una organización integrada al menos por tres personas, cuya finalidad era comercializar y facilitar la evasión fiscal a través de diferentes maniobras de simulación de pago de deudas.

Los hechos

La investigación tuvo su inicio el 2 de junio de 2014, a raíz de la denuncia formulada por una persona ante la Dirección Regional Salta de la AFIP-DGI, quien expuso que en diciembre de 2013 el imputado Dengra le había ofrecido un negocio que consistía en conseguir, mediante múltiples contactos, clientes con problemas fiscales que tuvieran intención de solucionarlos mediante el pago de una comisión, indicándole que tenía un amigo de confianza que se encargaría de llevar a cabo el “saneamiento impositivo” frente al ente recaudador.

A su vez, la persona denunciante señaló que en marzo del año 2014 había vuelto a tener una reunión con Dengra, quien en esa ocasión concurrió acompañado por Pessoto, a quien se lo presentó como su amigo de confianza y quien sería la persona que ofrecía el servicio de "saneamiento impositivo". Según la presentación, Dengra le indicó que lo hacía porque poseía los contactos necesarios para solucionar los problemas impositivos ante el fisco. El denunciante refirió que al mes siguiente se reunió una vez más con Pessoto, quien le insistió en incluirlo en el negocio como “intermediario”, dados los contactos que poseía.

A raíz de esta denuncia, la AFIP realizó una presentación judicial y solicitó las intervenciones telefónicas de los abonados que fueron atribuidas a Pessoto y Dengra, junto con el detalle de otros expedientes penales en los que el primero de ellos se encontraba investigado. Así, se descubrió en un principio que Pessoto se contactaba a su vez con Galvalisi, quien se desempeñaba como intermediario entre él y los representantes o titulares de empresas usuarias de los servicios ilícitos; y que Santellán -quien comercializaba el servicio de simulación de pagos mediante el cómputo de créditos inexistentes- cobraba por su tarea una comisión que, en un principio, le fue fijada por el propio Pessoto y luego por otros miembros de la asociación. De acuerdo con las pruebas, el rol de Dengra consistía en ofrecer el servicio ilícito de simulación de pago de impuestos y, en ciertos casos, se puntualizó que realizaba gestiones de cobro a algunas de las empresas usuarias, a instancias de Pessoto.

Así, pudo establecerse la existencia de una organización integrada al menos por tres personas, cuya finalidad era comercializar y facilitar la evasión fiscal a través de diferentes maniobras de simulación de pago de deudas. La modalidad empleada era el incremento del rubro “retenciones” en las distintas declaraciones juradas de impuestos nacionales con conceptos improcedentes, que permitían compensar la deuda generada por distintos contribuyentes.

De las intervenciones telefónicas surgió que la retribución de la asociación estaría constituida por un porcentaje del monto de deuda cancelada improcedentemente, del monto de las facturas apócrifas generadas o de los montos autorizados para girar al exterior. Quienes se ubicaban en la máxima línea jerárquica recibían un porcentaje como comisiones que luego repartían con los “intermediarios superiores”. El resto de los intermediarios, dependiendo del acuerdo que hubieran logrado con el “beneficiario”, recibían un porcentaje menor. Entre los integrantes de la organización está acusado Edgardo Abdón Juárez, quien al momento de los hechos era empleado de la Sección Cobranzas Judiciales de la Agencia N°10 de la Dirección Regional Microcentro de la AFIP.