27 de abril de 2024
27 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento del fiscal Walter Rodríguez
Santa Fe: solicitan juicio oral para una fiscal provincial, un jefe de policía y otras tres personas por la desaparición de dinero y otras pruebas en el caso Oldani
La integrante del Ministerio Público de la Acusación Cristina Ferraro fue acusada de encubrimiento por favorecimiento real agravado por la condición de funcionaria pública y abuso de autoridad, por haber permitido que otras tres personas allegadas a la víctima -también acusadas- retiraran del lugar dinero en efectivo y documentación relacionada al delito de intermediación financiera no autorizada por el que se investigaba a la firma Turismo Oldani. Al jefe policial José Julián Nizzo se le imputa haber desestimado una orden para custodiar el lugar de los hechos.

El titular de la Fiscalía Federal de Primera Instancia N° 2 de Santa Fe, Walter Rodríguez, solicitó anteayer la elevación a juicio de la investigación que involucra a una fiscal provincial, un jefe de policía y otras tres personas por la desaparición de dinero de la escena del crimen del empresario Hugo Oldani, ocurrido el 11 de febrero en un local comercial del centro de aquella capital. Cristina Ferraro, integrante del Ministerio Público de la Acusación, fue acusada por la comisión del delito de encubrimiento por favorecimiento real, agravado por la condición de funcionaria pública en concurso real con abuso de autoridad. 

Tres allegados al círculo íntimo de Ondani, entre los que están Diego Marcos Medera, José Luis Hernández y Virginia Venetucci, por entonces también empleada de la Asesoría Letrada de la Policía de la Policía de Santa Fe, fueron señalados como coautores de encubrimiento por favorecimiento real agravado por el ánimo de lucro por su participación en la desaparición del lugar de dinero en efectivo (al menos 3.050.000 pesos y 1.100.000 dólares estadounidenses) y documentación de valor indiciario que constituían rastros, pruebas e instrumentos del delito de intermediación financiera no autorizada por el que se estaba investigando a la firma Turismo Oldani S.R.L

El fiscal Rodríguez le atribuyó a José Julián Nizzo la autoría de desobediencia a un funcionario público ya que, según la acusación, en ejercicio de su función como jefe de la Primera Zona de Inspección de la Policía de la provincia de Santa Fe, desestimó la orden impartida por Ferraro sobre implantar una custodia permanente en la sede donde funcionaba Turismo Oldani entre el 12 y  el 17 de febrero de 2020. 

Los hechos

El 11 de febrero de 2020 Oldani fue víctima de un hecho delictivo en la galería donde se encontraba su agencia de viajes, que más tarde provocó su fallecimiento. En la escena del hecho se hizo presente personal policial que intentó resguardar el lugar con carteles que allí se encontraban y sirvieron para delimitar improvisadamente su alcance territorial, al tiempo que un guardia de la galería cerró las puertas del local comercial.

De acuerdo con la investigación, en el interior del local se encontraba una significativa suma de dinero en moneda nacional y extranjera. La acusación fiscal refirió que hubo distintas acciones por parte de familiares y allegados de la víctima, destinadas primero a ocultar y luego a hacerlo desaparecer, entre ellos Hernández y María José Calle, empleada de la firma y elevada a juicio en otra causa por intermediación financiera no autorizada.

Las imágenes tomadas en la escena del crimen por una filmación realizada por la policía muestran que había en las oficinas de Oldani sumas en efectivo superiores a 3 millones de pesos y al menos 1,1 millón de dólares, que no fueron registrados y se supone fueron retirados en bolsos por el entorno del empresario.

En la noche de ese mismo día, la fiscal Cristina Ferraro, Virginia Oldani (hija de la víctima y empleada de la firma), Diego Medera, Virginia Venetucci, Calle, Hernández y terceras personas arribaron a la sede de Turismo Oldani. De acuerdo con la acusación del fiscal Rodríguez, de esa forma se inició “una suerte de inspección ocular sin testigos de actuación (registrada fílmicamente durante 54 minutos y 11 segundos por personal policial), donde fue divisado en el fondo del local y detrás de una puerta, atrás de un pequeño reducto en el que había una cavidad con una estantería improvisada de madera, una gran cantidad de dinero efectivo en moneda nacional y extranjera”. En ese lugar también se encontraba una caja de seguridad con tapa de color naranja que no fue registrada. Las imágenes demuestran que, poco después, las mismas personas egresaron del local hacia el hall en presencia de la fiscal provincial, portando bolsos, una mochila y una caja azul. Inmediatamente, el personal policial colocó la faja de seguridad. 

De acuerdo al requerimiento de elevación a juicio, Hernández y Medera “llevaron a cabo -de forma repentina e improvisada- un plan orquestado dirigido a lograr el ocultamiento de elementos probatorios, el cual resultó dirimente para que durante las primeras horas del día 12 de febrero de 2020 se logre el perfeccionamiento de la maniobra atribuida a los nombrados y a Virginia Andrea Venetucci, consistente en la desaparición de rastros, pruebas e instrumentos de un delito, gracias a la autorización ilegítima otorgada por la Fiscal Cristina Ferraro”. 

El fiscal Rodríguez destacó al mismo tiempo la condición de abogado con matrícula local de Hernández como también el rol de asesora letrada que Venetucci revestía ante la Policía de la provincia de Santa Fe, al entender que “la intervención de personas que cuentan con el título de abogado, en este especial contexto me indica la posibilidad de sostener que ninguno de ellos pudo desconocer el marco de clandestinidad que caracterizó la desaparición del dinero, pues ocurrió en clara inobservancia de las disposiciones generales del derecho procesal, pero en especial respecto de aquellas normas que regulan la inspección, registro y secuestro de efectos, según surge de la letra expresa del Código Procesal Penal de la Provincia de Santa Fe”.

Respecto a Ferraro, Rodríguez destacó que la desaparición del dinero y la documentación ocurrió en ejercicio de sus funciones como Fiscal del Ministerio Público de la Acusación de la provincia de Santa Fe y que su presencia en el lugar del crimen le otorgaba “deberes y facultades suficientes para llevar adelante todas las diligencias necesarias, entre ellas, disponer la preservación de los rastros, pruebas e instrumentos del delito”. Por ello, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que “la comprobada -pero no documentada- decisión de hacer desaparecer la evidencia probatoria, no implica otra cosa distinta que haber asumido la responsabilidad de llevar adelante un acto en pleno ejercicio de sus potestades, que a esta altura del proceso, configuraría una conducta penalmente relevante”. El fiscal consideró que Ferraro “actuó con conocimiento y queriendo ocultar, alterar y desaparecer los rastros, pruebas o instrumentos del delito, ya que no pudo dejar de haberse representado cuanto menos como alternativa al móvil del crimen por ella investigado, que los elementos desaparecidos pudiesen de algún modo relacionarse con otros delitos”.  

“La intervención de personas que cuentan con el título de abogado, en este especial contexto me indica la posibilidad de sostener que ninguno de ellos pudo desconocer el marco de clandestinidad que caracterizó la desaparición del dinero, pues ocurrió en clara inobservancia de las disposiciones generales del derecho procesal, pero en especial respecto de aquellas normas que regulan la inspección, registro y secuestro de efectos"

Ferraro también fue acusada por el delito de abuso de autoridad mediante una serie de actos en los que se valió de su condición de representante del Ministerio Público de la Acusación de la provincia de Santa Fe para intentar desviar cualquier averiguación relacionada con el destino del dinero y la prueba documental cuya desaparición autorizó en forma irregular. Entre ellas, el fiscal Rodríguez destacó el libramiento de un oficio el 14 de febrero de 2020 en el que ordenó el secuestro de dinero que pudiera encontrarse en los locales pertenecientes a Turismo Oldani, pidiendo de esa forma el aseguramiento físico de aquellos billetes que horas antes habían devuelto de manera irregular; impulsar un trámite penal con el propósito de investigar la difusión de imágenes correspondientes al dinero desaparecido; brindar una respuesta omisiva e inexacta a un oficio en el que se solicitaba informe sobre la identidad de quienes materializaron la sustracción de valores y dinero en efectivo; y maniobras relativas al ocultamiento deliberado de los registros fílmicos y declaraciones testimoniales de Virginia Oldani y José Luis Hernández, que daban cuenta de la autorización que habría concedido para que estos retirasen del local comercial el dinero efectivo y la documentación.

Rodríguez responsabilizó del levantamiento de la custodia policial que regía en la escena del crimen a José Julián Nizzo, por entonces a cargo de la jefatura de la Primera Zona de Inspección de la Policía de la provincia de Santa Fe. Para el fiscal, Nizzo desobedeció la orden de Ferraro, a cargo de la investigación, mediante el incumplimiento de la orden de custodia permanente. El fiscal también solicitó el sobreseimiento del subcomisario Pablo Ricardo Molinas, acusado de haber ocultado pruebas durante las primeras horas posteriores al crimen, al considerar que actuó bajo las órdenes y la órbita de Ferraro. De igual manera, Rodríguez también pidió se dicte el sobreseimiento de Alejandro Amate, el policía encargado de haber levantado la custodia policial en la sede de Turismo Oldani, al haber cumplido una orden impartida por Nizzo.