El juez federal de Bahía Blanca Walter López Da Silva allanó entre el miércoles y el jueves pasado ocho empresas del Polo Petroquímico de ese distrito bonaerense a pedido del fiscal general de la jurisdicción, Alejandro Cantaro, y tomó muestras de los efluentes líquidos provenientes de esa instalaciones en el marco de una investigación destinada a detectar si esa firmas vierten residuos peligrosos en la ría de Bahía Blanca.
Según informó a Fiscales la Fiscalía General, el procedimiento fue encabezado por magistrados, funcionarios y personal del Ministerio Público Fiscal, junto a la Prefectura Naval Argentina y la División de Delitos Ambientales de la Policía Federal. Las empresas allanadas fueron TGS, Pampa Energía (ex Petrobras), Dow, Mega, Unipar (ex Solvay Indupa), Profertil, Oil Tanking y ABSA.
Durante los operativos, se tomaron muestras de vertidos líquidos, tanto en el interior de las plantas de esas firmas como sobre la ría, y también de peces y moluscos, y se secuestró abundante documentación de entidad para la investigación.
Los denunciantes que iniciaron esta causa en el año 2011, pescadores artesanales de la región, indicaron que las empresas del Polo Petroquímico de Bahía Blanca vierten residuos peligrosos en la ría, poniendo en riesgo la salud pública y que, por tanto, cometen el delito previsto en el artículo 55 de la ley 24.051 (de Residuos Peligrosos). Esa hipóstesis es compartida por el Ministerio Público Fiscal.
En efecto, a lo largo de los últimos años, la Fiscalía, que tiene a su cargo la investigación porque le fue delegada en función del artículo 196 del Código Procesal Penal de la Nación, tomó una gran cantidad de medidas de prueba tendientes a demostrar aquella hipótesis y, en función de ello, solicitó al juzgado otras medidas de su exclusivo resorte.
Entre ellas, la Fiscalía requirió a la titular del Juzgado Federal Nº2 de Bahía Blanca, Gabriela Marrón -actualmente de licencia y subrogada por su colega Da Silva- que, como medida cautelar y en virtud del principio precautorio, prohíba la emisión de efluentes sólidos, gaseosos o líquidos que son consecuencia del proceso industrial que las empresas vierten a la ría.
Para el caso de que el juzgado entendiera que era admisible una instancia superadora previa a la prohibición de efluentes, la Fiscalía solicitó la convocatoria a una audiencia pública con la comunidad, las empresas denunciadas y expertos, a fin de que establezca un inmediato plan de saneamiento.
Pero ante ese pedido, la jueza Marrón se declaró incompetente porque entendió que no se configuraba el requisito de la "interjurisdiccionalidad del daño" y remitió la causa a la justicia ordinaria. El MPF llevó el caso hasta la Cámara Federal de Casación Penal, que finalmente ordenó que el caso tramite en la órbita federal.
A partir de ello, se continuó con diversas medidas de prueba hasta los allanamientos del miércoles y jueves pasado, con el secuestro de material probatorio y la toma de muestras en los últimos puntos de vuelco de cada una de las empresas.