26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Requerimiento de la fiscal Sylvia Little
Bariloche: la fiscalía pidió juicio oral para siete integrantes de una comunidad mapuche por la usurpación de un predio de Villa Mascardi en 2017
Las personas acusadas pertenencen a la comunidad Lafken Winkul Mapu. Se les imputa haber usurpado tierras de Parques Nacionales entre el 10 y el 23 de noviembre del 2017. En su requerimiento la fiscal resaltó la violencia cometida para ocupar los predios e indicó que la comunidad nunca solicitó ser relevada ni registrada para la obtención de tierras.

La fiscal federal Sylvia Little, a cargo de la Fiscalía Federal de Bariloche, presentó el requerimiento de elevación a juicio de la causa que tiene imputadas a siete personas de la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu por haber usurpado tierras de Parques Nacionales de Villa Mascardi en noviembre de 2017.

La representante del MPF acusó a las personas imputadas en calidad de coautoras del delito de usurpación por despojo “puesto que en el marco del plan común que trazaron, tuvieron el dominio del hecho del tramo de sus acciones que, conjuntamente, estuvieron dirigidas a un fin común”.

En ese sentido, la fiscal señaló que las y los imputados –y un grupo de personas que no fueron individualizadas- usurparon de forma violenta la propiedad de la Administración de Parques Nacionales (APN), en el que talaron arboles del predio para construir casas precarias y tranqueras que no permitieran el acceso de terceros a los terrenos. Asimismo, resaltó que durante el periodo de la ocupación –del 10 al 23 de noviembre- los integrantes de la comunidad amenazaron no sólo a los guardaparques y policías locales sino que fueron “atacados con piedras, gomeras y bombas molotov desde el interior” todas las personas y vehículos que se acercaron al lugar, incluyendo a la fiscal.

Por otra parte, Little recordó que la comunidad nunca solicitó ser relevada ni registrada por los organismos públicos para poder obtener los títulos de tierras correspondientes, que se encuentran comprendidos dentro de los alcances que otorga la Ley 26.160. En ese sentido, indicó que “una ocupación irregular tal como la analizada jamás podrá encauzarse y obtener –si es esto lo que se desea desde el grupo reclamante- la formalización y titulación de los territorios que se consideran propios sin adecuarse a las escasas pautas que exige la normativa nacional a tal fin”.

Los hechos

En el requerimiento de elevación a juicio la fiscal describió que el diez de noviembre de 2017 un grupo de personas que se autodenominó como perteneciente a la comunidad mapuche “Lof Lafken Winkul Mapu” ingresó al predio ubicado en el kilómetro 2006 de la Ruta Nacional 40 Sur, propiedad de la APN, a través del sendero que sólo tenían acceso los guardaparques y otras personas autorizadas.

De esta forma, para impedir el acceso al lote, los y las ocupantes talaron árboles con los cuales construyeron una especie de tranquera, conformada rústicamente por troncos, palos y alambres, y colocaron una gran bandera blanca con una leyenda que decía “Territorio mapuche recuperado Lof Lafken Winkul Mapu”. La fiscal agregó que el 13 de noviembre las personas que estaban instaladas en el terreno desabastecieron de energía eléctrica a Villa Mascardi, al dañar algunos de los postes de luz ubicados en el lugar.

“Una ocupación irregular tal como la analizada jamás podrá encauzarse y obtener –si es esto lo que se desea desde el grupo reclamante- la formalización y titulación de los territorios que se consideran propios sin adecuarse a las escasas pautas que exige la normativa nacional a tal fin”.

Por último, resaltó la violencia que tuvo el grupo desde el primer día, tanto hacia los guardaparques como también hacia las fuerzas de seguridad y hacia los funcionarios judiciales que se acercaron al lugar. En ese sentido, describió que el 23 de noviembre se realizó el allanamiento, ante la imposibilidad de entablar cualquier tipo de dialogo y en vistas de hacer cesar la comisión del delito.

Sobre ese hecho, la fiscal indicó que las fuerzas de seguridad actuantes -Policía Federal Argentina y Prefectura Naval Argentina- “fueron agredidas mediante piedrazos por los ocupantes, lo que conllevó la utilización de armas no letales -gases lacrimógenos y postas de goma-", lo que permitió la detención en el interior del predio de los imputados.

Ley 26.160

Con respecto al reconocimiento de tierras de las comunidades indígenas, la fiscal sostuvo que según los organismos pertinentes –el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) y el Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas (CoDeCI)-, la comunidad “Lafken Winkul Mapu” no sólo no se encuentra registrada ante el Registro Nacional de Comunidades Indígenas (ReNaCI) sino que tampoco ha sido relevada por el Relevamiento Territorial de Comunidades Indígenas (ReTeCI).

En ese sentido, señaló que “existen normas en una sociedad que deben mínimamente encauzar las relaciones entre los distintos grupos sociales, aun así estas sean interpretadas con toda la flexibilidad posible y en el marco de una amplia comprensión por los derechos de las comunidades”. A su vez, recordó que los y los imputados pertenecen a otra comunidad, Lof Colhuan-Nahuel, ubicada en el barrio Virgen Misionera de Bariloche y que es el “lugar en el que se encuentra comprobado que residen”.

Por último, la fiscal indicó que el Estado Argentino “debe firmemente reconocer esos derechos y en tal sentido se ha expedido esta Fiscalía en reiteradas oportunidades, desestimando sistemáticamente intentos de judicializar ocupaciones tradicionales no violentas realizadas por otras comunidades”. “Pero ello no puede ni debe traducirse en la aceptación forzosa de una exigencia violenta que un grupo de ciudadanos hace en forma unilateral, tomando para sí terrenos públicos y privados”, agregó.