25 de abril de 2024
25 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Interviene la Fiscalía General ante los Tribunales Orales en lo Criminal N°20
Comenzó el juicio a cuatro ex policías por encubrir el funcionamiento de tres prostíbulos en Flores
Se trata de un comisario, dos subcomisarios y un subinspector que integraban la cúpula de la Comisaría 38° de la PFA. Están acusados de fraguar actas de inspección y declaraciones testimoniales en procedimientos policiales para permitir el funcionamiento de tres locales nocturnos donde se explotaba sexualmente a mujeres en situación de vulnerabilidad. El debate se reanudará el próximo miércoles.

El pasado viernes por la mañana, ante el Tribunal Oral en lo Criminal N°20, comenzó el juicio oral y público a cuatro ex policías que integraban la cúpula de la comisaría 38°, quienes llegaron a esta instancia acusados de brindar protección y cobertura legal para el funcionamiento de tres prostíbulos denominados “Doly’s”, “Fama” y “Envidia”, todos ubicados en el barrio porteño de Flores y donde se explotaba sexualmente a mujeres en situación de vulnerabilidad.

Se trata del comisario, dos subcomisarios y el subinspector de esa dependencia. De acuerdo a la acusación, todos ellos llevaron adelante una “miríada de ilegalidades”, tales como la falsificación de actas reflejadas en supuestas tareas de inteligencia o inspecciones policiales a los locales, que no fueron tales, y declaraciones inventadas en el marco del control e investigaciones que debían realizar sobre los prostíbulos de su jurisdicción.

Con distintas imputaciones según el caso, los ex policías llegaron a la instancia de debate acusados por los delitos de incumpliento de los deberes de funcionario público, encubrimiento y falsificación de documentos públicos.

Durante la primera audiencia los cuatro imputados se negaron a declarar. Seguidamente, lo hicieron dos testigos que eran vecinos del barrio porteño de Flores y cuyas firmas figuran en las actas de declaración. Ambos negaron haber participado de algún operativo policial y, a su vez, refirieron haber prestado su firma para distintos trámites en la comisaría cuestionada. El debate se reanudará el próximo miércoles 6 de marzo con la declaración de otros seis testigos.

La instrucción de la causa estuvo a cargo de los fiscales Fernando Fiszer, a cargo de la Fiscalía Nacional de Instrucción N°8, y Marcelo Colombo, cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex).  En el juicio interviene el fiscal general Carlos Gamallo.

El caso

La investigación se inició en abril de 2010, cuando la Protex, en ese momento UFASE, formuló una denuncia formal ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, mediante la cual se puso en conocimiento un mail recibido que indicaba que el comisario de la Seccional 38° de la Policía Federal Argentina y un sargento de esa misma dependencia estarían involucrados en ciertas conductas ilícitas, tales como declarar servicios adicionales que no realizaban y por los que además cobraban. Además, especificaba que los funcionarios  recibían dinero por brindar servicios de “seguridad” en una serie de locales de la zona entre los que se encontraban heladerías, una escribanía y supermercados “chinos”.

En consecuencia, se inició una investigación preliminar y a su vez se ordenaron distintas medidas investigativas. Por otra parte, la causa se vio alimentada por otra investigación preliminar que llevaba adelante la UFASE en la que se investigaba el funcionamiento de distintas “casas de tolerancia” en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, en las que existiría regenteo y/o administración de la prostitución por parte de terceros.  En ese sentido, se acumularon sólo las que la Seccional N°38 envió a su superioridad.

A medida que avanzó la investigación, se pudo constatar que tanto en el local Doly’s, ubicado en Avenida Directorio 2820, como en el llamado “Envidia”, ubicado en Argerich 34, y otro denominado “Fama”, ubicado en avenida Rivadavia 7373/5, se “ofrecían servicios sexuales”. A su vez, se pudo corroborar que los respectivos dueños de los locales mantenían fluidas comunicaciones con los subcomisarios de la Comisaría 38°.

En el requerimiento de elevación a juicio, los representantes del MPF consideraron que los imputados realizaron una “cobertura ilegal sincronizada a partir de un ilegítimo convenio inicial-pago de una suma determinada de dinero- con un único objeto- el funcionamiento sin restricciones de prostíbulos- y que estaba estructurada mediante un doble soporte de protección”.

Para esto, llevaron adelante medidas predefinidas como las inspecciones “fantasmas” y/o declaraciones testimoniales falsas de vecinos del lugar que informaban a la jefatura de Policía y, en paralelo, mediante acciones de improvisación o repentización cuando la cobertura se ponía en riesgo por acción de otros actores: por ejemplo la justicia federal investigando el delito de trata de personas en dichos lugares.

“La comisaría era quien tenía a su cargo el deber de realizar inspecciones en los comercios, las cuales, entre otras cosas, tenían por fin determinar la existencia  de conductas que violaran el artículo 17 de la ley 12.331”, aseguraron en su presentación.

De esta forma, para los fiscales quedó demostrado a lo largo de la investigación que los funcionarios policiales no solo denunciaban la existencia de estos lugares  más que de manera formal-omitiendo información relevante para la decisión jurisdiccional-, sino que también realizaban controles formales que le otorgaban apariencia legítima a la actividad.

En esa línea, la pesquisa arrojó que “inventaron” testigos,  testimonios y avales documentales así como también actas de declaraciones ideológicamente falsas en las que figuran testimonios de una persona que nunca fue interrogada sobre los puntos en cuestión y, lo que es incluso más grave, de personas que habían concurrido a la Comisaría en distintas oportunidades para “otras” necesidades y habían brindado sus datos personales a otros fines.

Para los representantes del MPF, también se encuentra corroborado la ausencia de consecuencias legales en las inspecciones realizadas en los locales cuestionados y la inexistencia de una denuncia a partir del hallazgo de mujeres extranjeras sin documentación en los locales inspeccionados, ya que “además de ser un indicio importante de un proceso previo de trata de personas con fines de explotación sexual, podría ser encuadrado en alguna modalidad delictual de la ley de migraciones y, de más está decir, en una clara infracción al artículo 17 de la Ley 12.331”, puntualizaron.