23 de abril de 2024
23 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Fiscalía General N°2 ante el TOF de San Martín
Condena de 14 años de prisión para un acusado de secuestrar a dos hombres y un niño de 2 años
Así lo dispuso el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de San Martín, en relación con el hecho, ocurrido el 7 de octubre de 2015, en el que el imputado intervino junto a otros tres hombres, aún no identificados.

Con la intervención del responsable de la Fiscalía General N°2 ante los TOF de San Martín, Alberto Gentili, el Tribunal Oral Federal N°2 de dicha jurisdicción condenó a Nicolás Samuel Ojeda, a la pena de 14 años de prisión, accesorias legales y costas, por su intervención en el secuestro extorsivo de dos hombres y el hijo de uno de ellos -de sólo 2 años de edad- ocurrido el 7 de octubre de 2015, en la localidad de Villa Sarmiento, en el partido bonaerense de Morón. Además, fue condenado por resistencia a la autoridad agravada.

Los hechos
El día del hecho, alrededor de las 13.50 hs, una de las víctimas –de nacionalidad china- concurrió con su pequeño hijo de 2 años, a retirar su camioneta Renault Duster, la cual había dejado en el lavadero, propiedad de la otra víctima, en la calle Yapeyú y Silva, en la localidad de Villa Sarmiento. Mientras se ultimaba la entrega del vehículo, un auto –se presume un Peugeot 206 o un Ford Focus- se estacionó detrás. Cuatro hombres armados amenazaron a las víctimas y los obligaron a subir a la Duster.

Ojeda y sus compañeros –respecto de quienes continúa la investigación para su individualización- circularon con los dos hombres y el pequeño cautivos, durante un kilómetro, hasta que detuvieron la marcha y obligaron al ciudadano chino y su pequeño hijo, a trasladarse a otros vehículos, también el dueño del lavadero fue cambiado de auto para ser liberado unas horas después en la intersección de las calles Iparaguirre y Cafayate, en la localidad de Lomas de Zamora.

Mientras circulaban a bordo de un Peugeot 207 plateado, los secuestradores obligaron al ciudadano chino a comunicarse con un amigo y pedir U$100.000 por su liberación. Asimismo, lo obligaron a llamar a su esposa, y también le pidieron rescate. Los captores le indicaron a la mujer que dejara el dinero en la intersección de la Avenida General Paz y la Autopista Ricchieri, tras lo cual le indicaron que se dirigiera a la intersección de las calles Arazorena y Boulogne Sur Mer, en la localidad de Tapiales, donde entregó $20.000 a los secuestradores y así logró que liberaran a su marido e hijo.

La entrega estuvo supervisada por el personal de la Delegación Departamental de Investigaciones (DDI) de Morón, quienes se enfrentaron con los secuestradores que procedieron a fugarse. A consecuencia del tiroteo Ojeda recibió un impacto de bala en el hemitórax izquierdo por lo que concurrió al Hospital de Bunge para ser atendido. Allí, finalmente fue apresado tras ser reconocido por personal de la DDI de Morón que recorría los hospitales de la zona para dar con los involucrados, por orden de los fiscales Carlos Hernán García y Santiago Marquevich, titulares de la Fiscalía Federal N°2 de Morón y de la Unidad Fiscal Especializada en Secuestros Extorsivos (UFESE), respectivamente.

En su indagatoria, Ojeda sostuvo que él también había sido víctima de ese episodio ya que, mientras trabajaba como remisero, había sido contratado para realizar un viaje, por dos conocidos de otro chofer de la agencia de autos de alquiler, quienes lo amenazaron con un arma para que condujera el Peugeot 207 donde tuvieron cautivos al padre y su hijo. Sin embargo, tal versión resultó inverosímil, por lo que, en agosto de 2016, los representantes del Ministerio Público Fiscal solicitaron que fuera enjuiciado como coautor de los delitos de secuestro extorsivo agravado por la edad de una de las víctimas –menor de 18 años-, el número de intervinientes, por el cobro del rescate y por el empleo de armas de fuego, en concurso ideal, con el robo agravado por el empleo de armas de fuego y por haber sido cometido en poblado y en banda, en concurso material con el delito de atentado a la autoridad agravado por haberse cometido a mano armada y por haberse perpetrado en reunión con tres o más personas.

El juicio
El debate oral y público comenzó a fines de diciembre pasado, ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de San Martín, integrado por los jueces Diego Leif Guardia, Daniel Cisneros y Daniel Petrone.

En su alegato, el fiscal general Alberto Gentili solicitó que Ojeda fuera condenado a la pena de 14 años de prisión, accesorias legales y costas, como coautor del delito de secuestro extorsivo agravado por el cobro del rescate, la minoridad de una de las víctimas, el número de intervinientes y el uso de armas de fuego, robo agravado por el empleo de armas de fuego en poblado y en banda y resistencia a la autoridad agravada por haber sido cometida a mano armada.

Al efecto, el representante del Ministerio Público Fiscal señaló “la relevancia que merece el número de intervinientes en el evento y los roles desempeñado por ellos, el empleo de armas de fuego y varios vehículos, la vestimenta empleada por algunos de ellos, la nómina de efectos que fueran sustraídos (…), el empleo de equipos Nextel para las comunicaciones de los captores”.

Asimismo, se apartó de la calificación que efectuarán los fiscales García y Marquevich –respecto al atentado a la autoridad- y sostuvo que el evento protagonizado por Ojeda “constituyó el delito de resistencia a la autoridad y no de atentado, pues se encontró dirigido a impedir el ejercicio legítimo de la función policial, situación que no afecta el principio de congruencia y que coloca al enjuiciado en una mejor posición al momento de la determinación del injusto”.

Además, para fundar su pretensión valoró como agravantes “1) la pluralidad de víctimas que fueran privadas de su libertad, 2) la circunstancia de que una de ellas tuviera cortísima edad lo que la tornaba más vulnerable a los designios de los autores y aumentaba su expectativa de impunidad, 3) la pluralidad de victimas a las que se efectuaron exigencias de rescate; 4) que tanto una de las víctimas de la privación de libertad como ambas víctimas a las que se requiriera el rescate, resultaran extranjeros, en algunos casos con dificultades para expresarse en idioma castellano y con imposibilidad de escribirlo o leerlo, lo que los tornaba más vulnerables a los designios de los autores y aumentaba su impunidad y 5) los recursos destinados para la comisión del evento, entre otros”. También, destacó como atenuantes de la conducta de Ojeda, que no tuviera condenas previas, que fuera una persona joven con escasa instrucción formal y laboral, que incurrió en el consumo de tóxicos y que es padre de dos niños menores de edad.

Por su parte, la defensa de Ojeda reedito la versión de su asistido, respecto a que él también había sido víctima de los secuestradores, al tiempo que hizo hincapié en una supuesta coacción sufrida por la pareja del imputado, cuando éste se encontraba en el Hospital. En tal sentido, el letrado sostuvo que “no se encuentra probada con la certeza que se requiere para esta etapa el carácter de coautor de su asistido”, por lo que, fundado en los principios pro homine e in dubio pro reo, su asistido debía ser absuelto.

El veredicto
A su turno Tribunal Oral Federal N°2 de San Martín procedió a dar su veredicto. En tal sentido, los jueces Leif Guardia, Petrone y Cisneros consideraron que “toda la prueba mencionada permite verificar el hecho por el que fuera Nicolás Samuel Ojeda traído a juicio (…) Todas las declaraciones testimoniales mencionadas previamente analizadas en su conjunto y escalonadamente resultan suficientes para acreditar cada una de las etapas de la actividad criminal en la que intervino Ojeda”.

Asimismo, descartaron la versión de la defensa y el imputado, ya que de las constancias del libro de viajes de la agencia de remises en la que supuestamente trabajaba Ojeda, “el miércoles 7 de octubre de 2015 no hay registro de ningún viaje efectuado por Ojeda, lo que permite concluir (…) que el enjuiciado no realizó ningún trabajo ese día ya que no laboraba más en la agencia de remises”.

En virtud de todo ello, el TOF resolvió condenar a Ojeda a la pena de 14 años de prisión, accesorias legales y costas, como coautor del delito de secuestro extorsivo agravado por el cobro del rescate, la minoridad de una de las víctimas, el número de intervinientes y el uso de armas de fuego en concurso ideal con el de robo agravado por el empleo de armas de fuego en poblado y en banda, los que concurren realmente con el delito de resistencia a la autoridad agravada por haber sido cometido a mano armada.