26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino el fiscal Oscar Ciruzzi
Condenaron a cinco años y seis meses de prisión a dos hombres que privaron de su libertad a una mujer para que modifique una declaración judicial
Fue por decisión del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº10, que además ordenó que se investigue si varios de los testigos de la causa cometieron "falso testimonio". La situación ocurrió en septiembre de 2018.

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires condenó hoy a cinco años y seis meses de prisión a dos hombres que privaron de su libertad a una mujer para que cambie su declaración en una denuncia judicial. El fiscal Oscar Ciruzzi había solicitado una pena de once años de prisión por considerar que se trató de un “secuestro coactivo agravado”. Los fundamentos se conocerán el próximo 13 de mayo. 

Las juezas Marcela Rodríguez y Silvia Mora y el magistrado Alejandro Noceti Achaval consideraron que Osmar Moyano y Ernesto Ariel Duarte fueron responsables de los delitos de “privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometida con violencia y amenazas en concurso ideal con robo”. Tanto Duarte como Moyano están actualmente detenidos y su prisión preventiva fue confirmada hace pocas semanas por la Cámara Nacional de Casación. Por otro lado, absolvieron por duda al tercer implicado en la causa, de acuerdo a lo que indica el Código Procesal Penal en su artículo 3. 

De acuerdo con la exposición del Ministerio Público Fiscal, la situación comenzó el 20 de septiembre de 2018, cerca de la una de la mañana, cuando la víctima fue citada en un bar de Almirante Brown y Pilcomayo, en el barrio de La Boca. En ese momento, la mujer habría sido arrastrada "valiéndose de su fuerza y con violencia" por Moyano y Duarte hasta un auto que sería propiedad del abogado Mariano José Mera Alba, actualmente prófugo. Desde allí se habrían dirigido hasta la localidad bonaerense de Merlo, donde funcionaba una parrilla que era propiedad de Mera Alba. Entre los tres hombres la habrían amenazado diciéndole que debía cambiar una declaración que había hecho en una unidad fiscal de investigación (UFI) de Morón en dos expedientes por abuso sexual que se le seguían al abogado. “Vos sabés lo que le pasa a los traidores; si haces las cosas mal, vas a saber lo que te va a pasar, te vamos a matar”, le repetían.

“Vos sabés lo que le pasa a los traidores; si haces las cosas mal, vas a saber lo que te va a pasar, te vamos a matar”, le repetían los captores a la víctima, de acuerdo con las pruebas que expuso la fiscalía.

Luego de esta secuencia, el fiscal explicó que la víctima fue llevada hasta una casa a tres cuadras, donde estaban sus hijas, que habían sido llevadas allí por su padre, ex pareja de la mujer. Las dejaron encerradas toda la noche y a la mañana siguiente fue trasladada hasta la unidad fiscal para que cambie su declaración.

Si bien los jueces no compartieron la calificación propuesta por el Ministerio Público Fiscal, sí hicieron lugar a que se envíen testimonios al Juzgado donde se encuentra la causa que se le sigue al abogado Mera Alba para que se investigue la participación de dos personas en el hecho. Una de ellas fue identificada como “Rafa” e intercambió mensajes con el abogado prófugo. 

En su alegato, el fiscal Ciruzzi había resaltado ese intercambio entre Mera Alba y quién identificó como Rafael Di Zeo, uno de los líderes de la “barra brava” de Boca Juniors. “Mirá que la estuvieron buscando en la cancha y no la vieron pero si no es hoy, es el domingo”, le dice en uno de los mensajes al abogado prófugo. La víctima es hincha de ese club y la noche en la que fue violentada había estado en el estadio, ya que se jugaba un partido de la Copa Libertadores.

Por otra parte, el Tribunal extrajo testimonios para que se investigue si tres de los testigos que se presentaron en el debate cometieron el delito de falso testimonio. En su alegato, la fiscalía había considerado que se intentó desvirtuar el testimonio de la víctima a través de un “andamiaje testimonial armado por quien se encuentra prófugo en la causa”.

En su alegato, la fiscalía -que contó con la colaboración de las funcionarias Evangelina Osuna y María Ana Lattes- había resaltado que a pesar de esa construcción que intentaron las defensas, el testimonio de la mujer había sido sustentado por varios testigos; por un informe donde se constataron sus lesiones; y por los diversos mensajes y llamados que se incorporaron a la causa. Además, había cuestionado que las defensas hicieran foco en la personalidad y en los vínculos de la mujer. En ese sentido, citó un fallo de la Cámara de Casación en un caso de violencia de género donde se señaló que las características personales de una víctima no debían ser objeto del juicio.