19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervino la Fiscalía General N°5 ante el TOF de San Martín
Condenaron a ocho personas por comercializar estupefacientes
Los imputados recibieron penas de entre cuatro y siete años de prisión. Integraban una organización que operaba en la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires.

En consonancia con lo solicitado por el titular de la Fiscalía General N°5 ante los Tribunales Orales Federales de San Martín, Carlos Cearras, el Tribunal de esa jurisdicción condenó a ocho personas a penas de entre cuatro y siete años de prisión, tras considerarlos coautores del delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de comercio y tenencia con fines de comercialización. La banda operaba en la Ciudad de Buenos Aires y en las localidades bonaerenses de Pilar y Quilmes.

La investigación se había iniciado por una denuncia anónima realizada ante la Dirección de Drogas de Campana, que dio intervención al Juzgado Federal de Campana, el cual ordenó la realización de diez allanamientos en los que se secuestraron casi 15 kilos de cocaína –acondicionados para su comercialización-, sustancias de corte, dinero en efectivo y dos vehículos. Asimismo, se tuvo por probado que la mayoría de los imputados, en su mayoría de nacionalidad peruana, tenían contactos telefónicos entre sí, a través de los cuales comercializaban la droga.

Ahora, los jueces del Tribunal Oral Federal N°5 de San Martín, María Morgese Martín, Marcelo Díaz Cabral y Alfredo Ruíz Paz, condenaron a Luis Alberto Cruz Blas a la pena de siete años de prisión y multa de $20.000 tras considerarlo cabecilla de la organización.

Los restantes imputados fueron condenados como coautores del delito de tráfico de estupefacientes en su modalidad de comercio y tenencia con fines de comercialización. Así, Ivone Keyla Cabezas Sánchez, Erika Lorenzo Cerrón, Lourdes Milenka Alayo Peña y Joel Alberto Ríos Rosales fueron condenados seis años de prisión, mientras que a Richard Edward Rea Romero se le unificó la sanción por un hecho anterior y recibió una condena única de 8 años y seis meses. Por su parte, Marcelo Fabián Videla y María Belén Mori, fueron condenados a 4 años y seis meses y cuatro años, respectivamente.