El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº7 (ex Tribunal Oral Criminal Nº6) condenó a prisión perpetua a un hombre que mató a otro durante el intento de robo a una parrilla en San Telmo. Además, fueron condenados por el asalto dos miembros de la banda y un empleado del lugar que les proporcionó información para cometer el hecho. En el juicio, intervino la fiscal Alejandra Perroud.
El hecho sucedió en enero de 2015. La víctima se llamaba Humberto Daniel Vizgarra, tenía 41 años y trabajaba de “valet parking” en el lugar. La investigación de la causa estuvo radicada en la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Nº1, interinamente a cargo de Estela Andrades.
Los jueces Enrique Méndez Signori, Guillermo Jorge Yacobucci y Fernando Canero condenaron a Patricio Jon Paz Castaño, de 28 años, a prisión perpetua por los delitos de “robo calificado por haber sido cometido con arma de fuego en grado de tentativa; homicidio criminis causae agravado por la utilización de un arma de fuego; portación de arma de guerra sin la debida autorización legal; y encubrimiento por receptación de una cosa proveniente de un delito”.
Entre los condenados se encuentra un empleado del establecimiento que le proporcionó a la banda información para cometer el hecho.
Javier Aníbal Giménez, de 32 años, fue condenado a seis años de prisión por “robo calificado por haber sido cometido con arma de fuego en grado de tentativa”. En su caso, se lo juzgó por los hechos que cometió cuando intentaron detenerlo, en abril de 2015: “resistencia a la autoridad; amenazas coactivas y privación ilegítima de la libertad agravada por haber sido cometida con amenazas; supresión de numeración de objeto registrable; y falsificación de documento público”.
Brian Alberto Gómez, de 31 años, fue condenado por el delito de “robo calificado por haber sido cometido con arma de fuego en grado de tentativa”. En el caso del empleado Luis Lucero, la pena fue de un año y medio de prisión porque lo consideraron partícipe necesario del delito. La fiscalía había reclamado idéntica pena para Paz Castaño, Giménez y Gómez. En el caso de Lucero, había solicitado cuatro años y medio de prisión. Salvo el empleado, todos los demás se encuentran detenidos en diferentes dependencias del Servicio Penitenciario Federal. Además, fueron absueltas otras dos personas que habían sido acusadas como partícipes secundarios del hecho.
El fallo
De acuerdo a los fundamentos del fallo, los jueces sostuvieron que el 5 de enero de 2015, cerca de las 8 de la mañana, Paz Castaño, Giménez, Gómez y Lenadro Elías Campusano (ya fallecido) llegaron a las inmediaciones de la parrilla “La Brigada”, ubicada en la calle Estados Unidos 465. Giménez llegó en un auto que dejó estacionado sobre la calle Bolívar entre Avenida Independencia y Estados Unidos. De ahí, caminó hasta una camioneta que había dejado estacionada frente a la parrilla horas antes y se subió para esperar que llegara el propietario del local. La banda sabía que ese día el dueño llevaba el dinero de los sueldos para depositar, una suma cercana a los 500 mil pesos.
Paz Castaño, Gómez y Campusano llegaron en otro vehículo, que dejaron también sobre Estados Unidos pero más cerca de la esquina con Bolívar. Según relató uno de los empleados en el juicio, un hombre (que resultó ser Giménez) ingresó al local con la excusa de querer dejar su curriculum vitae. Ante esta situación, le dijron que esperara afuera pero automáticamente el acusado avanzó, sacó un arma de fuego y les ordenó que se tiraran al suelo.
La situación fue observada por dos empleados que estaban afuera. Uno de ellos era Humberto Vizgarra. Comenzó un forcejeo entre los tres al que luego se sumaron dos integrantes más de la banda, que empujaron al empleado hacia el interior de la parrilla mientras que Vizgarra logró huir por la calle Estados Unidos hacia Bolívar para pedir auxilio.
Luego de golpear a uno de los empleados, apuntarle con el arma y llevar después a todos hacia el fondo, fueron alertados por un ruido. “La policía”, gritó uno de los asaltantes, por lo que salieron del local. En ese momento, mientras se disponía a huir, Paz Castaño se encontró con Vizgarra, con el que había forcejado minutos antes y, para lograr impunidad, le disparó.
Tanto para los jueces como para la fiscal, el análisis de los intercambios telefónicos que tuvieron los acusados expuso el acuerdo y la planificación que había entre los imputados. A eso le sumaron los mensajes que entrecruzaron Gómez con Lucero, empleado de “La Brigada”, quién les aportó la información relativa al funcionamiento del comercio, el día de pago a los proveedores, los movimientos del dueño y el lugar en donde se guardaba la recaudación. Cabe resaltar que Lucero estaba de vacaciones al momento en el que ocurrieron los hechos.
Los magistrados consideraron como agravante en el caso de Paz Castaño, Giménez y Gómez la inteligencia previa al hecho y la planificación. Tuvieron en cuenta, además, los recursos desplegados: los autos, la comunicación, las armas de fuego y la información privilegiada con la que contaban. En el caso de Paz Castaño, también valoraron el “alto grado de indefensión en que se encontraba la víctima al momento de pegarle un disparo letal”. En cuanto a Lucero, sostuvieron que se aprovechó de su posición de privilegio dada por la confianza generada tras ocho años de trabajo allí.