En el caso intervienen la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°1 y la Fiscalía General N°3 ante la Cámara

Confirmaron el procesamiento del empresario Marcelo Porcel por abuso sexual y corrupción de menores y ordenaron colocarle una tobillera electrónica

Así los resolvió la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional en la causa en la que se investigan hechos denunciados por al menos diez adolescentes. Entre otros elementos, los camaristas valoraron los testimonios de las víctimas en cámara Gesell. Descartaron la prisión preventiva, pero reforzaron las medidas de control mediante un dispositivo de rastreo para el imputado y de alertas duales para las víctimas.

La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento del empresario Marcelo Eduardo Porcel en la causa en la que está acusado de haber abusado sexualmente y corrompido a diez adolescentes, compañeros de colegio de sus hijos, en el marco de encuentros y reuniones que organizaba en sus domicilios.

El tribunal también confirmó el embargo dispuesto en primera instancia y rechazó el pedido de prisión preventiva formulado por la querella. Sin embargo, ordenó la "inmediata colocación de un dispositivo permanente de rastreo y geolocalización” y la entrega a las víctimas de dispositivos duales de alerta ante eventuales violaciones de las restricciones de acercamiento ya impuestas al imputado.

La resolución fue firmada ayer por los jueces Ignacio Rodríguez Varela, Julio Marcelo Lucini y Hernán Martín López, quienes rechazaron así la apelación presentada por la defensa contra el procesamiento que, sin prisión preventiva, había dictado el 6 de abril pasado el juez Carlos Bruniard, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°50. En la causa interviene el fiscal Pablo Turano, quien subroga la Fiscalía N°1 del mismo fuero.

En aquella oportunidad, el juez procesó a Porcel como autor de los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el aprovechamiento de la situación de guarda, cometido en forma reiterada a diez damnificados, que concurren realmente entre sí y en forma ideal con el de corrupción de menores de 13 años en al menos diez oportunidades que concurren materialmente entre sí, y a su vez idealmente con el de producción de representaciones de genitales de un menor de 18 años con fines predominantemente sexuales”. También le trabó sobre sus bienes un embargo por 111.564.950 pesos.

La resolución de la Cámara

En el fallo, los camaristas señalaron que los hechos investigados exhiben "notas comunes que no es posible soslayar" y sostuvieron que las conductas atribuidas a Porcel deben ser analizadas "de manera conjunta", por cuanto evidencian "la unidad de acción exhibida en la fuente de captación de los niños y de oportunidad de desplegar en el trato con ellos el designio sexual abusivo".

Los magistrados remarcaron que los adolescentes eran compañeros de colegio de los hijos del imputado y concurrían frecuentemente a sus domicilios. En ese contexto, consideraron acreditado —con el grado de probabilidad exigido para esta etapa del proceso— que el empresario desplegaba "un entramado de relaciones y vínculos, naturalmente signado por una inexorable asimetría", valiéndose de su posición económica y de confianza para captar a las víctimas.

"El imputado se valía como una estratagema de manipulación de la impostura de exhibirse como un igual", afirmaron los jueces, quienes describieron un escenario en el que ofrecía dinero, alcohol, regalos y actividades recreativas a los adolescentes, al tiempo que promovía situaciones de exhibición corporal, masajes y conductas de contenido sexual.

La Cámara también destacó que los relatos de las víctimas en cámara Gesell presentaron "coherencia interna y concatenaciones lógicas en su configuración", además de "malestar e incomodidad", y descartó que existieran elementos que permitieran sostener una hipótesis de fabulación o denuncias motivadas por intereses espurios.

De acuerdo con la imputación sostenida por la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°1, Porcel desplegó un mecanismo sistemático de captación y manipulación de adolescentes de entre 11 y 15 años, aprovechando vínculos de confianza y una marcada asimetría respecto de las víctimas.

Respecto de la conducta atribuida al empresario, los camaristas sostuvieron que "luce evidente" el conocimiento que tenía "de la verdadera entidad de las prácticas que perpetraba en tanto actos abusivos de la libertad e integridad sexual de los jóvenes damnificados".

En relación con el delito de corrupción de menores, la Sala IV recordó que la figura penal "no exige el daño efectivo", sino que bastan "las acciones desplegadas con ese objetivo", y consideró que las maniobras descriptas resultaban idóneas para afectar el normal desarrollo de los adolescentes.

Sobre la producción de imágenes sexuales, los jueces validaron la imputación referida a fotografías halladas en teléfonos celulares secuestradas durante los allanamientos. Según la resolución, se trató de imágenes de uno de los adolescentes desnudo mientras se duchaba, tomadas "sin anuencia previa e incluso sin que aquél lo advirtiera".

La audiencia ante la Cámara

Ayer por la mañana, antes de la resolución, se realizó la audiencia prevista en el artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación, en la que las partes expusieron ante la Cámara sus argumentos a favor y en contra del procesamiento dictado en primera instancia.

La defensa de Porcel cuestionó el procesamiento al sostener que el juez de instrucción había realizado una valoración "circular" de la prueba y reclamó un análisis "hecho por hecho" y "denunciante por denunciante".

El defensor Roberto Rallin afirmó que los relatos de los adolescentes habían sido "resignificados" con el paso del tiempo y sostuvo que los episodios atribuidos al empresario no tenían relevancia penal. También cuestionó la calificación legal y pidió el sobreseimiento de su asistido o, subsidiariamente, la falta de mérito.

Por su parte, el abogado querellante, Rodolfo Orozco, sostuvo que existía "una unidad de conducta preordenada para abusar, corromper, depravar a cuanto compañero de colegio de sus hijos podía captar" y remarcó que la prueba reunida "sofoca los intentos de mejorar la situación procesal de Porcel".

En representación de la Fiscalía General N°3 ante la Cámara, la fiscal Verónica Fernández de Cuevas solicitó también la confirmación del procesamiento y describió una "actividad constante de manipulación y superioridad" por parte del imputado, quien —según afirmó— seleccionaba a los adolescentes "de manera de establecer cuál era el más vulnerable".

"El imputado se valía como una estratagema de manipulación de la impostura de exhibirse como un igual", afirmaron los jueces, quienes describieron un escenario en el que ofrecía dinero, alcohol, regalos y actividades recreativas a los adolescentes, al tiempo que promovía situaciones de exhibición corporal, masajes y conductas de contenido sexual.

Además, destacó que predominaba en el imputado “el secretismo y su objetivo libidinoso y sexual” en todos los actos que se le atribuyeron como la entrega de dinero a los niños, sus propuestas de actividades comunes, el traslado sin consentimiento de los padres a sitios diversos al original y juegos en los que debían exhibir sus partes íntimas.

Asimismo, durante la audiencia, la querella insistió con el pedido de prisión preventiva y expuso la preocupación manifestada por las víctimas y sus familias ante la posibilidad de cruzarse con el imputado en la vía pública.

Tobillera electrónica y dispositivos duales

Si bien la Cámara rechazó el pedido de prisión preventiva, entendió necesario reforzar las medidas de control ya vigentes.

En ese sentido, dispuso "la inmediata colocación de un dispositivo permanente de rastreo y geolocalización sobre el cuerpo del imputado" y ordenó entregar a las víctimas dispositivos que funcionen de manera conjunta para emitir alertas en caso de que el imputado viole las restricciones perimetrales ya impuestas con anterioridad.

Además, ordenó comunicar esas prohibiciones de contacto y acercamiento a las comisarias correspondientes a los domicilios de las víctimas y notificar a Gendarmería Nacional, Policía de Seguridad Aeroportuaria y Cancillería sobre la prohibición de salida del país impuesta a Porcel.

El caso

La investigación se inició en 2024 a partir de denuncias formuladas por adolescentes y sus familias respecto de hechos ocurridos entre compañeros de colegio de los hijos del empresario, quienes concurrían habitualmente sus domicilios u oficinas de los barrios porteños de Palermo o Puerto Madero, y compartían viajes, reuniones y actividades organizadas por el imputado.

De acuerdo con la imputación sostenida por la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°1, Porcel desplegó un mecanismo sistemático de captación y manipulación de adolescentes de entre 11 y 15 años, aprovechando vínculos de confianza y una marcada asimetría respecto de las víctimas.

Según la acusación, promovía el consumo de bebidas alcohólicas, organizaba encuentros en sus viviendas y oficinas, realizaba comentarios de contenido sexual y sometía a los adolescentes a situaciones de exhibición corporal y masajes que incluían roces y tocamientos de genitales.

La fiscalía también sostuvo que el imputado impulsaba prácticas de contenido sexual entre los adolescentes y generaba contextos orientados a naturalizar situaciones abusivas.