02 de mayo de 2024
02 de mayo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Investigación de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°56
Confirmaron el rechazo a la exención de prisión solicitada por la defensa del responsable de la empresa Turismo Felgueres en la causa por estafas
Así lo dispuso la sala de turno de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, al rechazar la presentación del abogado de Mario Gerardo Berra Rojo, cuya captura nacional e internacional fue dispuesta en el marco de la investigación por estafas reiteradas en perjuicio de 3.212 personas damnificadas que contrataron viajes a Grecia y Turquía, entre otros destinos.

La sala de turno de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró inadmisible el recurso interpuesto por la defensa del ciudadano mexicano Mario Gerardo Berra Rojo, responsable de la empresa Turismo Felgueres, y de este modo confirmó la resolución de la sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, que había rechazado su exención de prisión. El imputado se encuentra prófugo, con una orden de captura nacional e internacional.

La decisión se dio en el marco de la pesquisa desarrollada por la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°56, a cargo de Edgardo Orfila, en la que se investiga a Berra por las presuntas estafas cometidas por la empresa Turismo Felgueres, que damnificaron a 3.212 personas que contrataron paquetes turísticos y quedaron varadas. A la fecha, el perjuicio económico causado, en base a las pruebas arrimadas por la gran cantidad de víctimas, asciende a la suma de U$S17.217.477,28, €4.500 y $451.946.643,82.

Desde la fiscalía se informó que la investigación continúa en pleno trámite y que se desarrollaron una serie de medidas para establecer los patrimonios de la empresa y de su director, al tiempo que trabaja sobre otras líneas investigativas para robustecer la acusación. Asimismo, la representación del Ministerio Público Fiscal trabaja junto a Interpol para dar con el paradero de Berra Rojo.

El caso

Según la investigación, la empresa Turismo Felgueres o Luxury Travel Corp S.R.L. -de acuerdo a su razón social- ofertaba viajes de lujo a destinos tales como Turquía y Grecia a precios muy atractivos, en comparación con los ofrecidos en el mercado.

Las personas adquirieron paquetes turísticos o pasajes aéreos, los cuales abonaron en dólares estadounidenses o su equivalente en pesos argentinos. Sin embargo, al momento de viajar, se vieron impedidas de hacerlo, ya que no se habían emitido los pasajes o contratado los alojamientos, entre otros motivos.

El caso tomó trascendencia pública cuando, el pasado fin de semana largo, con motivo de la Semana Santa, cientos de viajeros quedaron varados en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, sin poder abordar los aviones a los destinos contratados. Además, intentaron comunicarse con la empresa, pero no obtuvieron respuesta alguna.

En virtud de ello, y dada la cantidad de personas damnificadas, la fiscalía inició la investigación penal correspondiente en orden al delito de estafas reiteradas. A fin de facilitar el acceso a la justicia, creó específicamente la dirección de correo electrónico fiscalia56caso75549.2023@gmail.com para que las víctimas pudieran efectuar, por esa vía, las presentaciones y denuncias relacionadas con esos hechos.

Posteriormente, se determinó que el 9 de abril Berra había salido del país en un vuelo con destino a Chile, para lo cual utilizó su pasaporte mexicano, pese a contar con el Documento Nacional de Identidad emitido por la República Argentina.

En este contexto, el fiscal Orfila le solicitó a la jueza María Galletti que ordenara la captura internacional e indagatoria de Berra Rojo. Así, el 3 de mayo la titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°57 lo declaró en rebeldía y ordenó su captura nacional e internacional.

La defensa del empresario apeló la decisión y solicitó su exención de prisión, pero la sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución. Los camaristas entendieron que en el caso se constataba “la existencia de los riesgos de fuga y de entorpecimiento de la investigación”. También hicieron hincapié en “la naturaleza, gravedad, cantidad y características de los hechos atribuidos, que implicaron un gran perjuicio económico a las víctimas”.

También pusieron de relieve que varias de las personas damnificadas denunciaron que “frente a la noticia de que sus viajes programados no se iban a realizar, fueron convocados a las oficinas de la empresa el 10 de abril para reintegrarles el dinero, es decir, un día después de que Berra Rojo había egresado del país”.

Ante el rechazo, el abogado defensor interpuso recurso de casación, que le fue concedido.

La decisión de la Sala de turno

Al resolver la cuestión, los jueces Pablo Jantus y Eugenio Sarrabayrouse declararon inadmisible la presentación del abogado defensor de Berra Rojo, ya que entendieron que no demostró “la arbitrariedad alegada, ni un supuesto de errónea aplicación de la ley”.

Agregaron que “la defensa insiste en ciertas condiciones personales de su asistido y destaca que podría proceder una condena en suspenso, pero no logra poner en crisis la inferencia de las anteriores instancias ante la conducta procesal del imputado, quien ha viajado con un pasaporte mexicano, es decir, optando por no utilizar su Documento Nacional de Identidad a Chile el 9 de abril pasado y, según la sentencia, aún no ha vuelto a Argentina”.