08 de mayo de 2024
08 de mayo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En la investigación intervino la Fiscalía Federal de Hurlingham con colaboración de la UFESE
Confirmaron los procesamientos con prisión preventiva de seis hombres por el secuestro extorsivo del dueño de una carnicería
Así lo dispuso la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, al rechazar los recursos interpuestos por las defensas. De este modo, ratificaron la existencia de una asociación ilícita integrada por seis personas, dos de las cuales impartían directivas, a través de teléfonos celulares, desde la Unidad Penitenciaria N°46 de San Martín, donde se encontraban alojadas. El hecho ocurrió el 23 de noviembre de 2022 y la víctima fue liberada tras el pago del rescate.

La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó los procesamientos con prisión preventiva de seis imputados por integrar una asociación ilícita que perpetró el secuestro extorsivo del dueño de una carnicería, el 23 de noviembre pasado, en la localidad bonaerense de Hurlingham. La investigación del hecho estuvo a cargo de la Fiscalía Federal de Hurlingham junto a la Unidad Fiscal Especializada en Secuestros Extorsivos (UFESE), a cargo del fiscal Santiago Marquevich, con colaboración de los auxiliares fiscales Ignacio Rueda y Eduardo Suárez.

El caso

Alrededor de las 16 horas de aquel día, la víctima caminaba desde su vivienda hasta su local comercial, cuando fue abordado por dos hombres que, tras encañonarlo con un arma de fuego, lo obligaron a subir a la parte trasera de un automóvil Fiat Siena, en cuyo interior se encontraban otros dos sujetos. Los captores emprendieron la marcha.

Una hora después, como el hombre no había llegado a la carnicería, uno de sus empleados avisó tal circunstancia a sus familiares.

Tras circular 25 minutos, los secuestradores llegaron a una vivienda de la localidad de Trujuy, en el partido bonaerense de Moreno, donde ataron al hombre -de pies y manos- con cinta adhesiva, y lo encapucharon. Asimismo, la víctima pudo observar la presencia de un quinto hombre, que se desplazaba en silla de ruedas.

En paralelo, y previo despojar a la víctima de un manojo de llaves, uno de los secuestradores fue al local comercial y sustrajo el dinero de la recaudación de ese día.

Posteriormente, los captores obligaron a la víctima a comunicarse con sus familiares, a quienes le exigieron un rescate de tres millones de pesos, pero luego bajaron sus pretensiones.

Al cabo de unas horas, los secuestradores volvieron a subir a la víctima al automóvil y comenzaron a circular con dirección a la Avenida General Paz y la Autopista Panamericana, seguidos por un Peugeot 504 negro con detalles fucsia.

Finalmente, la familia entregó un rescate menor al solicitado, tras lo cual -alrededor de la una de la mañana del 24 de noviembre-, la víctima fue liberada en las inmediaciones de la Ruta 4 y Camino de la Ribera Sur, en el partido bonaerense de Esteban Echeverría.

La pesquisa, desarrollada por la Fiscalía Federal de Hurlingham junto a la UFESE y la Dirección Departamental de Investigaciones (DDI) de Morón de la Policía Bonaerense, permitió individualizar a cinco de los perpetradores.

Así, gracias al análisis de las comunicaciones y las imágenes obtenidas de las cámaras de seguridad de la zona, se determinó que dos de los involucrados se encontraban alojados en la Unidad N°46 de San Martín del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires, desde donde planificaron el hecho -mediante teléfonos celulares que tenían a disposición-, daban instrucciones y coordinaron el secuestro y el cobro del rescate. Además, el padre de uno de ellos, lo asistía extramuros. Días después, se logró establecer la potencial participación de un sexto integrante, que habría sido el responsable de entrar al local comercial de la víctima y robar la recaudación mientras el hombre se encontraba en cautiverio.

Dos de los imputados estaban detenidos en la unidad carcelaria de San Martín y desde allí mediante teléfonos celulares planificaron el hecho, daban instrucciones y coordinaron el secuestro y cobro de rescate

Procesamientos

En enero pasado, el titular del Juzgado Federal N°2 de Morón, Jorge Ernesto Rodríguez, procesó a cuatro de los implicados como responsables de los delitos de secuestro extorsivo agravado por la participación de tres o más personas en su ejecución y por haberse logrado el cobro del rescate; robo agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse de ningún modo por acreditada, en poblado y en banda; y asociación ilícita. También, un quinto hombre fue procesado por los mismos delitos y autor de tenencia ilegal de arma de fuego.

Finalmente, procesó a otro de ellos como coautor del secuestro extorsivo agravado y como participe secundario de robo agravado, y trabó embargo sobre los bienes de los seis implicados hasta cubrir la suma de diez millones de pesos cada uno.

La decisión fue recurrida por las defensas de los seis hombres, quienes consideraron -entre otros argumentos- que las pruebas reunidas no permitían acreditar la intervención de sus asistidos en los hechos.

La decisión de la Sala II

Al resolver la cuestión, los camaristas Alberto Agustín Lugones y Néstor Pablo Barral confirmaron los procesamientos de los seis hombres y los embargos oportunamente dispuestos.

En tal sentido, consideraron que “el acuerdo de voluntades existente entre los miembros de la organización criminal en trato se vio reflejada a través de los diálogos interceptados, como de las propias actividades delictivas que la organización emprendía y el modo en que las llevaba a cabo”.

Así, los magistrados entendieron que “los elementos de convicción reunidos en el legajo resultan suficientes para confirmar los procesamientos” de los seis imputados.

Por otra parte, declararon erróneamente concedido el recurso en cuanto al dictado de la prisión preventiva. Ello, porque “no puede convertirse en un argumento común para cuestionar, por cualquier medio, la legitimidad del encierro, cuando el propio ordenamiento procesal establece la vía excarcelatoria como régimen tuitivo del derecho constitucional a la libertad provisoria bajo caución durante el trámite del proceso”.

Los camaristas agregaron que “sólo es apelable el procesamiento, puesto que el dictado de la prisión preventiva es su consecuencia en virtud de la valoración que efectuara el juez de conformidad con los Arts. 312 y 319 del mismo cuerpo legal”.