28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Lo resolvió la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal
Convalidaron la actuación de un fiscal “ad hoc” en representación de la Fiscalía Federal de Ushuaia
Fue en línea con lo dictaminado por el MPF. Los camaristas explicaron que la designación cuestionada “cumplió con la totalidad de los requisitos exigidos en la normativa legal y reglamentaria vigente para ser electo fiscal subrogante”.

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió, en línea con lo dictaminado por el fiscal general de esa instancia Javier De Luca, hacer lugar a los recursos interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y de la Defensa, quienes habían recurrido la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia que no aceptó la participación de un secretario como fiscal “ad hoc” en una causa.

Casación -en la sala que integran Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Carlos Mahiques- ordenó revocar la sentencia por “las serias deficiencias de su fundamentación normativa; la palmaria incongruencia en que ha incurrido y los graves efectos institucionales que acarrea la desmedida extensión de sus alcances”.  Riggi agregó en su voto que la designación del funcionario Fernando Rota como fiscal “ad hoc” se efectuó cumpliendo “con la totalidad de los requisitos exigidos en la normativa legal y reglamentaria vigente para ser electo fiscal subrogante”.

La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, en línea con el juez de primera instancia, había resuelto considerar no representado en un expediente al Ministerio Público Fiscal ni al Ministerio Público de la Defensa, en ningún acto procesal, sin la presencia del “titular o subrogante legal” de la dependencia.

“Corresponde advertir la gravedad institucional que encierra el fallo recurrido, ya que ha quedado al descubierto un modo de resolver la cuestión -excesivamente delicada, por cierto- apelando a argumentos mediante los cuales se descontextualizaron  no solo leyes, sino también resoluciones de la Procuración General de la Nación, fallos de esta cámara y hasta de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, puntualizó ahora la Cámara de Casación.

El fiscal general De Luca había dictaminado que las designaciones de fiscales “ad hoc” tienen sustento en los artículos 51 y 52 de la nueva Ley Orgánica 27.148 del MPF.

El fiscal general De Luca había dictaminado que las designaciones de fiscales “ad hoc” tienen sustento en los artículos 51 y 52 de la nueva Ley Orgánica 27.148 del MPF y que su accionar responde a la necesidad de garantizar la mejor representación del organismo en cada uno de los casos donde debe intervenir.

En aquella ocasión, el fiscal general señaló que la designación de fiscales “ad hoc” fue una política implementada por el MPF desde tiempos remotos y que el déficit de fiscales con los que cuenta el organismo es un problema de antaño. Asimismo, se había remitido al marco normativo; puntualmente, aclaró que la Ley Orgánica -N° 24.946-, continúa vigente en tanto sus disposiciones no se contradigan con las previstas en la posterior Ley Orgánica -N°27.148-. Finalmente había precisado que las designaciones de fiscales “ad hoc” tienen sustento legal en los artículos 51 y 52 de la nueva ley, que "establecen las funciones que tendrán los auxiliares fiscales, los requisitos y las pautas para su designación”.

El expediente en el que se produjo el planteo

La causa se inició en marzo de 2017 a raíz de una requisa personal realizada a una mujer antes de que ingrese a visitar a un familiar que se encontraba detenido en el centro penitenciario de Ushuaia. En esa ocasión, los oficiales encontraron oculto entre su ropas, en la zona de la ingle, un cigarrillo que contenía en su interior 0.61 gramos de marihuana. La imputada fue sobreseída por el juez de primera instancia por la aplicación de la doctrina del fallo “Arriola” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero la fiscalía apeló esa decisión.

El fiscal federal de Ushuaia, Juan Soria, había dispuesto que se diera trámite de “flagrancia” a la causa; al no encontrarse en la dependencia por una licencia de cuatro días designó al secretario de la fiscalía, Fernando Rota, para que actúe en calidad de fiscal “ad hoc” en base a las reglamentaciones vigentes. Sin embargo, el juez de instrucción no aceptó la participación del funcionario por entender que no tenía legitimación.