20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Presentación del fiscal federal subrogante de Caleta Olivia, Lucas Colla
Dictaminan que debe aplicarse el sistema jurídico argentino en causa por trata a bordo de un barco que atracó en las Malvinas
El representante del MPF impulsó la acción penal y solicitó medidas de prueba. En la causa se investiga si un hombre fue víctima de ese delito con fines de explotación laboral en un buque pesquero de bandera española. La denuncia fue formulada por una médica que lo diagnosticó con hipotermia y deshidratación.

El fiscal federal subrogante de Caleta Olivia, Lucas Colla, dictaminó que corresponde la aplicación de la ley penal argentina para investigar un caso por posible trata de personas con fines de explotación laboral, en el que la víctima trabajaba en un buque pesquero de bandera española que atracó en las Islas Malvinas en marzo y abril de este año.

La pesquisa comenzó con una denuncia tomada por la Prefectura Naval Argentina en Puerto Deseado, Santa Cruz, luego de que una médica local diagnosticó con hipotermia y deshidratación a un hombre de nacionalidad extranjera que refirió haber estado embarcado cuatro meses en el barco pesquero, cumpliendo jornadas de trabajo continuas con sólo dos horas de descanso diarias y sin la indumentaria ni equipamiento adecuado. Ante esa situación, la profesional radicó la denuncia. La investigación determinó que el tripulante había sido rescatado de la nave a 135 millas náuticas.

La Fiscalía -que cuenta con la colaboración de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex) y la Dirección General de Cooperación Regional e Internacional- ahora le solicitó al Juzgado Federal la realización de una serie de medidas de prueba.

 

Aplicación de la ley argentina y jurisprudencia

El representante del Ministerio Público Fiscal explicó que la Constitución Nacional contiene una disposición transitoria por la cual “las Islas Malvinas, Georgias, Órcadas y Sandwich del Sur, son parte del territorio argentino sobre el cual la República Argentina es titular de derechos soberanos, por lo que huelga poner de relieve que sobre dichos territorios resulta aplicable el sistema jurídico argentino”.

Colla, al impulsar la acción penal, entendió que resulta aplicable la ley penal argentina. Para ello tuvo en cuenta que el barco español arribó en dos oportunidades a las Islas Malvinas -el 16 de marzo y el 30 de abril de este año-, período temporal en el que el hecho delictivo se habría consumado.

Por otro lado, señaló que la normativa respecto de la soberanía sobre la exploración y explotación del lecho marino, así como del subsuelo de la plataforma continental, fue la motivación de la aplicación del derecho argentino en la causa "Falkland Oil and Gas Limited (FOGL) y otras s/ infracción a la ley 22.415 - infracción a la ley 24.051", en trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Ciudad de Río Grande.

En aquel sumario, iniciado en abril de 2015, interviene el fiscal federal de Río Grande, el fiscal general coordinador del Distrito Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac). Allí, empresas británicas y estadounidenses son investigadas por la exploración y explotación ilegal de hidrocarburos en la plataforma continental argentina de las Islas Malvinas.

Además, el representante del MPF reseñó un fallo de la Cámara en lo Civil y Comercial de San Pedro, Jujuy, en el que se resolvió -en el marco de un reclamo a la empresa Telecom por el cobro de una llamada a Malvinas como si fuera internacional- que “no sólo constitucionalmente las Islas Malvinas se han consagrado como pertenecientes al territorio nacional, sino que además en los convenios internacionales específicos de telecomunicaciones así como otros convenios internacionales aprobados por el país nunca ha claudicado su pertenencia territorial a la República Argentina, de modo que no existen dudas de que integran el territorio nacional y que por lo tanto las llamadas a las mismas no pueden configurarse, facturarse ni denominarse como internacionales”.

 

Celeridad

Finalmente, el fiscal subrogante argumentó que por cuestiones de celeridad procesal y el contexto en el que se puso en conocimiento el hecho -con una denuncia formulada en Puerto Deseado, Santa Cruz-, convenía avanzar con la investigación en su jurisdicción, no obstante luego se disponga su remisión a la justicia federal de Río Grande, Tierra del Fuego.