08 de mayo de 2024
08 de mayo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En 2000, se acuñaron un millón y medio de piezas en homenaje al 10
El lunes se conocerá la sentencia en la causa por las monedas en homenaje a Maradona
El Tribunal Oral Federal N°4 dará a conocer si condena o no al ex presidente de la Casa de la Moneda durante el gobierno de Fernando de la Rúa por "negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública".

Este lunes 2 de junio, el Tribunal Oral Federal N°4, a cargo de los jueces Nestor Costabel, Patricia Mallo y Mario Pose, dará a conocer la sentencia en la causa en la que se investigan irregularidades en la confección y distribución de las monedas acuñadas en homenaje a los 40 años de Diego Maradona. Julio López del Carril, Marcelo Leonardo Gómez y Fernando Carlos Moroni están acusados de "negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública". Además, el fiscal Diego Luciani había solicitado cuatro años para el ex presidente de la Casa de la Moneda y un año y medio para los dos gerentes.

A las 9:30, los acusados tendrán la oportunidad de decir sus últimas palabras. Previamente, el Tribunal deberá resolver una serie de nulidades planteadas por la defensa durante la audiencia anterior, entre las que se encuentra un pedido de prescripción de la causa.

Cinco presentaciones

Tal como explicó el representante del Ministerio Público cuando se le corrió vista sobre el pedido de la defensa, este planteo ya fue efectuado en cinco oportunidades. "El objetivo es y ha sido dilatar el trámite con cuestiones que ya han sido resueltas y, por ende, carece de sentido reeditarlas", sostuvo Luciani.  Aclaró, además, que como consecuencia de estos planteos, cuatro fiscales generales intervinieron en el caso y "más de diez jueces se expidieron en forma negativa".

De todas maneras, el fiscal reiteró lo que ya había manifestado cuando comenzó este debate y explicó que la duración del proceso "no ha sido, en sí misma, irracionalmente extensa, a punto tal de menoscabar las garantías de defensa en juicio y del debido proceso legal". También, destacó que las defensas no indicaron nunca actos de "inactividad procesal" y que se limitaron a mencionar de manera general que el tiempo "resulta irrazonable"

La causa

El 31 de octubre de 2000, el futbolista Diego Armando Maradona cumplió 40 años. Para celebrarlo, la Casa de la Moneda decidió lanzar una edición "homenaje" al deportista de 1.700.600 monedas con su respectivo "packaging". En una cara, "El 10" besaba la Copa del Mundo de México '86; en la otra, sonreía.

El fiscal dio por probado en su alegato que López Del Carril, Gómez y Moroni tuvieron "un interés distinto al de la Administración Pública", al contratar en noviembre de 2000 a la firma DODICI S.A. para que se encargara de parte de las actividades con relación a las monedas y que la beneficiaron "en desmedro de la Casa de la Moneda".

En el contrato, la empresa le encomendó al ente público la acuñación y la elaboración de los estuches, para que luego la firma pudiera comercializarlas. Los pagos a proveedores y las materias primas necesarias para la confección del "packaging" serían abonados por DODICI.

No obstante, varios materiales necesarios para la confección fueron adquiridos por la propia Casa de la Moneda, lo que produjo una "erogación de 473.974,40 pesos". Gran parte de estos gastos consistieron en el pago a la empresa ADHPEL S.A. por la compra de dos millones de estuches.

"La falta de análisis crediticio y capacidad de pago" de la empresa se hizo evidente cuando el 28 de diciembre de 2000, la firma anunció su concurso preventivo ante el Juzgado Nacional en lo Comercial Nº3. "A pesar de dicha presentación, López del Carril, Gómez y Moroni, continuaron avalando la entrega de monedas terminadas a DODICI SA hasta, al menos el 29 de enero de 2001", sostuvo Luciani.

El otro caso de López Del Carril

En este mismo debate, se juzga al ex funcionario por la "irregular aprobación" de un convenio de pago con la empresa suiza DE LA RUE GIORI por la reparación de tres máquinas de la Casa de la Moneda. El convenio se habría aprobado el 20 de diciembre de 2000 mediante la ilegal utilización del derecho al voto doble que tenía por ser presidente del Directorio. En el organismo, existía una oposición al contrato debido a que los trabajos no estaban terminados y, por ende "no existía deuda pendiente" como informó en aquél momento el Área de Ingeniería de Planta de la Casa de la Moneda.

Para Luciani, este delito también se encuadra en el tipo "negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública (artículo 265 del Código Penal), en calidad de autor (artículo 45 del Código Penal)".