18 de abril de 2024
18 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Fallo de la Sala II del máximo tribunal penal
En línea con el MPF, Casación revocó la absolución de tres acusados por tráfico de estupefacientes
Los magistrados hicieron lugar parcialmente al planteo de los representantes del Ministerio Público Fiscal y ordenaron que el Tribunal Oral Federal de Resistencia dicte un nuevo pronunciamiento. El recurso había sido interpuesto por el fiscal general Federico Carniel.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar parcialmente al recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, anuló las absoluciones de tres acusados de tener y “fabricar” estupefacientes  y ordenó remita el expediente nuevamente al Tribunal Oral Federal de Resistencia, Chaco, para que “dicte un nuevo pronunciamiento”.

La causa llegó hasta el máximo tribunal penal luego de que el tribunal federal de Resistencia -compuesto por Rubén David Oscar Quiñones, Eduardo Ariel Belforte y Ramón Luis González-, declarase en mayo de 2015 la nulidad de las órdenes de allanamientos en los registros domiciliarios y locales comerciales, y absolviera a los acusados Carlos Alberto Palacios, Juan de Dios Mansilla y Gustavo Ariel Zacarías, a quienes se acusa de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la cantidad de partícipes en el hecho.

En ocasión del debate oral realizado en el tribunal chaqueño, el fiscal general Federico Carniel opuso la caducidad del planteo de nulidad interpuesto por las defensas, argumentando que las cuestiones de similar contenido ya habían sido desestimadas en la etapa preparatoria del juicio por el juez federal de instrucción y la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. Sin embargo, los magistrados dispusieron la nulidad y absolvieron a los imputados. En consecuencia, la Fiscalía que encabeza interpuso el recurso de Casación para que el fallo sea revisado.

El fallo de Casación

La Sala II de Casación hizo lugar parcialmente al planteo del MPF, que en esa instancia fue representado por el fiscal general Javier De Luca. El juez Pedro R. David, que lideró el fallo, sostuvo que resulta válida la actuación del departamento de Drogas Peligrosas de la Policía del Chaco para intervenir como auxiliar de la administración de justicia, de acuerdo a lo previsto en su Ley Orgánica y el decreto reglamentario N°0902/02, que en su artículo N° 3 estable que “en su carácter de policía de seguridad, debe intervenir ‘En la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado…’”.

También, advirtió que “no se requiere semiplena prueba de culpabilidad para proceder a las intervenciones telefónicas vinculadas con la investigación iniciada, pues bastan circunstancias concretas que permitan tener por acreditada la sospecha requerida para proceder”.

En cuanto a las órdenes de allanamiento anuladas por el tribunal del juicio, David destacó que el juez ordenó los procedimientos con fundamento “en la sospecha de que allí existirían elementos vinculados con la comercialización y/o distribución de estupefacientes”. El magistrado estimó las tareas de investigación realizadas, los registros fílmicos y fotografías, así como las transcripciones de partes pertinentes de ciertas conversaciones escuchadas, que analizadas en su conjunto, le permitieron considerar razonables las medidas solicitadas. “La información recabada por las fuerzas de seguridad y expuesta en el decisorio cuestionado convalida la necesidad de las medidas, en el momento en que fueron dispuestas”, añade el fallo de la Sala II de Casación.

Finalmente, el juez Alejandro Slokar desestimó el recurso fiscal en relación a las intervenciones telefónicas. Sin embargo, consideró que los allanamientos se llevaron a cabo conforme a derecho. En ese sentido, destacó que en la propia sentencia analizada se reconoce que las referencias mencionadas reunían la calidad de motivo suficiente para disponer los procedimientos, y también para imputar a los hombres como partícipes de los delitos, lo que resulta independiente de las intervenciones cuestionadas. La camarista Ángela Ledesma, en tanto, adhirió al voto de su colega Slokar.