28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Pidió que los jueces revisen su decisión
Seguridad Social: fiscal cuestiona la notificación tácita de la integración de la Cámara
El fiscal Gabriel de Vedia dictaminó que el tribunal pone en estado de indefensión a las partes luego de que dispusiera que su nueva conformación se notifique por ministerio de ley, es decir, a través de una comunicación tácita y no por cédula.

El fiscal Gabriel de Vedia, subrogante en la fiscalía general Nº 2 ante la cámara federal de la seguridad social, consideró “adecuado y prudente” que los jueces de la Sala II revisen la decisión de notificar la integración del vocal Juan Carlos Poclava Lafuente por Ministerio de Ley.

De Vedia explicó en su dictamen que la notificación mediante “Ministerio de Ley” también se la clasifica con los términos de nota automática o ficta. “Es una especie de comunicación tácita, ya que la ley presume que las partes toman conocimiento de las resoluciones judiciales determinados días de la semana fijados por el código, esto es, los martes y viernes”, añadió. En otras palabras, se crea una ficción mediante la que se presupone que todos los interesados, directos o indirectos, toman conocimiento de una decisión de la justicia los martes o viernes, incluso si ni siquiera consultaron el expediente. Es decir que opera de forma automática.

El pronunciamiento del fiscal surgió al ser informado de la nueva integración de la Sala, en la que Poclava reemplaza a Emilio Fernández, quien está de licencia por enfermedad. Justamente Poclava y Luis Herrero tomaron la decisión de que la nueva conformación sea comunicada por esa vía. En tanto que la jueza Nora Dorado votó en contra y corrió vista al Ministerio Público Fiscal para que se expida acerca de la legalidad del trámite.

El fiscal señaló que el Reglamento para la Justicia Nacional establece que la integración de la sala debe notificarse por cédula, al igual que los incisos 15 y 18 del artículo 135 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Además, el representante del Ministerio Público Fiscal remarcó que los jueces, al aplicar el artículo 133 del CPCCN, estarían “vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva” de las partes al colocarlos en un estado de indefensión y perjudicarlos ante la posibilidad de interponer una recusación de la nueva conformación del tribunal que debe intervenir en sus causas.