02 de mayo de 2024
02 de mayo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El rol del Ministerio Público Fiscal
Fiscalía de Investigaciones Administrativas se opone a pagar la tasa de justicia
El organismo, que forma parte del MPF y está dedicado a investigar casos de corrupción e irregularidades administrativas, recurrió a la Corte Suprema para apelar resoluciones del Poder Judicial que pretendían obligarlo a pagar la tasa de justicia como si fuera un litigante particular.

Mediante un expediente que nuclea varias causa en las que intervino la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA), el fiscal Guillermo Noailles apeló las resoluciones en la que obligaban a la dependencia a su cargo a realizar el pago de la tasa de justicia. En el escrito, Noailles señaló que todas las actuaciones se dieron en el marco de procesos “en los que se interviene en razón, en función y en cumplimiento de la competencia asignada al organismo como integrante del Ministerio Público Fiscal, dependiente de la Procuración General de la Nación, en los términos del art. 43  de la Ley 24.946”.

Asimismo, la FIA tuvo que recordar que el Ministerio Público Fiscal de la Nación es un órgano independiente, con autonomía funcional y autarquía financiera, previsto expresamente en el art. 120 de la Constitución Nacional. En ese sentido, Noialles destacó ante la justicia que la FIA, como miembro del Ministerio Público, “es un órgano del Estado Nacional y que, como tal, ejerce una competencia que le es asignada por la Constitución Nacional en el artículo citado y por la Ley 24.946 (arts. 1º y 45) que consiste, en términos genéricos, en promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad”.

En otras palabras, la FIA indicó que su intervención constituye un mandato legal del cual no puede apartarse. De esta manera, solicitó ante la justicia que se tuviera en cuenta que, “en ningún caso en el que el Ministerio Público Fiscal debe intervenir, de conformidad con la competencia que le es asignada a cada uno de sus órganos, éstos se encuentran obligados al pago de la tasa de justicia”.

Por otra parte, Noailles también indicó que correspondía aplicar en el caso lo dispuesto en artículos de un decreto del Poder Ejecutivo que trata el tema en el que se generan causas entre el Estado Nacional y una provincia u otro ente público. Esa norma, de alcance nacional, indica que las partes están exentas del pago de las tasas de justicia. Y en ese alcance, entendió que, incluso a partir de una interpretación más que restrictiva, esas normas incluían a la actuación de la FIA ante la justicia. Básicamente, concluyó el fiscal, porque se busca evitar erogaciones que en cualquier supuesto (cualquiera sea el resultado del pleito) corresponderán al Estado Nacional.