24 de abril de 2024
24 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La Cámara Federal de Bahía Blanca hizo lugar a un recurso presentado por los fiscales Baric y Cantaro
La Pampa: pidieron celeridad en una causa de trata de personas en la que está involucrado un intendente
Además, la Cámara agravó la situación legal de dos de los imputados. Se trata de un caso en que las víctimas, mujeres oriundas de diferentes provincias, Paraguay y República Dominicana, eran obligadas a ejercer la prostitución en un boliche ubicado en la localidad pampeana de Macachín. El intendente de esa localidad, Jorge Cabak, está acusado de encubrir la red de explotación sexual.

La Cámara Federal de Bahía Blanca solicitó al Juzgado Federal de Santa Rosa “celeridad” en la causa en la cual se investiga a cinco personas acusadas de integrar una red de trata de personas con fines de explotación sexual. La banda habría funcionado dentro de un boliche denominado “Chicho Show”, ubicado en la localidad de Macachín, y habría contado con la complicidad del intendente de esa ciudad, Jorge Cabak, y un comisario

Además, el tribunal de alzada hizo lugar a un recurso de apelación presentado, en primer lugar, por el fiscal Juan José Baric en junio de 2014 ante el Juzgado Federal de Santa Rosa, a cargo de Iara Silvestre, y luego el fiscal de Bahía Blanca Alejandro Cantaro lo sostuvo ante la Cámara Federal de Bahía Blanca unos meses más tarde. De esta manera, la Cámara modificó el procesamiento de Oscar Moya y Maximiliano Daniel De Luca. Ambos habían sido imputados como partícipes necesarios y ahora fueron procesados en calidad de coautor y partícipe primario respectivamente.

La jueza consideró que Moya “no sólo era una de las personas que se ocupaba del traslado de las personas de sexo femenino sino que también participaba activamente en la atención del Cabaret Chicho Show".

El resto de los imputados son: Daniel De Luca, dueño del boliche que funcionaba como una "casa de tolerancia", Esmundo Blas, su socio y con quien presuntamente ordenaban la recepción y acogimiento de las víctimas y Leandro Ariel Otero, quien habría sido el regenteador del lugar.

En su recurso, Baric sostuvo que “el grado de participación criminal que se otorgó a Oscar Moya y a Leandro Ariel Otero, partícipes necesarios, es arbitrario, por ser la consecuencia de un análisis contradictorio”.

“Del mismo modo, el procesamiento de Maximiliano Daniel De Luca como partícipe necesario, se apoya en una motivación insuficiente, arbitraria y contradictoria. Las contribuciones al delito que se le atribuyen son acciones típicas de la figura penal en cuestión, en tanto la magistrada consideró que era quien ‘se ocupaba de sacar los créditos y con ello generaba las deudas necesarias para garantizar (la) estadía (de las mujeres) en el local, y era una de las personas que las trasladaba hasta el lugar de su vehículo”, detalló el representante del Ministerio Público.

Baric consideró en su recurso que tanto Moya como Otero son coautores del delito por el que se los procesó y que sin las contribuciones de De Luca "el hecho no se podría haber llevado a cabo, por lo que su participación debe ser encuadrada como necesaria".

Por su parte, el intendente Cabak fue indagado en julio de 2014 pero aun no se definió su situación judicial.

Los hechos

La causa se inició el 21 de febrero de 2011, cuando la denuncia llegó a la Brigada de Investigaciones UR-1. En esa oportunidad, una oficial relató que había tenido una entrevista con una persona que le informó sobre una mujer oriunda de República Dominicana que trabajaba en un local nocturno de la localidad de Salliqueló, en la Provincia de Buenos Aires, y que no habría estado conforme con su contexto laboral. El prostíbulo estaría, a su vez, conectado con la whiskería Chicho Show y con un tercer local también en Buenos Aires. El informante policial indicó que las mujeres rotaban entre los boliches y que, entre ellas, había jovenes menores de edad que al no poder ser prostituidas en el prostíbulo de Macachín, lo hacían en el pueblo, en una casa particular.

Posteriormente se solicitaron varias intervenciones telefónicas, entre ellas, al encargado del local Chicho Show y el 27 de agosto de 2011 se allanó la whiskería. Durante el operativo, se constató en el lugar la existencia de una barra de tragos, una fonola, una gran cantidad de preservativos  y la comunicación con cuatro habitaciones con cama matrimonial y luces rojas que se comunicaban con el local a través de una puerta.

Según uno de los testimonios, “en los dormitorios se realizaban los pases, cobrándolos las chicas quienes llevaban la plata hasta la barra y el encargado era quien controlaba el tiempo tocándoles un timbre de acuerdo al tiempo pagado…”.

Las escuchas telefónicas que fueron incorporadas a la causa arrojaron pruebas de cómo funcionaba la red de trata en el cabaret. Además, se pudo establecer un gran número de mujeres obtuvieron libretas sanitarias expedidas por la Municipalidad de Macachín y fueron prostituídas por los imputados en el local.

De la prueba recolectada surge que estas personas provenían de distintos punto del país; que en algunos casos eran de nacionalidad extranjera, en mayor medida de Paraguay y República Dominicana, y que ingresaban al circuito prostibulario con deudas ya que debían pagar los pasajes de traslado, gastos y alojamiento y elementos de subsistencia. Además, vivían en el mismo lugar donde ejercían la prostitución.

Como resultado, los investigadores comprobaron que el cabaret era propiedad de Daniel De Luca y que funcionaba como una "casa de tolerancia" donde sus responsables obligaban a las mujeres a mantener encuentros sexuales con los clientes a cambio de una suma de dinero.

En este contexto,  Luis Daniel De Luca y Blas, su socio, serían quienes ordenaban la recepción y acogimiento de un gran número de mujeres que provenían de diferentes sitios del país y del extranjero. Para ello, contaban con la contribución de Moya y Otero quienes fueron imputados por su “participación necesaria”  en el proceso.

Por su parte, Maximiliano De Luca, fue imputado por su “participación secundaria” en el delito de trata de personas.

Dilataciones en la causa

Después de una larga instrucción, los representantes del Ministerio Público lograron que el 2 de mayo de 2013, el juez de grado recibiera la declaración indagatoria de Luis Daniel De Luca, Leandro Ariel Otero, Oscar Moya, Esmundo Blas y Maximiliano De Luca, imputados por haber intervenido en el acogimiento o recepción de mujeres mayores de 18 años en situación de vulnerabilidad, para lo que De Luca pagaba todos los gastos del traslado.

Esta medida había sido solicitada por la entonces titular de la Fiscalía Federal, Marta Odasso, en septiembre de 2011, y luego por el fiscal Baric en agosto de 2012. Sin embargo, el Juzgado Federal, un año y medio después de la primera solicitud efectuada, dispuso la declaración indagatoria de los involucrados.

El fiscal Baric presentó el 19 de diciembre de 2013 un pronto despacho para que se resolviera la situación procesal de los imputados. Posteriormente, el 30 de diciembre de 2013, la jueza Silvestre dispuso ampliar las indagatorias de los imputados debido a un “error material” cometido  al describirse el hecho imputado. El 13 de febrero de 2014 se realizaron las ampliaciones y el 19 de marzo el fiscal volvió a solicitar la resolución procesal de los acusados. El 29 de abril de 2014, más de un mes después del pedido de Baric, la jueza dispuso que las actuaciones pasaran a despacho para resolver. Finalmente, al persistir esta injustificada dilatación de la causa, Baric presentó un nuevo pedido de celeridad el 19 de mayo de 2014 para que se resolviera, de una vez por todas, la situación de los cinco imputados, como así también que se cite a prestar declaración indagatoria a Cabak e Iglesias. Una vez más, la jueza, volvió a demorar la resolución ya que remitió las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones argumentando que el pedido del fiscal “la obligaba a tener que remitir las actuaciones”, cargando sobre el Ministerio Público su responsabilidad en la mora del trámite.

Finalmente, la Cámara hizo lugar al pedido del último pronto despacho solicitado por Baric y le ordenó a la jueza Silvestre que resuelva la situación procesal de los imputados. En esa línea, la jueza dictó el procesamiento de los cinco imputados en junio de 2014 y ordenó el llamado a indagatoria del Cabak y el comisario Iglesias, quienes declararon en julio del año pasado.