El juez federal subrogante de la ciudad pampeana de Santa Rosa, Luis Salas, ordenó el procesamiento del intendente de la ciudad de Macachín, José Luis Cabak, y del ex comisario, en aquel momento, de esa localidad, Hugo Mario Iglesias. Para Salas, las pruebas evidencian “no sólo la frecuencia de trato de quien manejaba el cabaret con el comisario Iglesias y el intendente Cabak, sino que ponen de manifiesto cómo funcionaba la red de trata en el cabaret y que tanto Cabak como Iglesias tenían un cabal conocimiento de las actividades ilegales que se desarrollaban en ‘Chicho Show’”. Además, embargó los bienes de ambos funcionarios por 150 mil pesos para cada uno.
En su escrito, el magistrado destacó la existencia de una ordenanza promulgada en octubre de 2009, por la cual se prohibieron los locales de diversión nocturna tipificados como cabarets, whiskerías, night club, etc. En esa línea, el juez aseguró que Cabak, “conociendo cabalmente lo que sucedía en el local nocturno no sólo mantuvo la habilitación municipal sin realizar gestión alguna para que fuera revocada, sino que además no vetó el artículo de la Ordenanza que le permitió seguir funcionando y rubricó con su firma las libretas sanitarias de las mujeres prostituidas en el lugar”. De esta manera, “Cabak realizó un aporte esencial a la consumación del delito”, ya que con su accionar “otorgó a sus autores un manto de aparente legalidad bajo el cual desenvolverse”, añadió.
“Se encuentra acreditado que sin la participación de Cabak e Iglesias no se hubiera podido llevar a cabo el ilícito, en tanto que desde la posición de poder que sus cargos le conferían, realizaron un aporte necesario para la consumación delictiva y mantenimiento del ilícito en el tiempo en perjuicio de las mujeres sometidas a explotación sexual", concluyó el juez, quien agregó que con la complicidad de ambos funcionarios "Chicho Show" "funcionó bajo un aparente manto de legalidad que de otro modo no hubiera podido concretarse”.
En la causa, hay otras tres personas imputadas, pero que fueron liberadas en junio de 2014: Luis Daniel De Luca, Esmundo Blas, Oscar Moya, Leandro Ariel Otero y Maximiliano Daniel De Luca. Están acusadas de integrar una banda que habría participado en el traslado y la recepción de mujeres mayores de 18 años en situación de vulnerabilidad con fines de explotación sexual en el local nocturno.
Según la investigación, De Luca habría sido quien pagó todos los gastos del traslado. Los hechos habrían ocurrido entre enero de 2006 y agosto de 2011.
Los hechos
La causa se inició el 21 de febrero de 2011, cuando la denuncia llegó a la Brigada de Investigaciones UR-1. En esa oportunidad, una oficial relató que había tenido una entrevista con una persona, quien le informó sobre una mujer oriunda de República Dominicana que “trabajaba” en un local nocturno de la localidad de Salliqueló, ubicado en la Provincia de Buenos Aires, y que “no habría estado conforme con su contexto laboral”. El prostíbulo habría estado, a su vez, conectado con la whiskería “Chicho Show” y con un tercer local también bonaerense. El informante policial indicó que las víctimas “rotaban entre los boliches” y que, entre ellas, había jóvenes menores de edad que “al no poder ser prostituidas en el local nocturno de Macachín, lo hacían en el pueblo, en una casa particular”.
Posteriormente, se solicitaron varias intervenciones telefónicas, entre ellas al encargado del local “Chicho Show” y el 27 de agosto de 2011 se allanó la whiskería. Durante el operativo, se constató en el lugar la existencia de una barra de tragos, una fonola, una gran cantidad de preservativos y la vinculaban a través una puerta con cuatro habitaciones con cama matrimonial y luces rojas.
Según uno de los testimonios, “en los dormitorios se realizaban los pases, cobrándolos las chicas quienes llevaban la plata hasta la barra y el encargado era quien controlaba el tiempo tocándoles un timbre de acuerdo al tiempo pagado…”.
Las escuchas telefónicas que fueron incorporadas a la causa arrojaron pruebas de cómo funcionaba la red de trata en el cabaret y a su vez evidencian que tanto Cabak como Iglesias “tenían un cabal conocimiento de las actividades ilegales que se desarrollaban en ‘Chicho Show’”. Además, se estableció que un gran número de mujeres obtuvieron libretas sanitarias expedidas por la Municipalidad de Macachín y fueron prostituídas por los imputados en el local.
De la prueba recolectada, surge también que las víctimas provenían de distintos puntos del país; que en algunos casos eran de nacionalidad extranjera, en mayor medida de Paraguay y República Dominicana, y que ingresaban al circuito prostibulario con deudas ya que debían pagar los pasajes de traslado, gastos, alojamiento y elementos de subsistencia. Además, vivían en el mismo lugar donde eran prostituidas.
Como resultado, los investigadores comprobaron que el cabaret era propiedad de Daniel De Luca y que funcionaba como una "casa de tolerancia" donde sus responsables obligaban a las mujeres a mantener encuentros sexuales con los clientes a cambio de una suma de dinero.
En este contexto, Luis Daniel De Luca y su socio Blas habrían sido quienes ordenaban la recepción y acogimiento de un gran número de mujeres que provenían de diferentes sitios del país y del extranjero. Para ello, contaban con la contribución de Moya y Otero, quienes fueron imputados por su “participación necesaria” en el proceso.
Por su parte, Maximiliano De Luca fue imputado por su “participación secundaria” en el delito de trata de personas.
Dilaciones en la causa
Después de una larga instrucción, el Ministerio Público logró que el 2 de mayo de 2013 el juez de grado recibiera la declaración indagatoria de Luis Daniel De Luca, Leandro Ariel Otero, Oscar Moya, Esmundo Blas y Maximiliano De Luca. Esta medida había sido solicitada en septiembre de 2011 por la entonces titular de la Fiscalía Federal, Marta Odasso, y luego por el fiscal Juan José Baric en agosto de 2012. Sin embargo, un año y medio después de la primera solicitud el Juzgado Federal dispuso la declaración indagatoria de los involucrados.
Baric presentó el 19 de diciembre de 2013 un pronto despacho para que se resolviera la situación procesal de los imputados. Posteriormente, el 30 de diciembre de 2013, la jueza Iara Silvestre dispuso ampliar las indagatorias de los imputados debido a un “error material” cometido al describirse el hecho imputado. El 13 de febrero de 2014, se realizaron las ampliaciones y el 19 de marzo siguiente, el fiscal volvió a solicitar la resolución procesal de los acusados. El 29 de abril de ese año, más de un mes después del pedido de Baric, la jueza ordení que las actuaciones pasaran a despacho para resolver. Finalmente, al persistir la dilación de la resolución, Baric presentó un nuevo pedido de celeridad el 19 de mayo de ese año para que se resolviera la situación de los cinco imputados, como así también que se cite a prestar declaración indagatoria a Cabak e Iglesias. Una vez más, la jueza volvió a demorar su decisión ya que remitió las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones argumentando que el pedido del fiscal “la obligaba a tener que remitir las actuaciones”, cargando sobre el Ministerio Público su responsabilidad en la mora. Finalmente, el tribunal de alzada hizo lugar al pedido del último pronto despacho solicitado por Baric y le ordenó a la jueza Silvestre que resuelva.
En esa línea, Silvestre dictó el procesamiento de los cinco imputados y ordenó el llamado a indagatoria de Cabak e Iglesias, quienes se presentaron el 4 de julio de 2014 y en agosto se realizó la ampliación de la indagatoria de Iglesias.