20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Dos policías fueron convocados como testigos para este miércoles
La Plata: reanudarán con medios remotos el juicio a una organización dedicada a la venta de estupefacientes y al lavado de dinero
El debate se desarrollará ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1, que receptó la posición del fiscal general Hernán Schapiro y de una de las defensas de las quince personas acusadas. Para la Fiscalía, la solución resguarda los principios rectores del juicio oral y público. Utilizarán la aplicación Jitsi Meet.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata reanudará este miércoles a través de la plataforma virtual Jitsi Meet el juicio a quince miembros de una organización acusada de comercialización de estupefacientes agravada y del lavado del dinero procedente de esa actividad. El debate había iniciado en octubre del año pasado y se encuentra suspendido desde el inicio del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la pandemia de Covid-19.

Los jueces subrogantes Alejandro Esmoris, Ricardo Basílico y César Álvarez hicieron lugar al dictamen -y se remitieron a sus fundamentos- del fiscal general Hernán Schapiro, quien se encuentra interinamente a cargo de la Fiscalía General ante el TOCF N°1.

La intervención de la fiscalía en este caso se dio en el marco de la solicitud de una de las defensas para que el juicio se lleve a cabo de esta forma, dado que las personas imputadas llevan más de tres años detenidas de forma cautelar. Pero no todas las defensas tienen la misma posición, por lo cual el tribunal tuvo presente las oposiciones y ofreció que, en caso de no conformar a los defensores la prueba producida mediante vías remotas, los testigos podrán "ser convocados con posterioridad de manera presencial, una vez reestablecida la circulación en el AMBA", aunque aclaró que esa situación es un "extremo que podrá ser evaluado una vez que tengan lugar los testimonios".

El tribunal tiene previsto tomar este miércoles testimonio a dos policías en actividad, que deberán comparecer en la sede de los Tribunales Federales de La Plata. Todas las partes, en tanto, participarán de la audiencia de modo remoto.

Catorce de los quince imputados e imputadas se encuentran cumpliendo prisión preventiva. De acuerdo con la acusación fiscal, se les imputa integrar, desde distintos roles, una organización dedicada a la comercialización, distribución y fraccionamiento de sustancias estupefacientes, y del lavado del dinero producido por esta actividad a través de la realización de distintas maniobras consistentes en la conversión, transferencia, administración y compra-venta de bienes inmuebles y muebles registrables, como así también del sistema de cambio de fichas en distintos locales de juegos de azar de la provincia de Buenos Aires y la constitución de locales comerciales.

Catorce los quince imputados e imputadas se encuentran cumpliendo prisión preventiva.

"Conciliando los derechos en conflicto"

El representante del MPF puso de relieve en su dictamen que el procurador general de la Nación instó, a través de la resolución PGN 35/2020, a "todos los fiscales con competencia penal en el país a que, dada la continuidad de la situación excepcional y la imposibilidad fehaciente de determinar cuándo podría retornarse al estado anterior al del aislamiento social, preventivo y obligatorio, procuremos llevar a cabo todas las acciones que permitan continuar con la representación del Ministerio Público Fiscal en todos los procesos posibles, teniendo presentes los principios funcionales establecidos en el artículo 9 de la ley 27.148, Orgánica del MPF".

Schapiro señaló que el contexto provocado por la pandemia lleva a la necesidad de adoptar medidas específicas para realizar el debate "sin que se produzca conflicto de derechos o, más bien, conciliando los derechos en conflicto", puesto que "el asunto pone en conflicto derechos fundamentales, o sea, de raigambre constitucional o, al menos, directamente derivados de principios de la Carta Magna, a saber: a) por una parte, el derecho a la salud, a la inmediación y al examen adecuado de la prueba que se rinda en la sala de audiencias (estos dos últimos tributan, claro está, al derecho de defensa en juicio y al debido proceso legal); b) por otro lado, el derecho a ser juzgado en tiempo y a obtener la certeza que brinda una sentencia judicial (también tributarios estos derechos del derecho de defensa en juicio y del debido proceso legal).

El fiscal examinó el tema "en clave de colisión entre principios o valores en el ámbito propio de los derechos fundamentales y en un espacio contextual concreto y particular, como es en nuestro caso el de la pandemia de Covid-19". Con base en los desarrollos teóricos del jurista alemán Robert Alexy en su obra Teoría de los Derechos Fundamentales (Madrid, 2002), Schapiro indicó al respecto que "la evaluación de las relaciones entre derechos fundamentales en términos de 'conflicto' resulta beneficiosa porque permite obtener una visión teórica más aproximada a lo que realmente sucede cuando los operadores jurídicos tratan situaciones concretas en las que confluyen varios preceptos". Esta propuesta interpretativa, añadió, lleva a la necesidad de amplias justificaciones racionales para establecer "la primacía de un derecho fundamental por sobre otro, posibilitando, a su vez, la búsqueda de armonía entre los principios en tensión sin necesidad de eliminar alguno de ellos".

"Los principios rectores del juicio como son la oralidad, la publicidad, la inmediación y la contradicción, pueden ser resguardados mediante esta modalidad".

Remarcó asimismo que la modalidad de videoconferencia está prevista en el artículo 164 inciso "e" del nuevo Código Procesal Penal Federal y también en las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad. Explicó que la utilización de este medio ha sido receptada en distintos ámbitos del derecho internacional de los derechos humanos, y que ha sido utilizada en "innumerables oportunidades en esta y otras jurisdicciones de nuestro país desde hace mucho tiempo".

En ese sentido, postuló que la solución debe radicar en que "los imputados puedan seguir las alternativas del debate desde su lugar de detención -unidad penitenciaria o su domicilio-, manteniendo contacto directo con su representante legal por vía telefónica".

Por otro lado, evaluó que no vislumbra que el sistema de videoconferencia afecte el derecho de efectuar una interrogación adecuada a los testigos, pues "este tipo de situaciones se halla previsto en el ordenamiento procesal".

De todas formas, analizó las oposiciones de las defensas que expresaron que esta modalidad no permitiría la observación de expresiones faciales y corporales del testigo mientras declara y señaló que podría superarse "mediante la utilización de un sistema que provea imágenes nítidas y de cuerpo entero o con la presencia in situ del letrado, aunque su defendido se encuentre ausente, si así lo desean y siempre, con estricto cumplimiento de los protocolos y pautas de cuidado en la Sala de Audiencias".

Finalmente, el fiscal evaluó que la publicidad del debate puede realizarse a través del Centro de Información Judicial o de un canal propio de Youtube.

"Insisto, los principios rectores del juicio como son la oralidad, la publicidad, la inmediación y la contradicción, pueden ser resguardados mediante esta modalidad por cuanto las partes podrían expresarse verbalmente, los imputados podrían participar de la audiencia por algún medio telemático y/o permanecer en contacto telefónico con sus abogados, el juicio podría ser visto por el público por medio del sistema que posee el Centro de Información Judicial, a través de la plataforma YouTube -y otras redes sociales-, y las partes y los jueces tendrían contacto audiovisual con todos los testigos. Por cierto este innovador mecanismo podría, además, acortar los tiempos del proceso", concluyó el fiscal general.