28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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El juzgado ya hizo lugar
Mar del Plata: la Fiscalía pidió la indagatoria del joven cordobés que viajó con coronavirus
La solicitud de la fiscala Laura Mazzaferri también alcanza al amigo que le facilitó el auto y la documentación y a la persona que le alquiló el departamento donde pasó el fin de semana con su novia. Además, solicitó el secuestro del vehículo y la figura de un garante para el principal imputado. Se lo acusa por el uso de un documento falso, en función de los delitos de insertar en un instrumento público declaraciones falsas, la violación al ASPO y la propagación de una enfermedad peligrosa y contagiosa.

El avance de la investigación sobre el caso de un joven que llegó a Mar del Plata desde Córdoba con la documentación a nombre de un amigo y un permiso de circulación con información falsa y dio positivo de coronavirus, llevó a la fiscala federal Laura Mazzaferri a solicitar la declaración indagatoria del principal acusado, de la persona que le facilitó su DNI y licencia de conducir, y de quien es titular del departamento donde el sujeto se hospedó el fin de semana junto a su novia. Además, solicitó el secuestro preventivo del vehículo en el que viajó. El juez federal Santiago Inchausti hizo lugar a las tres indagatorias -que se concretarán luego de que concluya el periodo de aislamiento-, y al secuestro preventivo del auto estacionado en el garaje del edificio de Gascón al 1800, sobre el que dispuso el fajado a cargo de la Policía Federal Argentina. En tanto, continúan las medidas de prueba en la investigación.

De esta manera, la fiscala a cargo de la Fiscalía Federal N°1 de Mar del Plata delineó la acusación. Solicitó en relación al joven que ingresó el pasado sábado a la ciudad su imputación por los delitos previstos y reprimidos en los artículos 296 del Código Penal –por hacer uso de un documento falso-, en función del artículo 293 –que reprime con prisión a quien insertare en un instrumento público declaraciones falsas-, el artículo 205 –por violación al aislamiento social, preventivo y obligatorio-, el artículo 202 –por la posible propagación de una enfermedad peligrosa y contagiosa-, o alternativa y subsidiariamente el artículo 203, que contempla imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo en el accionar de propagación de la enfermedad; así como también por los tipos penales previstos en el artículo 33 de la ley 17.671, por la utilización de un DNI ajeno.

“Desconociéndose, de momento, con qué otras personas pudo haberse involucrado y si, sus contactos estrechos, además, podrían haberse contactado, por su parte, con otras personas (…) cuanto menos se ha creado un riesgo de propagación de una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”, aseveró Mazzaferri en su dictamen.

En relación al amigo del joven que llegó a Mar del Plata, se solicitó su convocatoria a indagatoria por haber intervenido en los hechos, al haberle entregado toda la documentación necesaria y el auto para cometerlos. Respecto del titular del departamento, se solicitó su declaración indagatoria por la infracción al artículo 205 del Código Penal, al haberle alquilado el inmueble violando las normas nacionales y provinciales que impiden tal conducta en el marco de la pandemia.

Auto secuestrado y pedido de garante
La fiscala solicitó también el secuestro preventivo del vehículo en el que viajó el joven que permanece aislado por haber dado sus dos hisopados positivos de coronavirus, ya que fue utilizado para desarrollar las maniobras investigadas.

“Es obligación de esta parte arbitrar todas las medidas a su alcance a fin de inmovilizar aquellos bienes utilizados y/o que resulten objeto y/o producto del delito investigado, los que en una instancia ulterior podrían resultar pasibles de ser decomisados, ello teniendo en especial consideración lo dispuesto por el art. 23 del Código Penal”, sostuvo Mazzaferri en la presentación. Enseguida, añadió: “Lo solicitado obedece a la necesidad no sólo de cautelar el bien que sirvió para la comisión del delito investigado, sino también, de poner a resguardo el patrimonio de las personas investigadas frente a la eventual responsabilidad pecuniaria que les podría corresponder (art. 518 C.P.P.N.). Asumir una postura en contrario en este estadio  de la pesquisa, tornaría ilusorio el eventual cumplimiento de la pena pecuniaria, la indemnización civil y las costas, máxime si se considera que con la conducta que ha sido desplegada por los imputados, podrían resultar infectadas de COVID 19 múltiples personas”. En este sentido, destacó las instrucciones impartidas por el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, mediante Resolución PGN 27/2020, a través de la cual instó a los fiscales a solicitar medidas de naturaleza cautelar en el marco de los procesos seguidos por infracciones al ASPO al momento de tomar conocimiento de los sucesos.

Por otro parte, sin perjuicio de que a la fecha el principal imputado se encuentra aislado en uno de los hoteles que el Municipio dispone a tal fin y con custodia policial ordenada por el juez actuante, la fiscala solicitó al magistrado la imposición de un garante respecto del joven acusado, con el fin de asegurar la comparecencia a proceso y evitar el entorpecimiento de la investigación. Esta solicitud está a consideración del juez Inchausti. El pedido de la Fiscalía se da atendiendo a la naturaleza del hecho investigado, la multiplicidad de maniobras que habría ejecutado para llevar a cabo los hechos -incluso haciéndose identificar como una persona distinta a quién realmente es-, y teniendo en cuenta la actitud asumida de oponer primero resistencia a las medidas sanitarias correspondientes, a la luz de lo preceptuado por el art. 210 del Código Procesal Penal Federal (CPPF).

Continúa la investigación
“En función de la prueba producida hasta el momento se habría podido determinar que, en violación a las normas establecidas por la autoridad competente para impedir la propagación de una pandemia, (el principal acusado), haciéndose pasar por un amigo y presentando una declaración jurada ideológicamente falsa, habría ingresado a esta ciudad de Mar del Plata y tras efectuarse el testeo protocolar para el COVID-19 de un modo que claramente dificultaría su rastreo –porque en el laboratorio también presentó la documentación de (su amigo) -, tampoco cumplió con el deber de mantener el aislamiento en el domicilio declarado y que compartiría con la mujer a quien, según la declaración falsa, venía a asistir”, expresó el dictamen de la fiscala.

“Se desconoce, por el momento, si (el principal acusado) habría tenido contacto estrecho con otra persona, además de (su novia) y si esta última, a su vez, habría violado el ASPO y reunido y contactado con su familia u otras personas, todo lo cual está en curso de investigación”, sostuvo la representante del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

Por lo demás, a los efectos de ahondar en la pesquisa, hoy miércoles se dispusieron desde la sede fiscal múltiples medidas de investigación y se solicitaron otras tantas al magistrado interviniente -por depender de su exclusiva autorización-; incluso, en horas de la noche del miércoles se encuentran en curso declaraciones testimoniales.