28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Fue detenido el año pasado en el aeropuerto de Ezeiza
Ordenaron la extradición de un empresario venezolano prófugo desde 2004
Se trata de Rafael Alcántara Van Nathan, un importante corredor de bolsa de Caracas acusado de lavar dinero proveniente del narcotráfico. La medida había sido solicitada por el fiscal de Lomas de Zamora, Sergio Mola.

El Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional N° 2 de Lomas de Zamora declaró procedente el pedido de extradición de Rafael Alcántara Van Nathan, realizado por Venezuela en el marco de una causa en la que se lo investiga por formar parte de una organización dedicada al lavado de dinero producto del narcotráfico. En el trámite de la causa intervino la Fiscalía N° 1 de esa jurisdicción, que trabajó coordinadamente con la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado del Ministerio Público Fiscal.

Según informó la fiscalía en la que subroga Sergio Mola, el pedido de extradición señala que Alcántara Van Nathan formaba parte de una organización dedicada al lavado de dinero producto del narcotráfico de los más importantes carteles de droga de Colombia. Además, trascendió que como corredor de bolsa era el n° 2 en volumen e importancia. De acuerdo a esa solicitud, la causa se inició con la denuncia hecha por Ezequiel Ochoa Mora de que en Caracas, capital del país caribeño, existían casas de cambio que en realidad eran fachadas cuyos dueños estaban vinculados al tráfico de drogas.

Mola señaló durante el debate que la extradición no está sometida a un verdadero juicio, sino a un procedimiento en el que cabe “verificar la observancia de ciertas formalidades externas que permitan presumir la comisión de un delito común de alguna gravedad”, en el que se cumplieron las garantías fijadas en los tratados y leyes. En cuanto al marco legal, indicó que son de aplicación la Ley de Cooperación en Materia Penal n° 24.767, las disposiciones del Código Procesal Penal, tratados internacionales en materia de Droga y Crimen Organizado, y las convenciones de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Convención de Viena) y contra el Crimen Organizado Trasnacional (Convención de Palermo).

La sentencia reseña que en el eje fronterizo Venezuela-Colombia operaba una red de narcotráfico que entre 1989 y 1991 lavó 120 millones de dólares. Las operaciones eran realizadas a través de entidades bancarias venezolanas por un grupo organizado formalmente. Los cárteles de droga colombianos lograron establecer empresas, entidades financieras y casas de cambio que les permitía efectuar el lavado, además de utilizar testaferros para realizar operaciones comerciales con el dinero proveniente del tráfico. Apelaban a individuos como Alcántara Van Nathan y empresas para depositar el dinero en efectivo en el sistema bancario y trasladarlo mundialmente. Fue el caso del grupo La Frontera -vinculado a la maniobra realizada por el holding Naib Venture-, que efectuaba operaciones mercantiles con corredores de bolsa (entre ellos el empresario detenido), comprando acciones para legitimar las ganancias del narcotráfico.

El proceso de extradición estuvo plagado de presentaciones que demoraron la realización del juicio. Pero finalmente, al declararla procedente, el juez Carlos AlbertoFerreiro Pella resolvió en coincidencia con lo solicitado por la fiscalía.

Cabe destacar que el Ministerio Público Fiscal trabajó coordinadamente, al recibir la fiscalía la colaboración “enorme e invalorable” -tal como la calificaron- de la Secretaría de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal, Extradiciones, Derecho Internacional y Derecho Comparado, a cargo de Laura Mazzaferri. Además, se informó del caso a la Procuraduría de Narcocriminalidad que dirige Félix Crous, quien puso a disposición el apoyo de su equipo para lo que se necesitara.