28 de marzo de 2024
28 de marzo de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervención de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral de esa ciudad
Paraná: penas de hasta dos años de prisión en suspenso para cuatro personas por pintadas antisemitas
Los imputados admitieron su responsabilidad en dos hechos, uno de los cuales incluyó amenazas al titular de la filial local de la DAIA. Además, todos ellos deberán realizar un curso de concientización sobre Discriminación y el Holocausto.

El Tribunal Oral Federal de Paraná emitió penas de uno a dos años de prisión en suspenso a cuatro personas por pintadas antisemitas. En un juicio abreviado, los imputados Sebastián Bovolini, José Yamil Adbala, Ángel Esteban Alegro y Yanina Belén Cufré admitieron su responsabilidad en una serie de grafitis en un parque público que incluían amenazas al por entonces titular de la filial Paraná de la DAIA. En la causa intervino José Ignacio Candioti, titular de la Fiscalía General ante el Tribunal Oral de dicha jurisdicción.

El primero de los hechos ocurrió el 29 de febrero de 2016 cuando, al mediodía, personal policial recibió una llamada anónima que anoticiaba un delito perpetrado con anterioridad a la fecha, con pintadas realizadas en la instalaciones del parque “Profesor Enrique Berduc”, ubicado en Paraná. Tras recorrer el predio, pudieron hallarse grafitis representativos de simbología nacionalsocialista, entre ellas las leyendas “Sieg heil” y “Fucking Juden” en el tanque de agua, un portón, las paredes de los baños y los laterales de una cancha de paddle. De las averiguaciones practicadas, pudo confirmarse que los autores de estas pintadas fueron Abdala, Bovolini y Alegro. 

El segundo caso se registró unos meses después, el 9 de abril de 2016 por la madrugada y en el mismo lugar, con pintadas similares, sumado a la leyenda “Para Diego D.”, en alusión a Diego Dlugovitzky, por entonces titular de la filial Paraná de la DAIA. Los autores fueron los mismos que en el primer hecho, junto con la participación de Cufre, cónyuge de Alegro, en calidad de coautora. Todos ellos fueron interceptados e identificados por la policía cuando intentaban darse a la fuga.  

Tras una pericia realizada a los teléfonos celulares de los imputados, pudo comprobarse que todos ellos planearon las pintadas con anterioridad, e incluso uno de ellos sugirió que el color de la pintura debía ser “verde Falcon”. También se pudo determinar que intentaron conseguir la dirección de la casa de Dlugovitzky “para darle una apretada”, mientras que otro sugirió que lo encontrarían “en un container picado en pedazos”, y también se sugiere la posibilidad de conseguir su número de DNI. De hecho, fue uno de los imputados, el propio Abdala, quien avisó a la policía que se iba a realizar la segunda pintada, cuando fue detenido junto a sus compañeros.

Una pericia a los celulares determinó que intentaron conseguir la dirección de la casa del titular de la filial local de la DAIA “para darle una apretada”.

En audiencia, se le otorgó la palabra al fiscal Candioti, quien sostuvo que “era necesario el dictado de una sentencia condenatoria para que no queden impunes actos discriminatorios que atentan contra los principios del Derecho Internacional de los Derechos Humanos”. En su fallo, la jueza Lilia Carnero remarcó que se trata de “una incipiente organización (...), si bien embrionaria, no por ello menos alarmante”, al destacar cómo articularon las acciones discriminatorias e incluso el color del aerosol elegido, en alusión a “los emblemáticos vehículos que asolaban y acechaban a la ciudadanía de este País durante la última dictadura militar y fueron usados como instrumentos del genocidio argentino”.

"Era necesaria una sentencia condenatoria para que no queden impunes actos discriminatorios que atentan contra el Derecho Internacional de los Derechos Humanos", dijo Candiotti.

La magistrada también remarcó que, luego de las amenazas recibidas, el por entonces titular de la DAIA debió reforzar sus medidas de seguridad y tener custodia policial y que los imputados produjeron daños a un predio de uso público. En la audiencia participaron además los representantes de la DAIA, que dieron su consentimiento al procedimiento abreviado. 

De esta manera, Alegro y Bovolini fueron sentenciados a dos años de prisión de cumplimiento condicional por el delito de propaganda basada en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación y/o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma, en concurso ideal con amenazas y daño agravado. Cufré y Abdala, en tanto, fueron señalados como autores de las mismas figuras, pero con una pena de un año de reclusión en suspenso. Además, todos ellos deberán realizar un curso de concientización sobre Discriminación y el Holocausto Nazi, organizado por la Filial Paraná de la DAIA. Luego del dictado de la sentencia, expresaron su satisfacción con la condena la Asociación Israelita de Paraná, la DAIA Entre Ríos, la Federación de Comunidades Judías de la provincia y la Organización Sionista Femenina de la Argentina.