19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Seguridad Social
Piden confirmar una cautelar que suspendió el despido de trabajadores del Teatro Colón
El Gobierno de la Ciudad considera que están cumplidos los requisitos para la jubilación de 20 personas, pero los músicos reclaman la liquidación de aportes y contribuciones entre 1994 y 2009. El fiscal Gabriel de Vedia dictaminó que la cautelar debe continuar hasta que se diriman los reclamos.

Una veintena de músicos de la Orquesta Filarmónica y la Banda Sinfónica de la Ciudad de Buenos Aires del Ente Autárquico Teatro Colón, denunciaron ante la Agencia Federal de Ingresos Públicos la falta de integración de aportes por parte del Gobierno de la Ciudad (GCBA).

El Gobierno les envió telegramas de despido ante el vencimiento del plazo pertinente para obtener los beneficios jubilatorios, en base  a la Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública (N° 471).

Ante esa situación, los trabajadores solicitaron una medida cautelar para que se suspenda el cese dispuesto y las intimaciones para su jubilación, hasta que se ejecute la integración o depósito de sus aportes previsionales. El 21 de julio de 2010, la jueza a cargo durante la feria del Juzgado de Primera Instancia de la Seguridad Social, Alicia Braghini, hizo lugar a la solicitud hasta que el Gobierno cumpla conforme al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (ley 24.241) de los conceptos sujetos a aportes previsionales, por el período 1994-2009.

El Gobierno de la Ciudad interpuso un recurso de apelación, argumentando que no existieron omisiones o acciones que configuren un supuesto de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, como lo exige la normativa legal y constitucional; y consideró que la ley local N° 471 es la que gobierna el caso como marco específico de la relación de empleo público.

Esa norma  faculta al municipio a intimar a los agentes que reúnen los requisitos a iniciar los trámites jubilatorios. El Gobierno porteño señaló que bien podrían, luego de obtener su jubilación, iniciar un reajuste para lograr la recomposición de su haber, en un procedimiento administrativo o judicial.

El dictamen del fiscal

Por su parte, Gabriel de Vedia, magistrado subrogante en la Fiscalía General N° 2 ante la Cámara Federal de la Seguridad Social, opinó que debe confirmarse la medida cautelar apelada. Consideró que la autoridad de aplicación previsional de los agentes integrantes del Ente Autárquico Teatro Colón es la ANSES, y la ley aplicable la 24.241.

Señaló que “el cumplimiento de los requisitos legales para jubilarse comprenden a que se hayan integrado la totalidad de los aportes previsionales que reconocía y depositaba el GCBA por la labor de los incidentistas, así como los aportes y contribuciones que en sede administrativa o judicial se determinen procedentes o no por sumas reclamadas por pagos que consideran remunerativas”.

En ese sentido, indicó que debería mantenerse la medida cautelar dispuesta “hasta que exista resolución firme que dirima y ponga punto final a los reclamos formulados ”, pues "por el carácter sustitutivo que posee el haber previsional con relación al sueldo de actividad, y su proporcionalidad, no puede tenerse por satisfecho el cumplimiento de los requisitos para acceder al beneficio de jubilación”. Para ello deberá determinarse “el quantum de los aportes y  contribuciones necesarios para la realización del cálculo del haber”.