20 de abril de 2024
20 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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La investigación estuvo delegada en la Fiscalía Federal Nº12
Piden enjuiciar a los acusados por el secuestro seguido de muerte de una adolescente en Flores
El MPF consideró acreditada la responsabilidad penal de los dos imputados hasta el momento y resaltó que los secuestradores mantenían un vínculo de confianza con la víctima. La joven, de 15 años, fue interceptada cuando salía del colegio y hallada sin vida horas después.

La fiscal Alejandra Mángano, a cargo de la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal Nº12, solicitó llevar a juicio a los acusados por el secuestro extorsivo seguido de muerte de una adolescente, ocurrido en noviembre del año pasado en el barrio porteño de Flores. La representante del Ministerio Público Fiscal tuvo por acreditado, a raíz de toda la prueba reunida y analizada, que los dos imputados son responsables del delito de secuestro extorsivo, agravado por haber obtenido el pago del rescate y por causar intencionalmente la muerte de la menor de edad, que para el momento de los hechos tenía 15 años. La investigación estuvo a cargo de la Fiscalía e interviene el Juzgado Federal Nº 11.

Además, la Fiscalía acusó a los imputados de cometer el hecho junto a otras personas, aún no identificadas, resistirse a la autoridad e utilizar armas de fuego. Durante la pesquisa contó con la colaboración de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) y de la Unidad Fiscal Especializada en Secuestros Extorsivos (UFESE) del MPF.

La joven fue secuestrada el 20 de noviembre del año pasado cerca de las 17:30, cuando salía del colegio al que asistía. La Fiscalía tomó conocimiento de los hechos pasadas las 20, luego que la madre de la víctima se presentara en sede policial a realizar la denuncia por haber recibido llamados extorsivos.

Posteriormente, se acordó el pago del rescate -30.000 pesos- en las inmediaciones de Chiclana y  Avenida Boedo, que se produjo pasada la medianoche. La División Operativa Central de la Policía Federal llevó adelante el seguimiento del vehículo y, luego de una persecución, logró la detención de los dos imputados que iban a bordo y el hallazgo del cuerpo sin vida de la joven de 15 años, secuestrada horas antes.

Prueba y fundamentos

El sumario de la Policía de la Ciudad con el relato de la denuncia de la madre de la víctima; testimonios de personal policial que intervino en el operativo; declaraciones de familiares, filmaciones e imágenes que se obtuvieron de cámaras de seguridad -del Gobierno de la Ciudad , de la Municipalidad de Ituzaingó y de particulares; la filmación policial del hallazgo de la víctima en el interior del vehículo utilizado por los imputados;  las desgrabaciones de las escuchas directas que se ordenaron; los informes de geolocalización que efectuó la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJUDECO), periciales tanatológicos y genéticos que realizó el Centro de Asistencia Judicial Federal del Cuerpo Médico Forense, fueron los elementos que le permitieron a la Fiscalía acreditar la responsabilidad penal de los imputados en el hecho.

Los acusados “sustrajeron, retuvieron, ocultaron y causaron intencionalmente la muerte de la joven menor X.N.M.M, de 15 años de edad; por quién además exigieron –para su liberación – y cobraron la suma de 30.000 pesos”, afirmó la Fiscalía en su escrito. Además, refirió que uno de los imputados conocía a la víctima y que ésta fue sustraída a la salida de la escuela, donde cursaba el segundo año de educación media.

Agravantes

Del documento surge que la Fiscalía les endilga a los hombres agravantes por su conducta: entre ellos, el vínculo de afecto que existía al menos con uno de los imputados y la víctima, lo que fue utilizado para lograr el fin que se propusieron los acusados. Además destacó la edad que tenía la adolescente, 15 años, al momento de los hechos, extremo acreditado y que constituye sin más el agravante que prescribe el inciso 1 del artículo 170 del Código Penal.

Por otro lado, que "los autores del secuestro extorsivo  le provocaron intencionalmente la muerte a la adolescente"; al respecto, el MPF indicó que "este agravante tutela el bien jurídico por excelencia, 'la vida' para el supuesto en el que: '...la muerte debe resultar de la sustracción, retención u ocultamiento de la víctima y no de circunstancias ajenas a esta figura...' (Fillia Julio César, las recientes modificaciones al delito de secuestro coactivo - Ley 25742- LL2004-A1163)".

"Respecto del agravante previsto por el código de fondo en cuanto a la cantidad de personas que participen de la conducta contemplada en el artículo 170 (en este caso el inciso 6), cabe destacar que en el hecho investigado en autos, si bien por el momento se logró la identificación de dos de los autores de los sucesos descriptos”, se probó la participación de otras personas aún no identificadas, consideró la fiscal Mángano.

Finalmente, también se contempló el uso de armas de fuego y la resistencia y desobediencia a las fuerzas de seguridad. La calificación legal fue confirmada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, en enero de este año, cuando se expidió sobre el recurso de apelación de uno de los imputados frente a la resolución del procesamiento con prisión preventiva de diciembre de 2018.