28 de abril de 2024
28 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Alegato de la Fiscalía General N°1 ante los TOF de la Capital Federal
Pidieron 3 años y 6 meses de prisión para dos integrantes de la Armada por irregularidades en la compra de alimentos para la Escuela Naval Militar
En la acusación, el fiscal general Diego Luciani y el auxiliar fiscal José Ipohorski Lenkiewicz calcularon que las maniobras generaron al Estado un perjuicio mayor a los 13 millones de pesos. El debate continuará el 6 de octubre a las 9.00 con los alegatos de las defensas.

El titular de la Fiscalía General N°1 ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de la Capital Federal, Diego Luciani, y el fiscal coadyuvante José Ipohorski Lenkiewicz solicitaron hoy que se condene a los capitanes de corbeta de la Armada Argentina Ceferino Luis Rivero y Guillermo Ariel Ferner a penas de 3 años y 6 meses de prisión como coautores de defraudación agravada por haberse cometido en perjuicio de la Administración Pública. Ambos funcionarios están acusados por las irregularidades en la adquisición de alimentos para la Escuela Naval Militar, que causaron un perjuicio económico al Estado estimado en $13.555.010,25.

El caso

En el debate oral que se desarrolla ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 -integrado por Néstor Costabel, Jorge Gorini y Rodrigo Giménez Uriburu- se analizan los hechos investigados por la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal N°12, entonces a cargo de Patricio Evers, y por el juez Rodolfo Canicoba Corral.

La investigación se inició el 29 marzo de 2011, cuando el capitán de navío y director de la Escuela Naval Militar, Juan José Iglesias, denunció una serie de irregularidades en el suministro de alimentos para la institución a su cargo.

En tal sentido, Iglesias señaló la existencia de remitos de recepción de mercaderías -emitidos por Ferner y suscriptos por Rivero-, correspondientes a los meses de febrero y marzo de 2011, de los que surgía que se habían recibido 406 kilos de helado, 1885, kilos de salame, 14.510 huevos, 19.631 kilos de pollo y 2.750 kilos de merluza. Estas cantidades de alimentos excedían la cantidad de consumos habituales, y su ingreso y almacenamiento en la institución no pudo verificarse.

En el marco de la pesquisa se estableció que Rivero, en su calidad de responsable de la División Servicios y Pañoles de la Escuela Naval Militar, firmó los remitos de ingreso de mercaderías procedentes de la Intendencia Naval Buenos Aires División Sistema de Aprovisionamiento Único (S.A.U.), la cual nunca se recibió en la institución, a pesar de que se abonó por ella. La maniobra produjo un menoscabo en el presupuesto asignado a la provisión de alimentos que se brindaba a las y los cadetes y al personal de la Escuela, y un perjuicio económico a la entidad, ya que se desvió de su presupuesto un gasto que no tuvo una contraprestación efectiva.

También se determinó que Ferner -quien se desempeñaba como jefe de la División S.A.U.- emitió los remitos de ingreso de la mercadería que nunca llegó a destino.

En tal contexto, ambos hombres llegaron a juicio imputados como coautores del delito de administración infiel en perjuicio de la Administración Pública.

El alegato de la fiscalía

La audiencia de hoy comenzó a las 9.00 con el alegato de los representantes del Ministerio Público Fiscal. El fiscal general Diego Luciani describió las conductas imputadas a Rivero y Ferner, y sostuvo que “eran funcionarios públicos que tenían la misión y el deber de resguardar la cosa pública”. Los señaló como “quienes manejaban este sistema de corrupción que también alcanzaba a la alta cúpula de la Armada” y que no fue investigada por el juez instructor.

Tras ello, Luciani explicó el contenido de una serie de audios entre Rivero y un subalterno sobre las maniobras investigadas, que no fueron analizadas durante la etapa preliminar pero que el tribunal admitió como prueba en el debate.

El fiscal analizó asimismo los remitos cuestionados, de los que surgían cantidades superiores a los montos consignados en las órdenes de compra y, en algunos casos, tenían fechas anteriores a las consignadas a las de las actas de recepción de la mercadería.

En este contexto, Luciani explicó el sistema de recepción y entrega de víveres en la Escuela Naval Militar. Indicó que esa institución tenía un crédito en especie que se generaba de acuerdo con la cantidad de cadetes y personal que fuera a tener cada año. Añadió que, por su parte, la Dirección de Abastecimiento Naval (DIAB) tenía a su cargo la confección del menú para toda la Armada y que, en base a ello, elaboraba los pedidos de víveres para que se labraran los pliegos para las licitaciones. Precisó que la División S.A.U. podía recibir la mercadería en los depósitos de la Armada o disponer que los proveedores hicieran entrega de los bienes directamente en los destinos asignados. Indicó que en el caso de la Escuela Naval Militar en muchas oportunidades los proveedores no entregaron la mercadería abonada por la Armada o sólo un porcentaje.

El fiscal relató que los remitos por las mercaderías debían cargarse en el Sistema Informático de Acopio (SIACO), para que luego se aplicara el crédito de racionamiento y se controlara, y que, sin embargo, ello no ocurría, ya que se introdujo un sistema de canjes, que no estaba previsto en el manual de procedimientos.

El representante del MPF evaluó que, de acuerdo a lo que indicaron los testigos durante el debate, el canje era un procedimiento irregular que generaba distorsiones e impedía el control, pues no se cargaba en el SIACO la mercadería que efectivamente se recibía. “El sistema SIACO no reflejaba la realidad, era un sistema desbaratado por sus propios usuarios”, indicó.

Posteriormente. tomó la palabra el fiscal coadyuvante José Ipohorski Lenkiewicz y centró su exposición en el análisis de las actas de recepción de mercaderías, tras lo cual se adentró en el encuadramiento jurídico de los hechos en la normativa vigente nacional e internacional.

Pedido de penas

En virtud de todo lo reseñado por su colega Ipohorski Lenkiewicz y en su propia exposición, el fiscal Luciani solicitó que se condene a Rivero y Ferner a la pena de 3 años y 6 de prisión, inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de cargos públicos, accesorias legales y costas, como coautores del delito de defraudación agravada por haberse cometido en perjuicio de la Administración Pública, previstos en los artículos 173, inciso 7°, y 174, inciso 5°, del Código Penal.

La fiscalía también requirió que se procediera al recupero o decomiso de la suma de $13.555.010,25, correspondiente a la actualización del monto de $315.278,75 en el que se había estimado el perjuicio económico generado en 2011.

Finalmente, solicitó que se extrajeran testimonios a fin de que se investigue la posible intervención en la maniobra de otros integrantes de la Armada Argentina y de los proveedores de las mercaderías que fueron abonadas pero nunca entregadas.

Tras ello, el juez Costabel dispuso un cuarto intermedio hasta el próximo 6 de octubre, a las 9.00, cuando el debate continuará con los alegatos de las defensas.