10 de noviembre de 2024
10 de noviembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervención de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°7
Pidieron juicio oral por el hurto de fichas de casino para el hombre detenido por la agresión al Presidente Milei en su asunción
En el requerimiento, el fiscal Leonel Gómez Barbella hizo foco en los testimonios recolectados y en los videos donde quedó plasmada la secuencia delictiva.

El fiscal federal interinamente a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°7, Leonel Gómez Barbella, requirió la elevación a juicio oral de la causa donde se investiga por el hurto de dos fichas de casino y el intento de apropiarse de otras 13 al hombre detenido por la agresión al Presidente de la Nación, Javier Milei, durante su asunción.

Para la fiscalía, Gastón Ariel Mercanzini debe responder por los delitos de “hurto y hurto en grado de tentativa -este último en dos hechos- los cuales concurren realmente entre sí”. El hombre se encuentra actualmente detenido en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz por intentar agredir al Presidente de la Nación, Javier Milei, durante su asunción el pasado 10 de diciembre.

En abril de 2024, el MPF había requerido el procesamiento de Mercanzini. No obstante, el juzgado dictó la falta de mérito, considerando que debía profundizarse la investigación. El fiscal Gómez Barbella y el auxiliar fiscal Gonzalo Raúl Arrieta apelaron esa decisión y la Sala I de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional hizo lugar al pedido, revocó el sobreseimiento y procesó al hombre.

El requerimiento de elevación

De acuerdo con la investigación, el 18 de junio de 2023 el acusado se apoderó ilegalmente, sin aplicación de la fuerza ni violencia física en las personas, de dos fichas de apuestas del interior de las salas de juego del Casino de Buenos Aires, ubicado en Puerto Madero. Allí se aproximó a la mesa de juego denominada “Craps 2” y disimuladamente tomó dos fichas de $1.000 cada una que no estaban en juego, alejándose del lugar. Luego, trató de apoderarse ilegítimamente de otras ocho fichas que no estaban en juego que se encontraban en otras dos mesas de apuestas. Para ello, primero se acercó a la mesa “Midi Punto y Banca”, se sentó en el lugar de un jugador momentáneamente ausente y al cabo de unos minutos tapó disimuladamente con su campera ocho fichas, dos por un valor de $ 5.000 y seis por un monto de $ 10.000, llevándolas consigo. Sin embargo, esto fue advertido por el jugador sentado a su lado, quien le solicitó que no se las lleve, por lo que volvió a dejarlas y se alejó de la mesa.

Después, el acusado se ubicó en otra mesa denominada “Tripoker” y requirió cambio de dinero mientras tomaba una pila de cinco fichas por un valor de $1.000 cada una, pertenecientes a otro jugador. Dicha maniobra fue advertida por la encargada del sector, quien se acercó a la mesa y le exigió su devolución, entregando el hombre las fichas en cuestión.

Para el fiscal Gomez Barbella, los elementos probatorios recolectados durante la instrucción “conforman un cuadro cargoso elocuente para requerir su elevación el pase a la etapa de debate oral y público”.

En ese sentido, destacó los testimonios del jefe de vigilancia de la empresa de seguridad que presta funciones en el Casino de Buenos Aires y del representante del lugar, así como también hizo foco en los videos aportados en el caso. Allí se pudo observar la secuencia delictiva y el modo en que actuó el acusado.

“Corresponde destacar que si bien no se logró identificar a los apostadores, las secuencias descriptas dan cuenta que esas fichas objeto del accionar del encartado no pertenecían al “Casino de Buenos Aires S.A.” sino que se trató de fichas que momentáneamente no estaban en juego y allí fueron depositadas por sus dueños, quiénes se encontraban ausentes al momento en que Mercanzini desplegó su accionar”, indicó el representante del MPF.

“La supuesta ausencia de individualización de los damnificados en cada uno de los hechos descriptos, no obsta a la prosecución de la presente hacia el avance del proceso, pues los mismos se encuentran ampliamente reflejados en los registros fílmicos incorporados a la encuesta y los testimonios referidos”, aclaró.

Para el Ministerio Público Fiscal, los elementos probatorios recolectados durante la instrucción “conforman un cuadro cargoso elocuente para requerir su elevación el pase a la etapa de debate oral y público”.

Para el fiscal, resulta evidente que el acusado “no podía desconocer la ajenidad de las fichas sustraídas, máxime de tomar en consideración la especial situación en que las mismas fueron encontradas (ubicadas sobre las mesas de apuestas, temporalmente fuera de juego por decisión de sus dueños)”.

“Fue así que a sabiendas de que no eran propias, Mercanzini dirigió voluntariamente su accionar a fin de apoderarse de las fichas, desplazando consecuentemente de la custodia a sus propietarios”, agregó.

En su indagatoria, el imputado afirmó que se encontraba alcoholizado. Para la fiscalía, Mercanzini no dio “ninguna versión que permitiera desacreditar la imputación que se le atribuye” y la mención sobre el consumo del alcohol “no encuentra anclaje en los elementos para permitir apartarse de la presunción que rige en materia de imputabilidad”. Por todo lo expuesto, requirió que la causa sea elevada a juicio oral.