06 de noviembre de 2024
06 de noviembre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
Menu
Investigación de la Fiscalía de Distrito de los barrios de Saavedra y Núñez y de la UFECRI
Procesan con prisión preventiva al acusado de matar a un hombre durante un robo a su casa en Saavedra
La decisión fue adoptada por el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°18, quien calificó el hecho perpetrado en marzo de 2020 como robo agravado por el homicidio resultante. El imputado fue apresado el viernes pasado, en la localidad bonaerense de Tortuguitas. Su cómplice, detenida días después del crimen, irá a juicio en octubre próximo.

En el marco de la investigación desarrollada por la Fiscalía de Distrito de los barrios de Saavedra y Núñez, junto a la Unidad Fiscal Especializada en Investigación Criminal Compleja (UFECRI), ambas oficinas a cargo del fiscal José María Campagnoli, el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°18, Pablo Ormaechea, procesó con prisión preventiva a un hombre en orden al delito de “robo agravado por el homicidio resultante” en perjuicio de Juan Domingo Grillo, el propietario de la vivienda a la que el imputado había ingresado en la madrugada del 4 de marzo de 2020.

El hecho

Grillo, su esposa y sus dos pequeñas hijas se habían mudado días antes a la casa de la calle Conde al 4300, la cual aún estaban refaccionando. En la madrugada de aquel día, la víctima de 45 años sorprendió al imputado, que había forzado la reja de una ventana e ingresado a la vivienda con fines de robo. Tras forcejear con el sujeto, Grillo recibió una puñalada que le provocó la muerte.

Los investigadores de la Secretaría de Investigaciones Penales (SIPE), que depende también de la UFECRI, y de la Brigada de la Comisaría Comunal 12 de la Policía de la Ciudad analizaron las cámaras de seguridad de la zona e identificaron a una mujer y a un hombre que merodeaban la vivienda instantes antes del crimen.

De acuerdo a las filmaciones la cómplice se quedó fuera de la vivienda como “campana”, mientras que el hombre ingresó a robar. Minutos después del crimen la pareja sospechosa ingresó al Barrio Mitre, a pocas cuadras de la vivienda donde Grillo fue asesinado.

La mujer fue apresada días después del crimen y, en octubre próximo, será juzgada en debate oral y público por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°10 como coautora del delito de robo agravado por el homicidio resultante.

Desde abril de 2020, cuando el juez Ormaechea dispuso su captura y fue incluido en la lista de los “homicidas más buscados” de la Secretaría de Búsqueda y Capturas de la UFECRI, se buscó al imputado en múltiples procedimientos realizados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Partido de la Costa, hasta que finalmente, en la noche del viernes pasado, personal de la División Captura y Búsqueda de Prófugos de la Policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires lo detuvo en un domicilio de la localidad bonaerense de Tortuguitas, cuando salía de visitar a su pareja.

El juez fundó la prisión preventiva en que "el imputado conocería con precisión a la familia de la víctima y que cuenta con información detallada, sumamente precisa, acerca de sus domicilios, movimientos personales y familiares, manejos de redes sociales, rutinas y hábitos".

Procesamiento

Tras su declaración indagatoria, en la que el imputado negó los hechos, el juez Ormaechea dictó su procesamiento con prisión preventiva como autor de robo agravado por el homicidio, en los términos del artículo 165 del Código Penal de la Nación. Asimismo, trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de 4 millones de pesos.

En su resolución, el magistrado consideró que “se ha podido demostrar de manera palmaria que D.S.O. se encontraba próximo al lugar del hecho en un horario infrecuente, a altas horas de la madrugada; en un lugar que distaba a largamente distancia de su domicilio; sin haber justificado su presencia allí; y que estaba acompañado por M.R.B. que ya ha sido procesada por el tribunal; cuando, por otro lado, se han recabado diversos testimonios que lo señalan como interviniente del evento criminoso bajo estudio, ya que el mismo O., habría reconocido públicamente que intervino en el suceso y que le había dado muerte a la víctima”.

Asimismo, destacó el testimonio de la pareja de la víctima “quien describió la forma en que se produjo el ingreso por la fuerza a la vivienda por parte del autor homicida; las sustracciones anteriores a éste evento de las que fueron damnificados cuando la propiedad estaba deshabitada y en obra; o la mudanza de la familia al inmueble, ocurrida pocos días antes del hecho investigado, puesto que el mismo estaba desocupado y en reparaciones hasta ese entonces, considero que aparece como razonable pensar que quien fue responsable del homicidio de Grillo, ingresó a la finca con fines de robo y que se topó fortuitamente con éste, para luego darle muerte”.

Respecto a la prisión  preventiva, el juez consideró que “la seriedad del comportamiento observado en el incuso y la severidad de la pena prevista para el comportamiento reprochado constituyen de por sí un obstáculo insoslayable para que el mismo pueda gozar del tránsito futuro del proceso en libertad” . Agregó que debía considerarse “la circunstancia, no menor por cierto, de que el imputado conocería con precisión a la familia de la víctima y que cuenta con información detallada, sumamente precisa, acerca de sus domicilios, movimientos personales y familiares, manejos de redes sociales, rutinas y hábitos; cuestiones todas que me permiten avizorar, con cercanía rayana a la certeza, que, en caso de no ser cautelada la libertad de O., se podría verificar el riesgo legítimo de que tanto la familia del damnificado y los testigos de la causa, que declararon en el legajo brindando pautas que permitieron arribar a la imputación existente contra O., pudiesen ser hostigadas, intimidadas e incluso amenazadas por el incuso en búsqueda de algún beneficio de orden procesal y/o personal, constituyendo tal circunstancia un marcado peligro de entorpecimiento para la averiguación de la verdad que resulta necesario neutralizar”.