19 de abril de 2024
19 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Resolución de la sala A de la Cámara Federal de Rosario
Revocaron la excarcelación de dos acusados por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización
Fue luego que la sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hiciera lugar al recurso interpuesto por el fiscal general de Rosario Claudio Palacin quien, entre otros aspectos, había ponderado los riesgos procesales y la gravedad del hecho. Los imputados -un hombre y su hijo- habrían provisto -de manera organizada- de cocaína y marihuana a una serie de domicilios allanados.

La sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un recurso interpuesto por el fiscal general de Rosario Claudio Palacín y revocó un fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de esa jurisdicción-de abril del corriente año- que había concedido la excarcelación a dos personas acusadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por la intervención organizada de tres o más personas.

El representante del Ministerio Público Fiscal había remarcado en su recurso la gravedad de los hechos por los cuales los acusados R.B.R. y L.F.R. se encuentran procesados, y la escala de penas que se proyecta en el caso de recaer sanción penal, circunstancias que "constituyen pautas indicadoras de riesgo procesal (...) por lo que correspondía confirmar el auto apelado (que denegó la excarcelación)".

R.B.R y su hijo L.F.R. se encuentran procesados desde julio de 2018 en el marco de una causa donde se les atribuye llevar adelante, junto a otras personas, la provisión de estupefacientes -cocaína y marihuana- a distintos domicilios oportunamente allanados, mientras que en su propia vivienda se realizaban ventas de droga al menudeo. En efecto, según se acreditó en la investigación, en la vivienda donde residían funcionaría un 'kiosko' que serviría de pantalla.

Al fundamentar su fallo, Casación advirtió que el tribunal de alzada no valoró correctamente constancias del expediente que permiten sostener la existencia de peligros procesales y de fuga, "ni tampoco se dieron razones suficientes fundadas en ellas, desatendiendo con ello el mandato de motivación que se deriva de los artículos 123 y 404 inciso 2° del C.P.P.N.", según expresaron en su voto los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña.

"En efecto, tal como correctamente advierte la fiscalía, el tribunal de mérito no reparó en las características y la gravedad de los hechos, ni tampoco en la naturaleza de los delitos endilgados, elementos que indudablemente debieron ser analizados antes de proceder a la soltura del encartado", indicaron los magistrados.

De este modo, la sala I de la CFCP hizo lugar al recurso del MPF, anuló la resolución recurrida y remitió las actuaciones para que la sala A de la Cámara Federal de Rosario emitiera un nuevo pronunciamiento, el cual tuvo lugar el 6 de noviembre pasado.