La fiscal general Gabriela Baigún alegó ayer ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°4 de la Capital Federal en el juicio que se lleva adelante contra el empresario Eduardo Daniel Nadotti, alias “Oso”, acusado de proveerle cocaína en forma gratuita a dos jóvenes en situación de vulnerabilidad el 23 de diciembre de 2006. Una de las chicas, Carolina Paula Demczuk, murió en el departamento del imputado luego de una sobredosis. La representante del Ministerio Público solicitó que se lo condene a ocho años de prisión por ser responsable del delito de facilitación de estupefacientes con fines de consumo, en forma ocasional, y del lugar.
Baigún, además, promovió la acción penal contra Nadotti por el delito de proxenetismo y por el posible encubrimiento por parte del personal policial que investigó la causa.
Contundente en sus alegatos, para la fiscal quedó acreditado que Carolina no tenía medios para comprar esa droga pero Nadotti sí, producto del ambiente en el que se movía. Además, le recordó a los jueces que el imputado desarrollaba actividades laborales en “centros vacacionales”, en Ibiza y que, a su vez, es el titular de KU, la discoteca ubicada en la ciudad balnearia Pinamar.
Sobre el día del hecho, la representante del Ministerio Público aseguró: “Se trató de un encuentro de sexo y drogas; estuvieron juntos como mínimo siete horas (desde las cinco de la mañana); por la cantidad de personas y la calidad de consumidores que los tres tenían, debía haber mucha sustancia”. La fiscal general entendió que “si Carolina murió como consecuencia del consumo de cocaína", no pudo haber sido escasa la cantidad. Además, resaltó que Nadotti era un consumidor habitual y que la víctima se encontraba en una situación de vulnerabilidad, conocida por el imputado, producto de su adicción.
Hacia el final de su exposición, Gabriela Baigún merituó las pautas aumentativas para la pena. Entre otras, destacó el desprecio por la vida humana que demostró Eduardo Nadotti, quien no sólo suministró una gran cantidad de cocaína a una joven que sabía adicta y vulnerable, sino que, tras sacarla de la bañera sin saber si estaba o no aún con vida, ordenó a la otra jóven que la vistiera para luego colocarla en el palier de la escalera en el lugar destinado a la basura.
Cerca de las diez de la mañana de ayer comenzaron los alegatos. Baigún retiró la acusación contra Nadotti en relación al delito de abandono de persona, agravado por estar seguido de muerte. La representante del Ministerio Público explicó a los jueces que no han podido acreditar “si Carolina murió en el interior de la bañera o cuando ya la habían sacado de la misma para colocarla en el palier de la escalera, donde se pone la basura (…) por lo que no puede probarse si la muerte ocurrió como consecuencia del desinterés y de la falta de auxilios puestos de manifestó por el imputado”. Además, puso en conocimiento del Tribunal la denuncia que realizó ante el Juzgado Federal Nº7, a cargo de Sebastián Cassanello, por falso testimonio contra Carla Bustamante Oviedo, una de las testigos que declaró durante el debate.
La investigación de este caso duró seis años: en un primer momento, estuvo a cargo del fiscal José María Campagnoli, quien se declaró incompetente. Luego, el expediente pasó a manos del fiscal federal Guillermo Marijuán. En octubre de 2012, se realizó el requerimiento de elevación a juicio y recién tres años después comenzó el debate.
Profundizar la investigación
La fiscal manifestó a los jueces que durante el debate quedaron al descubierto una serie de indicios que oportunamente fueron puestos en evidencia por la Cámara del Crimen, que no fueron debidamente profundizados durante la instrucción del caso, por lo que ameritan una indagación más exhaustiva.
En este sentido, Baigún relató algunos de esos puntos, profundizando, en primera instancia, en la declaración que prestó la madre de Carolina Demczuck en febrero de este año. En ese momento, la testigo relató varias comunicaciones telefónicas que su hija mantuvo con amigos en las que manifestaba: “No puedo llevar una chica, no me pidan hacer más de lo que puedo hacer. No me pueden pedir tanto”.
Luego, la representante del Ministerio Público sumó un dato a tener en cuenta: la denuncia del presidente de la Fundación La Alameda, Gustavo Vera, contra Eduardo Daniel Nadotti por proxenetismo y explotación de la prostitución ajena. El escrito quedó radicado en el Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº7.
Baigún explicó que Vera identificó dos domicilios que habría sido utilizados por Horacio Germán García y Jaime Stiusso para actividades de proxenetismo y explotación sexual de mujeres. A su vez, uno era sede de una firma vinculada a un socio de Nadotti.
Asimismo, mencionó como otro elemento de cargo las grabaciones encontradas en la causa que nunca fueron transcriptas por el personal a cargo de la intervención telefónica. Cuando funcionario de la fiscalía a cargo de Baigún (con colaboración de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas) las analizó, detectó la posible vinculación entre Nadotti a prácticas de proxenetismo y explotación sexual de mujeres. Entre algunas de las comunicaciones que la fiscal leyó al Tribunal, figuraban los diálogos entre Nadotti y su socio Cameroni (alias "el ruso”) y Mustoni (alias “bigote” o “Palmer”) para organizar negocios.
Baigún también subrayó en frases como “Mandala a Nicole y que venga con una amiga a ella hay que pagarle”, o expresiones con relación al trato con estas mujeres tales como “el lavado de cerebro es fundamental”.
A partir de estos indicios, la fiscal general solicitó que se extraigan testimonios para profundizar la posible intervención del Daniel Nadotti o de otras personas relacionadas con actividades de proxenetismo y explotación sexual, a los fines de que sean remitidos a la causa que tramita en el Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº7.
Finalmente, aludió al posible encubrimiento policial en el departamento de Nadotti y recordó que nunca se inspeccionó el domicilio del acusado en busca de restos de narcóticos y otro tipo de pruebas que hubieran podido ser de interés para la investigación.