28 de abril de 2024
28 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Intervención del fiscal Pablo Camuña y de la auxiliar fiscal Lucía Doz Costa
Tucumán: penas de hasta catorce años y seis meses de prisión para cuatro funcionarios policiales y un civil por un secuestro extorsivo
La fiscalía acusó a los cinco imputados -entre ellos, dos policías federales y dos provinciales- por haber montado una empresa criminal con permanente funcionamiento y con el propósito de secuestrar personas para cobrar rescates, luego de haber secuestrado en la capital provincial al chofer de un taxi para pedir dinero o drogas a cambio de su liberación.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán condenó ayer a penas de entre diez años y catorce años y seis meses de prisión a cuatro miembros de fuerzas de seguridad, dos de ellos de la Policía Federal y otros dos de la Policía de la Provincia de Tucumán, y a un civil por haber secuestrado a una persona con el objeto de pedir dinero o drogas a cambio de su liberación en la capital provincial en la madrugada del 20 de junio de 2021. Los jueces hicieron lugar a los pedidos de penas solicitados en el inicio de la jornada por el fiscal Pablo Camuña y de la auxiliar fiscal Lucía Doz Costa, y también ordenaron el decomiso de vestimenta, armamento e indumentaria policial incautado a los imputados, como también de los dos vehículos utilizados en el secuestro. El requerimiento de elevación a juicio estuvo a cargo de Agustín Chit. 

La lista de agentes acusados incluye a Gonzalo Lagoria, integrante de la Policía Federal que cumplía funciones en la división de Alcaldía de los Tribunales Federales de Tucumán; Luciano Campos, de la Policía de Tucumán, quien prestaba servicio en la División “Consignas y Custodias”; Jonathan Díaz, oficial subayudante de la Policía de Tucumán; y Néstor David Medina,  cabo de la Policía Federal Argentina asignado a la División Antidrogas provincial. A esta lista de imputados se suma el civil Ángel Medina, hermano de Néstor y amigo cercano de Lagoria. 

Lagoria, Campos y Díaz fueron hallados responsables en calidad de coautores del delito de secuestro extorsivo consumado, agravado por la participación de tres o más personas y por ser agente policial al momento del hecho. Lagoria recibió una pena de catorce años y seis meses, mientras que Campos y Días fueron condenados a doce años de prisión. El civil Ángel Medina también fue sindicado como coautor de este delito y recibió una pena de diez años de prisión, mientras que a su hermano Néstor se le impuso la misma pena en calidad de partícipe necesario del mismo delito, agravado por su calidad de agente de la policía. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el jueves 31 a las 18.00 horas.  

De acuerdo a la acusación, el 20 de junio de 2021, aproximadamente a la 1.30 de la madrugada, la víctima, que venía siendo ilegalmente vigilado por Néstor Medina, fue secuestrado por Lagoria, Ángel Medina, Campos y Díaz frente a un kiosco. El hombre transitaba manejando un taxi Renault Logan acompañado de su pareja y el hijo de 1 año de ambos. Mientras bajaba del auto a hacer compras, fue interceptado por los cuatro acusados, quienes descendieron de dos vehículos (un Chevrolet Onix y una camioneta Ford EcoSport) e identificándose como policías y portando armas de fuego lo amenazaron y ejercieron violencia sobre él, obligándolo a subirse a la camioneta. 

Luego de volver al lugar del secuestro en busca de un teléfono celular, los secuestradores comenzaron a dar vueltas con la víctima en el asiento trasero de la EcoSport y el otro vehículo detrás como apoyo, lo que se extendió por más de una hora. Lo golpearon y amenazaron permanentemente, requiriéndole que se comunicara con otra persona, amigo suyo y esposo de su cuñada, en cuyo domicilio había estado momentos antes en un cumpleaños familiar para pedirle dinero o estupefacientes a cambio de su liberación. 

Lagoria se ubicaba en el asiento delantero de acompañante de la camioneta y conducía Ángel Medina. Mientras tanto, Díaz custodiaba a la víctima en el asiento trasero, mientras también le pegaba y amenazaba, y Campos custodiaba a sus cómplices desde el vehículo Onix. Lagoria, que era quien amenazaba al hombre y comandaba la operación, entabló al menos cinco llamadas extorsivas con el amigo de la víctima entre las 2.00 y las 3.00 de la mañana de ese día, exigiendo 1 o 2 millones de pesos o “kilos” de cocaína a cambio de la liberación. 

La fiscalía remarcó que los cinco imputados “no se iniciaron en el delito con este hecho” y consideró que en el debate se reunieron pruebas que acreditan que de forma habitual investigaban clandestinamente a personas que a su entender podían estar vinculadas a actividades de narcotráfico para luego extorsionarlas.

Posteriormente, los acusados estacionaron ambos vehículos en la calle Santa Fe al 700, en donde se encuentra la División Antidrogas de la Policía Federal Argentina (y en donde se encontraba en ese momento el otro miembro del grupo, Néstor Medina), hasta que, alrededor de las 3.00 de la madrugada, fueron interceptados y aprehendidos por personal perteneciente a la Guardia Urbana de la Policía de la provincia de Tucumán, que habían sido advertidos por una circular del 911 sobre un posible secuestro que daba los datos de los vehículos involucrados.

El alegato

La fiscalía remarcó que los cinco imputados “no se iniciaron en el delito con este hecho” y consideró que durante el debate se recolectó material probatorio suficiente para acreditar la existencia de una habitualidad y un conocimiento en esta actividad de investigar clandestinamente a personas que a su entender podían estar vinculadas a actividades de narcotráfico, para luego valerse de su condición policial para extorsionarlas exigiendo a cambio dinero o bien drogas que eventualmente podían ser comercializadas por los mismos acusados. En ese sentido, subrayaron que de los audios y mensajes de los teléfonos de los acusados se desprendía que estaban “sumamente familiarizados con el manejo de estupefacientes”, además de que disponían de una gran cantidad de armas para sus tareas. Incluso también tenían sellos que simulaban pertenecer a autoridades judiciales y plantillas para labrar actuaciones apócrifas.

Para los representantes del MPF, Lagoria cumplió el rol de organizador del hecho y en los días previos al secuestro se habría encargado de supervisar las tareas de seguimiento y control de la víctima. Añadieron que durante el secuestro custodió desde el asiento delantero del vehículo custodió a la víctima. Indicaron que además se habría encargado de realizar las llamadas extorsivas y las amenazas a la víctima y su entorno. Por otro lado, indicaron que Ángel Medina mantenía vínculos con policías provinciales y federales y daba aviso telefónico a Campos sobre los objetivos que tenían preparados con Lagoria, y precisaron que fue la persona que conducía la camioneta EcoSport donde estaba cautiva la víctima. 

En tanto, acusaron a Campos como el nexo entre la banda y Jonathan Gabriel Díaz, con quien mantenía conversaciones identificadas en los peritajes de celulares sobre los “trabajos” a realizar y compartía información. También se turnaban para estudiar, identificar y vigilar a las víctimas objetivos. De acuerdo con la acusación, el día del hecho fue la persona que conducía el Chevrolet Onyx y custodiaba el vehículo que llevaba a la víctima. Entretanto indicaron que Díaz coordinaba su tarea con Campos y que, al momento del rescate de la víctima, se encontraba en el asiento trasero de la camioneta ejerciendo un rol de custodia.

Los representantes del MPF añadieron que Néstor Medina accedía desde su lugar de trabajo a información sobre sumarios policiales en curso, facilitaba información de los mismos a los secuestradores y acordaba junto a ellos la preparación de los secuestros extorsivos labrando actuaciones judiciales apócrifas, falsificando sellos, y proporcionando datos personales de potenciales víctimas. En el caso concreto del secuestro, la fiscalía lo acusó por haber facilitado a Lagoria fotografías utilizadas para extorsionar a la víctima y entregó información personal sobre el hombre y el taxi que manejaba. Fue señalado como partícipe necesario porque, si bien no integró el grupo de personas que ejecutó materialmente la privación de libertad de la víctima, contribuyó de manera dirimente a su organización y logística aportando material clave para el éxito de la tarea.

El decomiso 

En su alegato, Camuña y Doz Costa señalaron que entre los bienes secuestrados había pertenencias de los acusados y también vestimenta, armamento e indumentaria policial como uniformes, chalecos, armas reglamentarias, esposas y handies. Para cometer el hecho se utilizaron y secuestraron dos automóviles. Si bien ninguno de ellos se encuentra a nombre de los acusados, solicitaron que se aplique el principio contemplado en el primer párrafo del artículo 23 del Código Penal, que establece que “se decidirá el decomiso de las cosas que han servido para cometer el hecho”. Solicitaron que el mismo criterio se aplique sobre los teléfonos celulares y otros efectos personales de los imputados.

Por este motivo, requirieron que se ordenase la inmediata devolución tanto a la Policía Federal Argentina como a la Policía de Tucumán de cada uno de sus bienes, como también el decomiso de todos los bienes no registrables que hayan sido incautados a los acusados y de los dos vehículos utilizados para la comisión del secuestro extorsivo.