26 de abril de 2024
26 de abril de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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Día Internacional de las Mujeres
8M: relevamiento de la UFEM sobre el estado de las investigaciones por muertes violentas de mujeres y otras identidades femeninas en la CABA
El documento brinda, por primera vez, los resultados actualizados y desagregados del devenir de los trámites judiciales y los tipos de sanciones aplicadas en el periodo 2015-2018. La unidad especializada identificó 96 homicidios dolosos, de los cuales evaluó 56 como femicidios. 3 de cada 4 condenados por hechos medidos como femicidio mantenían vínculos previos de proximidad familiar y afectiva con sus víctimas. 

En el marco del 8M, la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM) presenta un relevamiento del estado de las investigaciones por muertes violentas de mujeres y otras identidades femeninas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que comprende el periodo 2015-2018.

El documento elaborado por la unidad especializada a cargo de la fiscal Mariela Labozzetta exhibe, por primera vez, los resultados actualizados y desagregados del recorrido de las investigaciones judiciales de los homicidios dolosos de mujeres y otras identidades femeninas ocurridos en el ámbito de la Capital Federal.

“Estos datos constituyen un aporte significativo para el mayor y mejor conocimiento de las respuestas formales que brinda el sistema judicial penal en hechos de uso extremo y letal de la violencia”, señaló la UFEM.

Estadísticas

Durante el período en cuestión se registraron en total 96 víctimas de homicidios dolosos con identidades femeninas -56 considerados como femicidios- que tramitan o tramitaron en 92 expedientes judiciales del fuero nacional en lo criminal y correccional o en el fuero criminal federal:  32 en 2015; 17 en 2016; 28 en 2017 y 19 en 2018. Al respecto, la UFEM evaluó que los hechos “presentan una leve tendencia en descenso, aunque su comportamiento es fluctuante (baja entre 2015 y 2016 y sube entre 2016 y 2017)”.

Las  muertes fueron investigadas en 92 causas judiciales, de las cuales el 61% aún se encuentran en trámite/curso; el 48% cuentan con sentencia en primera instancia; el 27% se encuentra en investigación y el 24% reservadas/archivadas.

El informa arroja, entre los principales datos, que:

6 de cada 10 muertes dolosas de mujeres fueron femicidios.

Se identificaron posibles autores en 8 de cada 10 investigaciones judiciales.

Se investiga o investigó a 87 personas, casi en su totalidad varones: 46 ya fueron sometidas a juicio y otras 41 personas están o estuvieron bajo investigación. 42 personas fueron condenadas por estos hechos en 40 causas.

8 de cada 10 sentencias fueron condenatorias (39 condenatorias y 4 absolutorias).
En promedio, transcurren 22 meses entre los homicidios/femicidios y la sentencia en primera instancia.

3 de cada 4 sentencias se dictaron en menos de 2 años desde el hecho.

7 de cada 10 sentencias a la fecha no se encuentran firmes.

7 de cada 10 personas condenadas lo fueron a prisión perpetua.

Más de la mitad (12 de 22) de las causas reservadas/archivadas lo están por sobreseimiento del imputado del homicidio, principalmente por incapacidad mental y fallecimiento del perpetrador -en general por suicidios-.

Calificación legal, proximidad familiar y afectiva y autores identificados

Del reporte de la UFEM también se desprende que:

Casi la totalidad de los homicidios categorizados por UFEM como femicidios cuentan con autor identificado, a diferencia de lo que ocurre con los otros homicidios dolosos.

3 de cada 4 personas condenadas por casos medidos por UFEM como femicidio mantenían vínculos previos de proximidad familiar y afectiva con sus víctimas.

Dentro de las 40 sentencias condenatorias por homicidios dolosos a la fecha, se registran 31 casos que habían sido clasificados por UFEM como femicidios.

6 de cada 10 femicidios cuentan con sentencia, en el 88% de los casos condenatoria. Las sentencias de 16 de estos 31 casos calificaron los hechos como femicidios -según el artículo 80, incs. 4 y 11 del Código Penal-.  Ello significa que en uno de cada dos femicidios se aplicó la calificación legal de femicidio (art. 80, inc. 11, CP). En síntesis: la mitad de las sentencias condenatorias de los casos definidos originalmente por UFEM como femicidios en su medición, fueron así calificadas.