11 de octubre de 2024
11 de octubre de 2024 | Las Noticias del Ministerio Público Fiscal
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En el caso intervino la Fiscalía General Nº16 ante los Tribunales Orales Criminales y Correccionales
Confirmaron la condena a 12 años de prisión a un hombre por tentativa de femicidio
La decisión la tomó la Cámara de Casación Nacional, que desestimó el argumento de la defensa que planteaba que la víctima no era “una mujer débil o vulnerable”. “Ningún asidero encuentran las alegaciones vinculadas con las características que pueda presentar (o no) la damnificada, quien como tal es víctima y no objeto de juicio”, destacaron.

La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó por unanimidad la condena a 12 años de prisión para un hombre que intentó asesinar en 2017 a su ex pareja frente al hijo que tienen en común. En la causa, intervino la Fiscalía General Nº16 ante los Tribunales Orales Criminales y Correccionales, a cargo de Fernando Fiszer

De acuerdo a la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº16, el 15 de diciembre del 2017, Carlos Donini se levantó cerca de las cinco de la mañana (como era habitual por su trabajo) y 35 minutos después le envió un mensaje a su empleador avisándole que estaba enfermo y que no iría a trabajar. En su casa ubicada en el barrio de Parque Avellaneda estaba su ex pareja, con la que tiene un hijo en común, y que había comenzado hacía unas semanas a quedarse a dormir allí por la cercanía que había con su trabajo. El hombre salía temprano a cumplir con sus tareas laborales y la mujer se quedaba unas horas más hasta que concurriera al domicilio una niñera a cuidar al nene hasta que volviera su padre.

Cerca de las seis de la mañana y luego de haber cambiado y alimentado a su hijo, Donini fue hasta donde dormía su ex, tomó su muñeca derecha y con un cutter le produjo varios cortes profundos en la zona. La víctima se despertó e intentó pedir ayuda pero él le dijo que no gritara y le tapó la cara y parte de su cuerpo con una almohada. Cerca de las 06.45, la niñera llegó y el hombre le dijo que se llevara a su hijo porque la mujer “se había querido suicidar”. Minutos después, una vecina y compañera de trabajo se acercó hasta el departamento para pasar a buscar a la víctima. El acusado le dijo que su ex pareja no iba a ir a trabajar ese día. Luego, fue hasta donde estaba y se abalanzó sobre ella e intentó asfixiarla. Además, le puso una pastilla en la boca y la obligó a que se la tragara.

En el transcurso de esa acción, ella perdió el conocimiento por un momento para luego pedir ayuda tenuemente a través de una ventana. La situación fue advertida por una vecina y por dos jóvenes que pasaban por la calle, que llamaron a la policía. Los agentes llegaron minutos más tarde y tuvieron que derribar la puerta para poder ingresar a la casa, ya que el imputado se los impedía. La víctima fue trasladada inmediatamente al hospital, ya que la herida puso en peligro su vida y debió permanecer internada por varios días.

El juez Hugo Cataldi condenó al hombre en agosto de 2018 por la tentativa de “homicidio agravado por haber sido cometido contra una persona con la que se ha mantenido una relación de pareja y por haber mediado violencia de género”. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso ante la Cámara de Casación Nacional, donde sostuvo que las heridas pudieron ser autoinfligidas e hizo hincapié en el carácter de la víctima.

Donini fue hasta donde dormía su ex, tomó su muñeca derecha y con un cutter le produjo varios cortes profundos en la zona. La víctima se despertó e intentó pedir ayuda pero él le dijo que no gritara y le tapó la cara y parte de su cuerpo con una almohada.

La planificación de la agresión y los testimonios que pusieron en jaque al acusado

En su voto, el juez de Casación Horacio Días hace un repaso de las declaraciones que desmintieron los dichos de Donini. El acusado había planteado que su ex pareja había intentado suicidarse o que simplemente quería “llamar la atención” y que él había intentado ayudarla. “Ninguna de estas hipótesis explica la razón por la que la damnificada habría solicitado, desesperadamente, auxilio a punto tal de llamar la atención de todos los vecinos”, marcó el magistrado. Agregó que si su intención era ayudar a la mujer, no se entendía por qué razón no les pidió su colaboración a las personas que se acercaron ante los gritos. Incluso, fueron ellas las que, ante los pedidos de ayuda, llamaron al 911.

Para el juez, los testimonios de los vecinos y de la policía coinciden con el relato que hizo la mujer. “En su descargo, el acusado refirió que cuando escuchó que arribó la policía a su domicilio fue a abrir la puerta, pero que no le dieron tiempo a que lo haga y, entonces, la derribaron, lo tiraron al piso y lo esposaron. Sin embargo, el preventor fue contundente al afirmar que llamaron a la puerta, al menos, cuatro veces antes de tirarla y que cuando resolvió romperla, sintió una resistencia del otro lado, en donde estaba ubicado el imputado. Pero no sólo ello, sino que además, contó que mientras Donini resistía físicamente el ingreso les manifestaba ‘ustedes no pueden pasar’", resaltó.

Por otra parte, el juez Dias recordó lo planteado por el Ministerio Público Fiscal durante el debate al respecto de un mensaje que envió Donini el día anterior al ataque y que dejaba en evidencia la planificación. En ese intercambio, el hombre le había dicho a su ex pareja (y madre de su otro hijo) que la víctima se había suicidado. A esto se le sumó el mensaje que le mandó a su jefe esa mañana bien temprano donde refería que se sentía mal y que no iba a ir a trabajar.

“La manera en que las víctimas pueden evitar la agresión del autor es sometiéndose a su voluntad. La contracara es que son muertas por no haberse sometido. En este sometimiento y cosificación de la víctima reside una de las claves para interpretar la violencia de género y el femicidio”, señaló la Cámara.

“Esta prueba no sólo confirma la tesis de la acusación en cuanto a que el imputado tomó la decisión de quitarle la vida a Benítez y diseñó un plan que le permita procurarse la impunidad; sino que también pone al descubierto la mendacidad del descargo del imputado”, consideró el juez, ya que el acusado había dicho que no pudo llamar al 911 porque la víctima le había escondido los anteojos.

El imputado también había contado que la víctima le había expresado que quería morirse “porque si él no era de ella no iba a ser de nadie”. El juez lo cuestionó: “Si realmente tenía la intención de quitarse la vida, la frase no tendría sentido pues, con su fallecimiento aquél quedaría libre para formar la pareja que quisiese. Y si se pensara que actuó motivada, exclusivamente, por la intención de incriminarlo injustamente y/o de llamar la atención; bastaría con realizarse una herida superficial”. Indicó, entonces, que la mujer tuvo una “una secuela neurológica motora y sensitiva severa por compromiso de nervio mediano y cubital derecha” que le impide mover los dedos de la mano derecha hasta la actualidad.

La “mala víctima”

Otro de los argumentos que esgrimió la defensa fue la descripción de lo que debía ser una mujer víctima de violencia de género: “Débil, vulnerable, en situación de inferioridad o sometimiento”. En ese planteo, tildaron a la mujer de “aguerrida, celosa, violenta, impredecible”. Para el magistrado Daniel Morin, “ningún asidero encuentran las alegaciones vinculadas con las características que pueda presentar (o no) la damnificada, quien como tal es víctima y no objeto de juicio”.

En esa misma línea, y al hablar del agravante por violencia de género previsto en el Código Penal y aplicado en el caso, el juez Eugenio Sarrabayrouse marcó: “La manera en que las víctimas pueden evitar la agresión del autor es sometiéndose a su voluntad. La contracara es que son muertas por no haberse sometido. En este sometimiento y cosificación de la víctima reside una de las claves para interpretar la violencia de género y el femicidio”.

Habló de las pruebas que demuestran en el caso un cuadro de sometimiento (de maltrato psicológico) que ejercía Donini. “Los episodios de agresión, menosprecios e insultos de los que ella era víctima resultaron un continuo cuya culminación fue la tentativa de homicidio”, recordó y coincidió con el juez Morin en que las características personales que pudiera presentar la víctima no tenían ninguna incidencia en el caso. “En modo alguno requiere que la víctima sea débil y vulnerable’”, concluyó.